El Ayuntamiento abre en pleno agosto el plazo de 20 días para alegar contra la subestación eléctrica en Burtzeña

Barakaldo, 5 ago 2025. El equipo de Gobierno PNV-PSE en el Ayuntamiento de Barakaldo ha decidido exponer al público en pleno mes de vacaciones de agosto el proyecto que permitirá construir una subestación eléctrica a 100 metros de las viviendas de los portales 17 a 29 de la calle Zumalacárregui, en Burtzeña. El plazo no llegará ni siquiera a la vuelta del periodo vacacional: el 24 de agosto en el último día para presentar alegaciones contra este controvertido plan, motivo de movilizaciones en el pasado.


El proyecto, que fue denegado en 2022 por el Consistorio por motivos urbanísticos, provocó entonces protestas vecinales y ecologistas. Barakaldo Naturala señalaba los "serios riesgos a pocos metros de zona residencial, además de la contaminación acústica" de la futura subestación. La plataforma Burtzeña Existe denunció que es el barrio es el "cajón desastre de Barakaldo, el barrio que alberga todo lo que no quieren los demás". Y los vecinos llevan años de protesta por el "abandono" municipal.



Anuncio del Ayuntamiento de Barakaldo en el Boletín Oficial de Bizkaia del 4 de agosto de 2025
Plan especial para la implantación de una nueva subestación (STR) en Burtzeña (Barakaldo).

Por Decreto de Alcaldía número 6647 de 22/07/2025 se aprueba inicialmente el Plan Especial para la implantación de una nueva Subestación Transformadora de Reparto en Burtzeña (Barakaldo), abriéndose un periodo de información pública de 20 días desde la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia», durante el que podrá ser examinado el proyecto y presentarse alegaciones.

La documentación se encuentra publicada en la página web y en la Sede Electrónica Municipal del Ayuntamiento de Barakaldo: www.barakaldo.eus. (Sede Electrónica / Información de interés / Tablón de anuncios / Tablón electrónico municipal) (URL: https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo/detalleAnuncio.do?codAnuncio=1743)

El acuerdo de aprobación inicial no agota la vía administrativa por tratarse de un acto de trámite y contra el mismo no procede interponer recurso administrativo o contencioso administrativo alguno, sin perjuicio de las excepciones contempladas en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Barakaldo, a 23 de julio de 2025.—La alcaldesa, Amaia del Campo Berasategui.

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