La justicia condena de nuevo al Ayuntamiento por no proteger a la abogada municipal represaliada por la alcaldesa

El concejal de alcaldía y la alcaldesa, Gorka Zubiaurre y Amaia del Campo, del PNV
foto de archivo
Barakaldo, 20 may 2026. El Ayuntamiento de Barakaldo ha sido condenado una vez más por la actuación de la alcaldesa, Amaia del Campo (PNV), y su equipo contra los abogados municipales. En esta ocasión, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado una sanción de pago de un recargo de un 50% sobre las prestaciones impuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social por incumplir la obligación de proteger a la letrada del Consistorio frente al riesgo psicosocial en su empleo. 

Es el enésimo fallo judicial en contra del Ayuntamiento en el caso de la batalla de Del Campo contra dos abogados funcionarios del Consistorio. Es una guerra que, usando los presupuestos públicos, la alcaldesa mantiene desde hace ya siete años sin que le haya frenado el hecho de que tribunales han declarado una y otra vez contrarias a la ley la mayoría de las medidas contra estos dos empleados públicos. En este contexto, la alcaldesa está imputada por acoso laboral, junto a tres concejales del PNV y tres funcionarios.

En esta nueva ocasión, el TSJPV condena a la institución municipal con el pago de costas de hasta 1.000 euros, que, como otros gastos legales, saldrán de los impuestos pagados por los vecinos, además de ratificar la multa del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra Barakaldo, con un recargo del 50% en las prestaciones que se deben abonar por la baja laboral (IT) de la abogada tras las reiteradas represalias de la alcaldesa. Es al menos la segunda multa por esta actitud del Ayuntamiento.

La resolución del tribunal del 23 de abril, que acaba de ser publicada por el poder judicial, confirma el "incumplimiento empresarial (del Ayuntamiento) en materia de seguridad y salud" en relación a los artículos 14, 15.1 y 16.2 a) y B de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que establece el "deber" de la Administración de "garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo".

Los "hechos probados" que contiene la sentencia muestran cómo la abogada del Ayuntamiento ha sufrido durante años las acciones de la alcaldesa contra ella y su colega —forzado a jubilarse— en la asesoría jurídica municipal. Entre otros aspectos, la mandataria despidió a la funcionaria, pero la justicia lo anuló. Y, en el caso actual, ha intentado rebajarle el salario quitándole complementos y ha tabicado su despacho generando su aislamiento. 

Esta situación de "hostilidad en el entorno laboral" ha provocado la baja laboral de la abogada por un "trastorno ansioso depresivo de intensidad severa", según han constatado la justicia y la inspección de trabajo. Las medidas preventivas de esta situación de riesgo tenían que haberse adoptado "de manera inmediata", pero el Ayuntamiento no lo ha hecho.

Al respecto, la inspección de trabajo señala que "los factores de riesgo psicosocial derivan de las condiciones de trabajo que la Administración empleadora ha venido imponiendo desde hace años a la funcionaria" con "decisiones (…) que han resultado, en la práctica totalidad de los casos en que han sido cuestionados judicialmente por la funcionaria, declaradas contrarias a derecho con los diferentes órganos jurisdiccionales de los órdenes social y contencioso administrativo que han conocido de las mismas".

Entre las represalias contra la funcionaria se mencionan "la negativa a reconocer y abordar los complementos retributivos acordes a la plaza", "instrucciones que han limitado incluso prohibido el ejercicio de funciones propias", el despido de la trabajadora —anulado por otra sentencia—, rechazo a reconocer diferencias salariales, omisión de sentencias favorables a la trabajadora y "separación física de la funcionaria del resto del personal de servicio asesoría jurídica" mediante un tabique en el despacho.

"Todas estas decisiones han generado no sólo un aumento de los contenciosos que, ya sea en una primera instancia administrativa o posteriormente en un plano judicial, mantienen ambas partes; sino, lo que es de mayor gravedad, un mayor desgaste y deterioro de la salud de la funcionaria hasta el punto de haber iniciado con fecha 31-3-2022 un nuevo proceso de incapacidad temporal cuyo único origen reside la situación laboral vivida", señala un informe de la inspección de trabajo.

Ante estas circunstancias, la penalización del 50% impuesta por la Seguridad Social "se justifica tanto en la gravedad de la falta, como en la existencia de "... requerimientos previos emitidos por esta inspección de trabajo [...] el carácter permanente de los riesgos psicosociales a los que se ha visto expuesto a la funcionaria [...], así como la gravedad de los daños producidos en la salud de la funcionaria".

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