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El penúltimo director del instituto de deportes Barakaldo Kirolak dura 11 días en el cargo de 75.439,16 euros

Barakaldo, 5 ago 2022. Exactamente 11 días ha estado en su puesto el penultimo director del instituto municipal de deportes (IMD) Barakaldo Kirolak. Arkaitz Beristain, vinculado al PNV como todos sus antecesores en los últimos 40 años, asumió el cargo el 11 de julio y el día 22 fue su último día. Oficialmente, ha dimitido, aunque el decreto de alcaldía habla de "cese" —destitución— por "mutuo acuerdo de las partes".

Aunque el directivo salió el puesto la tercera semana de julio, la alcaldesa, Amaia del Campo (PNV), ha tardado 11 días en firmar el decreto de "cese" de Beristain, resolución que añade que "no procede indemnización alguna por adoptarse la extinción por voluntad concurrente de las partes". 

Del Campo puede nombrar y despedir a los directores del IMD arbitrariamente. Así, tras la salida del gerente, ha comunicado al consejo de dirección de Barakaldo Kirolak que contratará como sustituto al directivo Manuel Abajo del gimnasio privado BeUp instalado en la feria de muestras BEC! de Ansio, que fue inagurado por la alcaldesa el 21 de septiembre de 2021. El salario del puesto es 75.439,16 euros brutos al año.

Archivo


Decreto de alcaldía número 2022/007042 de 2 de agosto de 2022

ASUNTO.- Cese en la dirección de Barakaldo Kirolak

Resultando que, en virtud de Decreto de Alcaldía no 5752/2022 de 21 de junio, se acordó nombrar a D. Arkaitz Beristain García, con DNI: ***9288**, director de Barakaldo Kirolak quien, a resultas de dicho nombramiento, fue contratado, con efectos desde el 11 de julio y bajo la modalidad de contrato de alta dirección de conformidad con el Real Decreto 1382/1985 de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

Resultando que, con fecha 21 de julio y con Registro de Entrada nº 435, se presenta por el citado escrito en el que comunica: “oficialmente mi decisión de renunciar al puesto de director del organismo autónomo de Barakaldo Kirolak en el cual recientemente me he incorporado”. y en el que indica que su último día de prestación de servicios será el 22 de julio.

Resultando que, con fecha de 21 de julio por el presidente de Barakaldo Kirolak se estima de interés aceptar la decisión de renuncia voluntaria del Director.

Considerando que, según el artículo 12 del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, “esta relación laboral especial podrá extinguirse por las causas y mediante los procedimientos previstos en el Estatuto de los Trabajadores” y conforme al artículo 49.1 a) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el contrato puede extinguirse “Por mutuo acuerdo de las partes”.

Considerando que, según el artículo 19.4 de los Estatutos de Barakaldo Kirolak “El nombramiento y cese del director se efectuará por el alcalde, oído, en todo caso, el parecer del Consejo de Dirección, a quien se dará cuenta una vez adoptada la correspondiente resolución, previo cumplimiento de las formalidades previstas en el régimen jurídico específico que resulte de aplicación.”

Esta alcaldía, en uso de las facultades que le confieren los artículos 19.4 y 30 d) de los Estatutos de Barakaldo Kirolak,

RESUELVE

PRIMERO.- Acordar el cese de D. Arkaitz Beristain García, con DNI: ***9288** como director de Barakaldo Kirolak por extinción, por mutuo acuerdo de las partes, del contrato de alta dirección suscrito a resultas de su nombramiento por decreto nº 5752/2022 de 21 de junio.

El cese tendrá efectos con fecha de 22 de julio de 2022.

No procede indemnización alguna por adoptarse la extinción por voluntad concurrente de las partes.

SEGUNDO.- Dar traslado de la presente Resolución a la Presidencia del Organismo Autónomo para su conocimiento y efectos oportunos.

TERCERO.- Dar cuenta al Consejo de Dirección conforme expresa el artículo 19.4 de los Estatutos del Organismo Autónomo.

CUARTO.- Notifíquese a D. Arkaitz Beristain García con indicación de los medios de impugnación que procedan.

QUINTO.- Dese traslado a Intervención Municipal.

Lo manda y firma la Sra. ALCALDESA, en la Casa Consistorial del Ilustre Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción.