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Autorizadas las excavaciones e inicio de construcción de la torre de 639 minipisos de alquiler en Ansio

Barakaldo, 3 ago 2023. El PNV en la alcaldía de Barakaldo ha aprobado el proyecto para las excavaciones y construcción del sótano de la torre de 45 metros de alto y 639 apartamentos de alquiler en Ansio. La actuación es controvertida porque oficialmente el solar, entre la estación de metro y la feria de muestras BEC!, tiene que ser un edificio "hotelero" pero van a ser minipisos de alquiler de entre 25 y 50 metros cuadrados.

El Ayuntamiento, cuyas normas urbanísticas no permiten viviendas menores de 45 metros metros, ha dado vía libre al "proyecto de cota 0". En él se contemplan "639 alojamientos, y con garaje para 70 plazas para coche y 85 para bicicletas", aunque el número contradice las "628 unidades" que recoge la web de la empresa Momentum Real Estate, que representa a la sociedad Traviata ITG SL.

La empresa ha cambiado su página en internet para calificar la actuación como "hotel apartamento", pero originalmente describía la operación inmobiliaria como "apartamentos con servicios" y así se mantiene en la versión en inglés, que incluye las descripciones "serviced apartments" (apartamentos con servicios) y "private rental sector" (sector privado de alquiler). 

De hecho, directivos de empresa han declarado en otros medios que son "estudios en alquiler de hasta 30 metros cuadrados con una zona salón-dormitorio, cocina y baño", desde 625 euros al mes, que están "a medio camino entre las residencias de estudiantes y la vivienda definitiva". Pero, ante la polémica, han negado sus propias afirmaciones previas y ahora defienden que es un hotel o aparthotel.

Archivo


Acuerdo de la junta local de Gobierno de Barakaldo
414/25/2023-14.— Propuesta de aprobación, si procede, del proyecto de cota 0 presentado por TRAVIATA ITG S.L., en ejecución parcial de la licencia concedida por acuerdo n.º 282/16/2023-12 de 11 de mayo para la construcción de edificio terciario hotelero en Ronda Ismael Gorostiza, 2. (109/2022-DIS-EMA).— 

Visto el expediente 000109/2022DIS-EMA en el que se sustancia la solicitud formulada por TRAVIATA ITG SL, representada por MOMENTUM REAL ESTATE (), para ejecutar obras de construcción de un edificio terciario hotelero en RONDA ISMAEL GOROSTIZA 2, (Parcela 1-Plan especial de Ansio-El Retiro).

Resultando que en virtud del acuerdo n.º 282/16/2023-12 de 11 de mayo la junta de Gobierno local procedió a conceder a la mercantil Licencia Municipal para ejecutar las obras de construcción de edificio terciario hotelero para 639 alojamientos, usos complementarios y garaje conforme al proyecto Básico condicionando su eficacia al cumplimiento de un conjunto de estipulaciones que en el citado acto administrativo se consignaban.

Resultando que en cumplimiento de dichas previsiones se presenta, con fecha 19 de mayo y, de forma sucesiva, proyecto de ejecución suscrito por la arquitecta Patricia MF, también directora de la obra, visado por el COAVN con la misma fecha y, posteriormente, proyecto de ejecución a cota 0 al objeto de adelantar el inicio de los trabajos. Así mismo, una vez emitidos los informes técnicos preceptivos, la interesada continúa aportando documentación complementaria: la designación de Jesús PP y y Aritz S, arquitectos técnicos directores de ejecución de obra; estudio acústico de las medidas correctoras del ruido generado durante la obra, Certificado de Eficiencia Energética, red de abastecimiento de la urbanización y de las acometidas, estudio lumínico y plano de coordenadas y cotas.

La documentación que sirve de cobertura a la ejecución parcial del proyecto, hasta cota 0, está conformada por planos de estructura y memoria de estructuras del proyecto de ejecución justifica la sustentación del edificio, justificando las características del suelo (se aporta estudio geotécnico redactado por la empresa Geología y Geotecnia Larrea con fecha de 7 de noviembre de 2022) y el sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal). Como bases de cálculo se adoptan instrucciones vigentes (CE, NCSE-02 y CTE SE y SI).

