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La contratación de la obra del instituto Trueba vuelve al principio tras detectarse "errores" en el plan

Protesta con motivo del cierre y derribo del edificio original del instituto Antonio Trueba
Barakaldo, 16 jul 2024. La reconstrucción del instituto de Secundaria Antonio Trueba suma su enésimo retraso. El Gobierno Vasco tiene que volver al principio en el proceso de contratar las obras tras detectar "errores en la documentación técnica". Presupuesto mal elaborado, planos ausentes y falta de un estudio geotécnico han llevado a tener que poner en cero el contador de los plazos para adjudicar la construcción. El anuncio de que se iba a hacer el contrato se realizó en plena campaña de las elecciones europeas.


Ante los "errores", la consejería de Educación (PNV) del Ejecutivo autonómico acaba de aprobar una resolución que aprueba "la modificación de la documentación técnica", devuelve al momento inicial el procedimiento para buscar una empresa constructora y fija nuevos plazos para las compañías presenten sus ofertas y para que éstas sean abiertas y analizadas. 

El instituto fue cerrado, y posteriormente derribado, hace seis años —diciembre de 2018— por problemas de estabilidad. El Ejecutrivo anunció una rápida reconstrucción pero se ha ido aplazando y en mayo pasado se anunció el comienzo "el primer trimestre de 2025". El coste máximo presupuestado es 23.077.531,74 euros, IVA incluido. Las obras no deben superar los 24 meses de duración.

El 17 de junio se convocó el concurso para adjudicar la obra, que ahora se ha rectificado y vuelto al momento inicial. Así, queda anulado el plazo del 23 de julio para que las constructoras presenten sus ofertas. Ahora, con el mes de agosto de por medio, la fecha para entregar propuestas se retrasa 49 días, al 10 de septiembre, y se aplaza al 30 de octubre la apertura del documento B con la "oferta evaluable automática a través de fórmulas".

Resolución del Gobierno Vasco

RESOLUCIÓN DEL VICECONSEJERO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y SE RETROTRAEN LAS ACTUACIONES DEL CONTRATO DEL "NUEVO EDIFICIO PARA EL IES ANTONIO TRUEBA BHI DE BARAKALDO (BIZKAIA)” (EXP.C01/003/2024).

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Mediante Resolución de 15 de enero de 2024, del Viceconsejero de Administración y Servicios del Departamento de Educación, se inició el expediente que tiene por objeto el "Nuevo edificio para el IES Antonio Trueba BHI de Barakaldo (Bizkaia)" (Exp.C01/003/2024) 

SEGUNDO.- Mediante Resolución de 14 de junio de 2024, del Viceconsejero de Administración y Servicios del Departamento de Educación, se aprobó el expediente de contratación, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas del contrato.

Asimismo, el anuncio de licitación fue publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Perfil de contratante del Gobierno Vasco. En este último se publicó el 17 de julio de 2024.

TERCERO.- Con posterioridad a la publicación del expediente en el perfil de contratante, se advierten errores en la documentación técnica:

  • Dentro de la carpeta “B_PRESUPUESTO” del Proyecto, se sustituye el archivo concerniente al presupuesto por el siguiente, ya que algunos porcentajes de los Costes Directos no estaban correctamente reflejados.

"19-E-38 PRESUPUESTO V6"


  • Dentro de la carpeta "C_PLANOS” del Proyecto, se sustituyen los siguientes documentos por otros con igual denominación debido a que faltan algunos planos en cada conjunto.

"19-E-38 ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN”
"19-E-38 ESTRUCTURAS Y CIMENTACIÓN”
"19-E-38 I. INSTALACIONES”
“19-E-38 U. URBANIZACIÓN”


  • Dentro del Proyecto se crea una nueva carpeta denominada "H_ESTUDIO GEOTÉCNICO" y se adjunta el estudio geotécnico.

"E.G. IES TRUEBA BHI BARAKALDO”


FUNDAMENTOS DE DERECHO 

PRIMERO.- De acuerdo con lo establecido en los artículos 124 y 136 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), los Pliegos y la documentación técnica solo podrán ser modificados con posterioridad a su aprobación por error material, de hecho o aritmético; en otro caso, la modificación del pliego conllevará la retroacción de actuaciones para la aprobación de un nuevo pliego. En el mismo sentido la Resolución 160/2020, de 24 de noviembre de 2020, de la Titular del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi (OARC-KEAO). 

SEGUNDO.- Conforme al artículo 156.2 en relación con el 156.3 c) de la LCSP, el plazo de presentación de proposiciones no será inferior a treinta días, contados desde el día siguiente al envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. 

TERCERO.- En virtud de las competencias que en materia de contratación administrativa me han sido atribuidas en base a lo establecido en el artículo artículo 8.1 d) del Decreto 71/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación. (BOPV nº 47 de 5 de marzo de 2021)


RESUELVO 

PRIMERO.- Aprobar la modificación de la documentación técnica del expediente "Nuevo edificio para el IES Antonio Trueba BHI de Barakaldo ` (Bizkaia)” (Exp.C01/003/2024) y retrotraer el procedimiento para la apertura de un nuevo plazo de presentación de ofertas, de conformidad con lo señalado en el Perfil de Contratante del Gobierno Vasco. 

SEGUNDO.- Fijar un nuevo plazo de presentación de ofertas y, asimismo, modificar la fecha de apertura de los sobres C y B relativo a los criterios cuya calificación depende de un juicio de valor y a la oferta evaluable automáticamente a través de fórmulas, respectivamente. 

TERCERO.- Publiquese esta resolución y los pliegos modificados en el Perfil de Contratante del Gobierno Vasco. Igualmente, procédase a publicar la información contenida en esta resolución en el Diario Oficial de la Unión Europea. 

CUARTO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 50 y 51 de la Ley de Contratos del Sector Público, contra la presente resolución de modificación de la documentación técnica y de retroacción del procedimiento se pueden interponer los siguientes recursos: 

  • Con carácter potestativo, recurso especial en materia de contratación en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la misma junto con los pliegos modificados en el perfil de contratante. El escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o en el del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Los escritos presentados en registros distintos de los dos citados específicamente en el párrafo anterior, deberán comunicarse al Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de manera inmediata y de la forma más rápida posible. 
  • O recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a la fecha de la firma electrónica. [2024.07.10 · 08:05:43 +02'00']

Fdo.: Xabier Aizpurua Teileria. 
Viceconsejero de Administración y Servicios del Departamento de Educación


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