• Los tribunales condenan de nuevo al Consistorio por este expediente • El juzgado de lo contencioso declara "no conforme a derecho" el decreto de alcaldía que estableció el reparto de costes de urbanización • Otra sentencia obligó tambien a pagar 2,6 millones extras a los propietarios de la cervecera expropiada en avenida de Euskadi •
El PSE asegura que "el Ayuntamiento no pagará ni un euro a los propietarios de Ansio-Ibarreta"
El Tribunal Supremo le advirtió, en un fallo de 2007, que no podía hacerlo, pero Ayuntamiento intentó que los propietarios de las antiguas huertas de Ansio asumieran los costes de urbanización de sistemas generales, incluida la fuente cibernética de 600.000 euros de Retuerto, para el plan urbanístico de los centros comerciales de Ibarreta. Ahora la justicia le ha desautorizado. Así lo ha desvelado el PP, que alerta de que la resolución del tribunal de los contencioso —que se puede recurrir— tendrá como consecuencia que el Consistorio tendrá que hacer frente al desembolso de "millones de euros", lo que agravará la situación de las "maltrechas arcas municipales". La portavoz 'popular', Amaya Fernández, afirma que "la gestión de los socialistas está arruinando al Ayuntamiento para varios lustros". Lo peor, advierte el PP, es que llueve sobre mojado y también está por cumplir la sentencia también millonaria que obliga a expropiar la finca Munoa, que supone otros 20 millones de euros.
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Nota de prensa
Ya hay Sentencia que anula la cuenta de liquidación de Ansio-Ibarreta
Los jueces anulan el Decreto que imponía a los propietarios de Ansio el deber de pagar la urbanización de los sistemas generales, por no ser conforme a derecho
Amaya Fernández (PP): “La gestión de los socialistas está arruinando al Ayuntamiento para varios lustros”
20.septiembre.2010- La portavoz del Partido Popular de Barakaldo, Amaya Fernández, ha mostrado su enorme preocupación por las consecuencias económicas que para las arcas municipales se derivarían de la Sentencia nº 1940/2010 de 30 de julio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 de Bilbao, que anula el Decreto de Alcaldía nº 5925 de fecha 14 de agosto de 2008 de aprobación definitiva de la cuenta de liquidación del Polígono Único del Sector Ansio-Ibarreta, por no ser conforme a derecho.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 5/03/2007 declaró la nulidad del Plan General de Ordenación Urbana de Barakaldo y del Plan Parcial del Sector Ansio Ibarreta por imponer a los propietarios del Sector el deber de urbanizar los sistemas generales, incluidos los adscritos al ámbito. Esta sentencia -que es firme- anuló dos disposiciones de carácter general como son el PGOU y el Plan Parcial por lo que, según el artículo 72.2 de la LJCA, tenía efecto general desde el día que se publicó.
Sin embargo, con posterioridad a la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo, exactamente un año y cinco meses después, el equipo de gobierno socialista ignorando la decisión del TS aprobó por Decreto de Alcaldía la cuenta de liquidación definitiva de Ansio-Ibarreta imputando nuevamente a los propietarios del Sector los costes de la urbanización de los sistemas generales. Algunos de los afectados -pequeños propietarios de terrenos en la zona antes del actual desarrollo residencial- y a los que las decisiones del Ayuntamiento están sumiendo en la ruina económica, recurrieron el Decreto ante los tribunales y han vuelto a ganar.
“Estamos enormemente preocupados por la situación porque, aunque el equipo de gobierno recurra esta última sentencia ya que admite recurso de apelación, sólo servirá para ganar un poco de tiempo. Probablemente los socialistas piensen que el suficiente para que pasen las elecciones municipales. Pero la realidad es que el Tribunal Supremo fue claro en su pronunciamiento al señalar “que los costes de los sistemas generales no se podían imputar a los propietarios del sector”. La situación es tan cruda que si los propietarios no tienen el deber de pagar, es el Ayuntamiento el que debe hacer frente a los costes, y eso son millones de euros que tendrán que salir de las ya de por sí maltrechas arcas municipales. ¿De dónde van a salir tantos millones de euros para hacer frente a los gastos de los sistemas generales de Ansio y a la sentencia que en su momento dicte el Tribunal Supremo respecto a la Finca Munoa, si ya deberíamos haber aprobado un plan de saneamiento para hacer frente al déficit de más de trece millones de euros del ejercicio presupuestario del año 2009 que no incluía estas obligaciones? Si esto sigue así, y hay muchas probabilidades de ello, no será ésta la última sentencia condenatoria. La gestión de los socialistas va a hundir el Ayuntamiento para varios lustros ”.
LO HAN HECHO TODO MAL EN EL DESARROLLO DE ANSIO-IBARRETA
El sistema que preveía el PGOU para desarrollar esta actuación urbanística era el de cooperación. En consecuencia, la Ley señala que en el sistema de cooperación el Ayuntamiento debe recaudar las cuotas de urbanización a los propietarios resultantes del Proyecto de Reparcelación, aprobar un proyecto de urbanización de las obras a realizar que deben ser adjudicadas mediante concurso público y, tras el oportuno seguimiento de las obras a ejecutar y posterior recepción de las mismas, abonar a la empresa adjudicataria el coste de la urbanización. Sin embargo, el Ayuntamiento no recaudó las cuotas, ni sacó a concurso público las mismas, delegando todas estas funciones que la Ley atribuye a la Administración en la “Asociación Administrativa de Cooperación Plan Parcial de Ansio”; esta Asociación se constituyó el tres de junio del año 2003 con su domicilio social en el Ayuntamiento, que participaba con un porcentaje del 35,90%, reuniéndose en todos estos años tan sólo dos veces. La primera reunión se celebró el día tres de junio figurando como orden del día: la constitución de la Junta Rectora; Ratificación de la adjudicación de la urbanización, (ya entonces los propietarios minoritarios justificaron su voto en contra advirtiendo que era necesario conveniar con el Ayuntamiento la realización de la urbanización, pero al representar su voto apenas un 10% la adjudicación salió adelante); Apertura de cuenta corriente en una entidad bancaria; Contratación de los servicios contables y fiscales; Contratación de Aparejador; Convocatoria de la siguiente sesión y Ruegos. Diez días después, el 13 de junio, se celebra la segunda reunión para aprobar el acta de la sesión anterior y ratificar la constitución de la Junta Rectora.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en la Sentencia dictada el veintitrés de marzo de 2006 condenó al Ayuntamiento al pago de más de dos millones de euros en concepto de indemnización, (el Ayuntamiento valoró la indemnización en el Proyecto de Reparcelación en cuarenta millones de las antiguas pesetas), a los propietarios del taller de reparación de camiones que había donde hoy se encuentra la rotonda de Retuerto, que da acceso al centro comercial Megapark. El retraso de más de tres años en el pago de esta indemnización por parte del Ayuntamiento generó casi 600.000 euros en concepto de intereses.
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