La fase que se acomete consiste en la cimentación profunda (pilotes) y la ejecución de solera arriostrante; contención mediante muro de pantalla pilotes y mediante muro pilotado; estructura portante principal formada por pilares de hormigón armado cuadrados y metálicos de distintas tipologías; y techo de sótano resuelto por forjado reticular recuperable 30 +5, nervio 16 e intereje 84, y en las zonas con grandes espesores de tierra han optado por un reticular perdido de canto 25 +10 cm de capa de compresión.

Consta en el expediente el informe emitido por servicios técnicos del Consorcio de Transportes de Bizkaia (servicios de estudios y planificación) que, en lo que respecta a niveles de vibraciones, las circulaciones de trenes de la línea 1 de Metro Bilbao genera niveles en la actualidad que no superan el objetivo de calidad aplicable al interior de edificios de uso residencial (atendiendo a los datos registrados a cota de terreno actual). No obstante, se recomienda la realización de nuevos ensayos a cota de cimentación, debido a que ésta se acercará al foco de vibraciones.

También obra en el procedimiento la resolución del director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se declara la validez del certificado de calidad del suelo emitido con fecha 18 de noviembre de 1998, en el que se incluye parte de la parcela 1 del Plan Especial de Ansio-El Retiro localizada en el término municipal de Barakaldo (Bizkaia), y se autoriza a TRAVIATA ITG S.L. la excavación de materiales por motivos constructivos en dicho emplazamiento así como la resolución favorable y autorización, acuerdo RI01321/2023 de fecha 01/06/2023, del servicio explotación del Departamento de Infraestructuras y desarrollo territorial de la Diputación Foral de Bizkaia.

Visto el informe emitido en cumplimiento del artículo 210,4 de la L.S.U., por el servicio técnico de Urbanismo de 5 de julio de 2023 y el evacuado por el jefe del servicio de Disciplinas Urbanística calendado el día 11 del mismo mes, ha de concluirse que la documentación técnica presentada y que ampara dicha solicitud, desarrolla correctamente, en la fase que acomete, la licencia otorgada por lo que es conforme con la normativa urbanística aplicable en los términos y con las condiciones que en la parte dispositiva del presente acuerdo se reproducen.

Consta así mismo el informe favorable emitido por el servicio municipal de Infraestructuras el 3 de julio en lo atinente a la incidencia de la actividad en el espacio e instalaciones públicas. En el mismo se precisa que el proyecto incluye en el ESS un plano con el cerramiento de obra previsto que se ajusta al límite de parcela. Se indican dos accesos rodados a la obra desde la calle municipal. En ese tramo de la calle, se localiza un paso de peatones, el bidegorri, aparcamiento adaptado y parada de autobús. Se deberá solicitar vado de obra para la autorización de dichos accesos.

Considerando, una vez examinada la documentación del expediente, con arreglo al Texto Refundido de las Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento de Barakaldo, vigente en la regulación contenida en su título I relativo a lo dispuesto sobre normas, procedimiento y régimen de las licencias, que las obras pretendidas están sujetas a licencia municipal, que han de reputarse, conforme a los art. 47,1, y 48,1, como obra mayor a sustanciar de acuerdo con el procedimiento ordinario regulado en el art. 57 del citado TR en relación con la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas cuyas previsiones han sido atendidas en la sustanciación del expediente si bien no se resuelve en plazo.

Considerando que el marco jurídico de la pretensión deducida viene determinada por el Plan General de Ordenación Urbana aprobado por acuerdo foral de 16 de noviembre de 1999, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia número 155, de 14 de agosto de 2000, el “Plan Especial Ansio-El Retiro” (BOB 16/10/01) y el estudio de detalle de esta parcela (BOB 15/12/2022).

Considerando observadas las previsiones de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, publicada en el BOPV el 20 de julio de 2006, y del Código Técnico de la Edificación aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

Es de aplicación el Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición (BOPV 3/9/2012) particularmente lo dispuesto en su artículo 4,1 e) respecto al informe final de la gestión y lo establecido en el artículo 5 respecto a la garantía por lo que, a falta de discriminación de la parte que se ejecuta se deberá entregar una fianza sobre la totalidad de la actuación, esto es, de 342.000 € que equivale al 120% del presupuesto del capítulo de gestión de residuos valorado en 285.000€.

