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La alcaldesa readmite al abogado municipal tras mantenerlo jubilado a la fuerza de manera ilegal 519 días

Barakaldo, 15 feb 2024. La alcaldesa, Amaia del Campo (PNV), no ha tenido más remedio. Tras un nuevo auto judicial de este 30 de enero, ha decretado la reincorporación al Ayuntamiento de Barakaldo del abogado municipal, al que obligó a jubilarse el 11 de septiembre de 2022, lo que la justicia ha declarado "no conforme a derecho" y, en consecuencia, anulado. El letrado ha estado un año y cinco meses (519 días) apartado de su puesto de trabajo.  

Del Campo lleva más de cuatro años intentando deshacerse de los dos abogados del Consistorio, pero hasta la fecha todas las acciones que ha intentado han chocado con los tribunales, que han declarado una y otra vez contrarias a la ley las medidas de la alcaldesa, ella misma licenciada en Derecho y procuradora de los tribunales hasta que hace 28 años pasó a la política. Pese a todos los varapalos, ha decidido volver a recurrir, con cargo a los presupuestos públicos, contra la última sentencia desfavorable.


Decreto de alcaldía número 2024/001044, de 8 de febrero de 2024

Con fecha de 27 de noviembre de 2023, se dictó Sentencia en procedimiento ordinario 252/2022, cuyo contenido es: “Estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Ors Simón en represtación de JMP contra el Ayuntamiento de Barakaldo en impugnación del Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Barakaldo número 3555/2022, de 9 de septiembre por el que se dispone la jubilación forzosa del recurrente, funcionario de la plantilla del Ayuntamiento de Barakaldo, con plaza de Letrado Asesor, que se declara no conforme a derecho y se revoca con los efectos oportunos(...)”

Considerando que con fecha 22 de enero de 2024 se presenta por el interesado Escrito instando la ejecución de la Sentencia antedicha.

Considerando que con fecha 30 de enero de 2024, se dicta Auto del Juzgado Contencioso – Administrativo No 3 de Bilbao, en relación con la ejecución provisional de la Sentencia, acordándose: “la ejecución provisional de la sentencia dictada en Procedimiento Ordinario 252/2022. Requiriéndose al Ayuntamiento de Barakaldo a fin de que proceda al cumplimiento de la sentencia en el plazo de 15 días desde la notificación del presente auto.”

Considerando que, el citado Auto de 30 de enero, fue notificado en este Ayuntamiento con fecha de 1 de febrero de 2024, el plazo de 15 días concluye el próximo 16 de febrero del presente. Puesto en contacto el Departamento de Personal con el referido funcionario, el mismo propone su incorporación al servicio activo en este Ayuntamiento, con fecha del próximo 12 de febrero de 2024.

Visto el informe emitido en fecha 6-2-2024 por la Jefatura del Servicio de Personal.

Por tanto, en uso de las facultades que le otorga el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Alcaldía, a propuesta de la Concejalía Delegada del Área de Gestión y Organización Interna,

RESUELVE

.PRIMERO.- Aprobar la reincorporación al servicio activo en este Ayuntamiento de Barakaldo del Sr. D. JMP (DNI , 14xxxxxxP) con plaza de Letrado Asesor, con fecha de efectos de 12 de febrero de 2024, según solicitud realizada por el empleado.

Todo ello de forma provisional y, hasta que se dicte Sentencia firme, según Auto de fecha 30 de enero de 2024 del Juzgado Contencioso – Administrativo No 3 de Bilbao, en relación con la ejecución provisional de la Sentencia dictada en Procedimiento Ordinario 252/2022.

SEGUNDO.- Notificar el contenido de la presente resolución al funcionario interesado y a la Concejalía Delegada del Area de Alcaldía y Barrios, Gobierno Abierto Agenda Urbana Promoción Económica Turismo e Innovación, a los efectos oportunos, con devolución del expediente al Área de Gestión y Orgaización Interna.


Cronología de las acciones de la alcaldesa contra los abogados del Ayuntamiento

  • Solicitud del 27 de diciembre de 2018 por parte de uno de los abogados —funcionaria interina— para que se le reconocieran los complementos salariales que correspondían a su puesto de 'letrada asesora', cobrando lo mismo que su compañero desempeñando las mismas funciones
  • Decreto de alcaldía número 791 de 25 de enero de 2019 que rechaza reconocer la reivindicación salarial
  • Decretos de alcaldía 1/2020 de 2 de enero y 2/2020 de 3 de enero por el se dispone el cese de los dos abogados del Ayuntamiento de Barakaldo, por "pérdida de confianza" en relación con sus "reclamaciones económicas" y acusa a los funcionarios de "deslealtad manifiesta hacia la Alcaldía" porque no facilitó a Del Campo sus objetivos sobre una moción sobre la Fundación Miranda y un expediente denominado Elguezábal-Acasuso
  • Sentencia de 24 de mayo de 2021 del juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Bilbao por el por anula los decretos 1/2020 y 2/2020 por "ser contrarios a derecho", obliga a restituir en su puestos a los dos letrados, a pagarles los salarios pendientes y a abonar los gastos judiciales
  • Solicitud del abogado el 25 de marzo de 2021 para prolongar su permanencia en el servicio activo
  • Decreto de alcaldía número 3555/2021 de 26 de abril de 2021 que autoriza la prolongación hasta como máximo el 11 de julio de 2026 cuando el funcionario alcance los 70 años de edad
  • Sentencia número 194/2021 por el juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de 25 de octubre de 2021 que declara "contrario a derecho" el decreto de 2019 que rechaza reconocer la reivindicación salarial de la letrada asesora
  • Sentencia número 254/2022 de 6 de junio de 2022 de la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que ratifica la sentencia 194/2021 de reconocimiento de reclamaciones salariales. Resolución firme.
  • Solicitud del 9 de septiembre de 2022 por parte del abogado pidiendo su derecho a que se prorrogue su permanencia en el puesto
  • Decreto de alcaldía número 7764/2022, de 9 de septiembre, que dispone la jubilación forzosa del abogado con efectos desde el 11 de septiembre de 2022
  • Sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Bilbao, de 27 de noviembre de 2023, que declara "no conforme a derecho" el decreto de alcaldía 3555/2022
  • Auto del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Bilbao, de 30 de enero de 2024, que ordena "la ejecución provisional de la sentencia dictada en procedimiento ordinario 252/2022., equiriéndose al Ayuntamiento de Barakaldo a fin de que proceda al cumplimiento de la sentencia en el plazo de 15 días desde la notificación del presente auto"
  • Decreto de alcaldía número 2024/001044, de 8 de febrero de 2024, que aprueba "la reincorporación al servicio activo" del abogado municipal "con fecha de efectos de 12 de febrero de 2024" pero "de forma provisional y, hasta que se dicte sentencia firme".

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