El PNV, con la alcaldesa al frente, Amaia del Campo, ha impulsado repetidas actuaciones en los tribunales contra la pretensión de la funcionaria de tener los mismos complementos retributivos que su colega masculino, lo que supone una diferencia anual de 29.000 euros. Por su parte, el PSE ha reclamado que, acatando además la voluntad mayoritaria del pleno municipal hasta ahora ignorada, se dejen de recurrir las repetidas sentencias desfavorables para el Ayuntamiento en este caso.
"Entendemos que se debe reponer en su lugar de trabajo a la funcionaria afectada, abonándole las retribuciones que los tribunales de justicia han determinado y acabar con la litigiosidad, restableciendo el diálogo y consenso en la gestión de estos asuntos", ha reclamado el edil socialista Juan Antonio Pizarro durante la reunión del Gobierno local.
La alcaldesa, Del Campo (PNV), sostiene que no existe "ninguna decisión política" sino "técnica" contra la letrada, pero lo cierto es que la mandataria reconoció por escrito "pérdida la confianza" en los dos letrados, contra los que intentó, siendo desautorizada por la justicia, degradar en un caso y despedir en el caso de la abogada que ahora ha vuelto a ganar el caso de discriminación salarial.
El caso de los letrados ya generó un enfrentamiento en la junta de Gobierno a mediados de 2021, en aquella ocasión por las represalias de la alcaldesa contra los letrados, una actuación que incluso llevó al Partido Socialista a señalar que "afectan a contenidos del acuerdo de Gobierno suscrito entre el PNV y el PSE".
Acta de la junta de Gobierno local PNV-PSE
365/22/2022-3. Dación de cuenta de la sentencia 254/2022 de 6 de junio, dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el recurso de apelación 60/2022 promovido por el Ayuntamiento de Barakaldo en los autos 78/2022, referida al complemento específico 715 y destino 28 y abono de las diferencias retributivas que de ello se derivan relativas a los cuatro últimos años más los intereses legalmente procedentes, a instancias de Da. XXX.
Se da cuenta a la junta de Gobierno local de la sentencia 254/2022, de 6 de junio, dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el recurso de apelación 60/2022 promovido por el Ayuntamiento de Barakaldo, en el que se recurre la sentencia nº 194/2021, de 25 de octubre de 2021, dictada por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 4 de Bilbao en el procedimiento abreviado nº 78/2019, por la que se estimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el decreto nº 791, de 25 de enero de 2019, del Ayuntamiento de Barakaldo, desestimatorio de la reclamación en petición de reconocimiento y asignación de complemento de destino nivel 28 y complemento específico nivel 715, así como el abono de diferencias retributivas que de ello se derivan relativas a los últimos cuatro años, más los intereses legalmente procedentes.
La parte dispositiva de la referida sentencia es del tenor literal siguiente:
«FALLO: Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Barakaldo contra la sentencia nº 194/2021, de 25 de octubre de 2021 dictada por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 4 de Bilbao en el procedimiento abreviado nº 78/2019, que confirmamos por ser conforme a Derecho.
Con expresa imposición de costas a la apelante.
Lo que se comunica a la junta de Gobierno local a los efectos oportunos, indicando que contra esta sentencia cabe interponer recurso DE CASACIÓN ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de treinta días, contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución.
De cuanto antecede, la junta de Gobierno local QUEDÓ ENTERADA.
A continuación el Sr. PIZARRO FURONES, del grupo municipal Socialistas Vascos/Euskal Sozialistak, autorizado por la presidencia, puso de manifiesto lo siguiente: Queremos hacer una puntualización al respecto. Hoy se da cuenta de esta sentencia del Tribunal de Justicia del País Vasco que afecta a la letrada asesora de la asesoría jurídica municipal. La sentencia desestima el recurso de apelación interpuesto por este Ayuntamiento y confirma la sentencia de primera instancia en todos sus términos.
Los miembros del grupo socialista en la junta de Gobierno ya hemos mostrado con anterioridad nuestra discrepancia con la deriva judicial en la gestión de personal, contraria además en este caso a la opinión de la mayoría municipal expresada en sesión extraordinaria el día 21 de mayo de 2018 y también contraria a derecho en sucesivas sentencias judiciales. Por ello entendemos que se debe reponer en su lugar de trabajo a la funcionaria afectada, abonándole las retribuciones que los tribunales de justicia han determinado y acabar con la litigiosidad, restableciendo el diálogo y consenso en la gestión de estos asuntos.
La Sra. ALCALDESA dijo a continuación: Yo también quiero hacer unas puntualizaciones. En primer lugar quiero decir que en el caso de esta trabajadora se han seguido en todo momento, como no podía ser de otra manera, las indicaciones de los responsables en la materia, que no son otros que la jefatura de recursos Humanos y el propio secretario municipal actuante en cada uno de los casos de los que ha derivado este procedimiento. Por tanto, no se ha tomado absolutamente ninguna decisión política, siendo todas y cada una de ellas decisiones de tipo técnico-jurídico, competencia de los responsables técnico-jurídicos y no de los órganos políticos de este Ayuntamiento.
En cuanto a la reflexión sobre la deriva judicial en materia de recursos humanos, no puedo sino compartirla; de hecho, me gustaría hacerla extensible a las áreas que se han visto afectadas por estas reclamaciones, siendo en su gran mayoría el área de Seguridad Ciudadana a la cual, a pesar de que en este momento no está su concejal, le invitaría a hacer esa reflexión porque en este momento todas y cada una de las decisiones adoptadas han sido recurridas en los órganos judiciales, incluso ante el propio Ararteko. Y, por supuesto, a raíz de esta sentencia se actuará como se ha hecho en todos los procesos, que es siguiendo las indicaciones técnicas porque, insisto, no se trata de una decisión política, sino de carácter técnico-jurídico y está en manos de nuestros responsables técnico-jurídicos.
La Sra. DELGADO ALAÑA, del grupo municipal Socialistas Vascos/Euskal Sozialistak, dijo a continuación: Me gustaría hacer una pequeña matización. El letrado asesor de este Ayuntamiento se ha manifestado y entiendo que, de la misma forma que se recabarán informes del departamento de Personal y del secretario, debería tenerse en cuenta la opinión del letrado asesor de este Ayuntamiento que ha hecho pública su opinión en relación a la conveniencia o no de dirigirnos al Tribunal Supremo en recurso de casación, que sería el siguiente paso. Si no es así, que me corrija el secretario.
La Sra. ALCALDESA cerró el turno de intervenciones con las siguientes palabras: En todo caso, y como no puede ser de otra manera, a la hora de presentar o no recursos se recaba la información del personal técnico competente que no es otro que el asesor jurídico y, por encima de éste, el secretario municipal de quien depende la asesoría jurídica.
Finalmente, ruega que este punto conste en acta de manera literal.
Archivo
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