Considerando, sin perjuicio del recurso de reposición que con carácter potestativo pudiera interponerse, y vista la materia sobre la que versa el presente procedimiento y de conformidad con el art. 8,1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa modificada por la disposición adicional decimocuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre (BOE n.º 309, de 26 de diciembre de 2003), corresponderá al juzgado de lo contencioso-administrativo de Bilbao que por turno corresponda la competencia, para conocer los recursos que, en su caso, pudieran interponerse contra el presente acto administrativo.

Considerando, por último, que la competencia para resolver el presente expediente corresponde al alcalde-presidente, tal como dispone el art. 41,9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales 

Considerando, por último, que la competencia para resolver el presente expediente corresponde a la alcaldía, tal como dispone el artículo 21 q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en relación con el artículo 10, 2 A) 6) b) del Reglamento Orgánico Municipal de 13 de junio de 2000 y que esta competencia fue delegada en la junta de Gobierno local por decreto de alcaldía n.º 06555/2023 de 20 de junio, apartado primero A 1.a), la junta de Gobierno local, previa deliberación, por UNANIMIDAD, 

ACUERDA:

PRIMERO.— Aprobar el proyecto de cota 0, presentado por TRAVIATA ITG SL (CIF B05284658), representada por MOMENTUM REAL ESTATE, en ejecución parcial de la licencia concedida por acuerdo n.º 282/16/2023-12 de 11 de mayo para la construcción de edificio terciario hotelero, para 639 alojamientos, y con garaje para 70 plazas para coche y 85 para bicicletas conforme al proyecto

a) Con anterioridad al inicio de las obras deberá:

• Depositar en la tesorería municipal fianza (en efectivo, en valores de deuda pública, mediante aval, contrato de seguro de caución o cualquier otra forma válida en derecho) por importe de 342.000 € en garantía de la adecuada gestión de los residuos, la cual será devuelta previa solicitud de la obligada y tras la acreditación documental de la correcta gestión de los residuos generados.

•  El estudio de seguridad y alud contiene referencias (página 180 y siguientes) a “64 viviendas unifamiliares pareadas en Villaviciosa de Odón (Madrid); se corregirá.

• Formular petición al servicio de Disciplina Urbanística a efectos de fijar día y hora para la formalización del acta de inicio de obra con el servicio técnico de Infraestructuras.

•  Respecto al acceso a obra y ocupación espacio público y los dos accesos rodados a la obra desde la calle municipal se aprecia que en ese tramo de la calle, se localiza un paso de peatones, el bidegorri, aparcamiento adaptado y parada de autobús. Se deberá solicitar vado de obra para la autorización de dichos accesos ante el área de Obras de Barrios y de la Ciudad.

b) En el curso de las obras, además de observar las condiciones establecidas en las autorizaciones de las diferentes administraciones y entidades públicas intervinientes, responsables de su control, atenderá los siguientes condicionantes:

* La carga de tierras se realizará desde el interior del solar, con camión que se incorporará a la vía pública por el lugar que indique el servicio municipal de Infraestructuras.

•  De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 65 de la normativa urbanística municipal, no se depositarán escombros en la vía pública, manteniendo en todo momento limpia la calzada.

•  Sólo se permitirán instalaciones exteriores durante tiempo y espacio limitado, controladas por los servicios técnicos municipales, y serán, en todo caso, objeto de autorización individual.

•  Todo el mobiliario urbano, señales de tráfico, etc., afectado por la ocupación de instalaciones exteriores necesarias para realizar la obra deberán ser recogidos y, una vez finalizado la obra, reinstalados.

•  Para evitar roturas en las instalaciones correspondientes a los servicios municipales de abastecimiento de agua, alumbrado, saneamiento, etc., y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 66.4 de la normativa urbanística municipal, en caso de utilización de la acera para el paso de maquinaria y camiones, ésta deberá ser perfectamente protegida por chapas metálicas o losa de hormigón. En todo caso, el paso contará con las correspondientes medidas de seguridad.

