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¿Qué pasará a partir de ahora con empresas y personas que talen, maten o dañen los árboles de Barakaldo?

Barakaldo, 23 ago 2022. Esta semana entran en vigor las nuevas normativas municipales para proteger los árboles tanto en suelo público como en privado. Esto significa que a partir de ahora en Barakaldo hay que seguir determinadas reglas en relación a estas plantas o arriesgarse a multas por actividades como talar, clavar grapas en las ramas, verter líquidos nocivos o "cortar o arrancar hojas, flores o frutos".

Esta regulación se pone en marcha precisamente en un periodo lleno de las malas noticias en materia de árboles: el Ayuntamiento ha talado los árboles en la avenida Miranda con la excusa de obras de reurbanización, en Lutxana ha comenzado una corta de decenas de ejemplares para construir 600 pisos y el propio Consistorio, de nuevo, ha eliminado en lugar de trasplantar el cedro en la zona donde estaban las rampas mecánicas al parque de las Esculturas. Y están por llegar nuevas talas en La Dinamita.

En cualquier caso, como todas las leyes, no hay efecto retroactivo, lo que significa que los proyectos que ya tienen licencia concedida no están afectados por las normas que ahora entran en vigor.

"Con carácter general queda prohibida la tala de todos árboles", señala la nueva ordenanza municipal, que prevé como excepción las plantas "muertas" o que "representen un peligro potencial de acuerdo con las inspecciones técnicas". Además, "queda prohibida la poda drástica, indiscriminada y extemporánea", que hasta ahora se ve con frecuencia y que realiza el propio Ayuntamiento.

Son 26 páginas que detallan desde qué documentos hay que elaborar cuando se realiza una obra hasta cómo "indemnizar" cuando sea imprescindible realizar una tala, qué distancia tiene que haber entre dos árboles cuando se plantan o que debe haber un mínimo de un metro entre la copa del árbol y las fachadas de edificios, además que de que los "técnicos municipales realizarán periódicamente controles del arbolado" y "proceder a la paralización cautelar" de obras.

Algunas de las limitaciones pueden ser llamativas, como que está "explícitamente prohibido usar los árboles para colocar señalizaciones, sujetar cuerdas o cables y/o atar cualquier elemento (elementos decorativos, carteles…) que pueda generarles cualquier tipo de daño". También es sancionable "ensuciar los árboles y arbustos".

La norma también cuenta con un apartado de sanciones que pueden llegar a multas de hasta 3.000 euros, con un mínimo de 100, según la gravedad de las infracciones, si bien se contempla sustituir los pagos por "trabajos de valor equivalente para la comunidad local […] en el ámbito de la conservación y educación medioambiental relacionado con la protección del arbolado".

Las mayores penas son para actos contra el árbol catalogado como "singular", que es aquel que "destaca dentro del municipio por una o por varias características de tipo biológico, paisajístico, histórico, cultural o social". En estos casos, las multas previstas van de 1.501 a 3.000 euros por talar estos ejemplares o "provocar su muerte o infligir daños o mutilaciones que hagan considerar su pérdida", entre otras acciones.

En el caso de que no sean árboles históricos o catalogados como de interés natural o cultural, las multas "muy graves" serán de entre 801 y 1.500 euros; mientras las infracciones "graves" se pagará a partir de 351 euros; y las sanciones por actos "leves" van desde los 100 a los 350 euros. 

A ello se puede unir la exigencia de que se devuelva la planta al estado original y se repare el daño. Si el infractor no lo hace, el Ayuntamiento lo hará en su lugar y le pasará la factura. Barakaldo ha asumido además la Norma Granada para la valoración económica de las plantas, que se usará para establecer indemnizaciones o compensaciones en caso de eliminación o daños a árboles.

La ordenanza no prevé excepciones para las instituciones públicas, lo que coloca al Ayuntamiento en una posición de juez y parte. El Consistorio es recordado como el responsable final de la eliminación en 1996 del chopo centenario de San Vicente y desde entonces sus actuaciones en materia de árboles han sido controvertidas en espacios como la Finca Munoa, las podas periódicas radicales o las recientes obras públicas y operaciones inmobiliarias.  

El texto de la norma señala explícitamente que deben cumplir las reglas el propio Ayuntamiento, los "propietarios privados y las "empresas constructoras y de servicios en cuanto a responsables de las obras, bien sean públicas o privadas". También quienes son los "promotores" de obras y proyectos como el Ayuntamiento y resto de Administraciones públicas, y las constructoras y empresas de vivienda, entre otras.
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El chopo centenario que el Ayuntamiento taló en 1996 en San Vicente. Foto: Eguzki