•  Si se vieran afectados pavimentos, servicios (jardinería, farolas, canalizaciones, pivotes, bocas de riego), mobiliario urbano, instalaciones, etc., se deberán reponer o restituir. Cualquier instalación que sufra roturas se deberá reponer, garantizando el correcto uso de la misma al término de las obras.

•  Al margen de otras normas que le sean de aplicación, deberá cumplir con lo especificado en el Decreto 68/2000, de 11 de abril (Normas Técnicas sobre Condiciones de Accesibilidad de los Entornos Urbanos,...), en su anejo 2 (Entorno Urbano), artículo 4, apartado 3, “Protección y señalización de elementos provisionales”.

c) En cuanto al proyecto de ejecución sobre rasante pendiente de aprobación deberá observar las siguientes previsiones:

* Debe aportarse el proyecto de pantallas acústica contemplado en el estudio de Impacto acústico y exigidos en la licencia para cumplir con Objetivos de Calidad Acústica aplicables al objeto de que se autorice por la Diputación al hallarse en dominio público de la carretera BI-30.

* La parcela dispone de dos áreas (al este y al oeste de la parcela) que de acuerdo con el estudio de detalle son “áreas libres en parcela de uso público”. Únicamente se incluye en el plano DC.02 Detalles constructivos, el detalle del encuentro rampa garaje/urbanización exterior (detalle 10) y en el plano U.06. Urbanización la pavimentación prevista con adoquín similar al existente. Se deberá completar el proyecto de ejecución para su aprobación sobre rasante con planos con la definición completa de la urbanización exterior del edificio que será de uso público, definiendo las cotas de acabado, pavimentación, iluminación, drenaje superficial y mobiliario urbano.

La urbanización deberá ser compatible con la existente. En el plano U.06. Urbanización se observa que parte de la zona verde existente se extiende por fuera del límite de la parcela. La urbanización del edificio deberá contemplar la pavimentación de estas zonas verdes.

* En cuanto a la red contraincendios, se prevé una acometida a la red municipal. Además, se indica la instalación de 3 nuevos hidrantes “a solicitar a compañía”. Se deberá definir la conexión de estos hidrantes a la red de abastecimiento general. Deberán contar con una llave previa, serán enterrados y tendrán dos salidas de 70 mm con racor “Barcelona” y brida de entrada de 100 mm. Por otro lado, es necesario mallar la red actual de abastecimiento en la zona de ronda de Azcue para asegurar el funcionamiento correcto de la red municipal.

* La acometida de abastecimiento se proyecta al sureste de la acera, por lo que se deberá la anular la acometida prevista en la urbanización existente en el extremo noroeste según los datos del inventario municipal. Para anularla se deberá retirar la propia acometida desde la tubería principal.

* Se prevén 3 acometidas de pluviales y 1 acometida para fecales. Se indica que la pendiente mínima para los colectores del 2%. Con anterioridad a su ejecución se deberá entregar un plano con las definición completa de las acometidas a los pozos existentes indicando la cota de lámina de agua de entrada y de salida. El diámetro mínimo para los colectores de la urbanización exterior y de las acometidas a la red municipal será 200 mm.

* El estudio lumínico de las zonas de uso público (exterior y soportales) que cumpla el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. Las canalizaciones de alumbrado deberán disponer de 2 tubos corrugados de PEAD de diámetro 110 mm. Se deberá definir la conexión de la red de alumbrado prevista en la zona de uso público con la red de alumbrado municipal.

* En el caso de prever zonas verdes en las áreas de uso público deberán contar con riego automático. Los elementos del riego deberán de ser de los modelos habitualmente utilizados en el municipio

SEGUNDO.— Notificar el presente acuerdo a la interesada.

TERCERO.— Dar traslado al servicio de Infraestructuras y a Tesorería a los efectos de la constitución de la fianza.

Los efectos de la autorización otorgada por este acuerdo son los que establece el art. 52 del TR. de las NN.SS.

Las modificaciones del proyecto aprobado y de las condiciones de este acto administrativo se rigen por lo dispuesto en el art. 53 del citado TR.

La presente autorización se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, no pudiendo invocarse para excluir o disminuir responsabilidades civiles o penales en que pudiera incurrirse en el ejercicio de actividades.

Abonará los tributos correspondientes de conformidad con las ordenanzas fiscales vigentes.