El Ayuntamiento cede el polideportivo de Lasesarre para paneles solares en beneficio de "400" familias y tiendas

Barakaldo, 25 jun 2025 . El Ayuntamiento de Barakaldo ha cedido el polideportivo de Lasesarre para que se coloquen unas 270 placas solares en beneficio de TEK Barakaldo, una "comunidad energética local" con "alrededor de 400 familias y comercios", pero los datos difundidos por el PNV en la alcaldía no coinciden. Con Lasesarre, son nueve las instalaciones municipales de esta "comunidad" diseñada por Petronor y que tiene financiación de la Unión Europea. El Ayuntamiento es "socio protector".

El PSE designa a Mikel Marlasca como asesor de Urbanismo en el Ayuntamiento

Barakaldo, 25 jun 2024. El militante socialista Mikel Marlasca Marín ha sido designado nuevo asesor del área municipal de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística. Graduado en Derecho y Relaciones Internacionales por la privada Universidad Nebrija, de Madrid, Marlasca iba en el puesto 15 en la candidatura del PSE en las municipales de 2023. En las de 2019 fue en la posición 13. Como asesor, sustituye a su compañera socialista Iulia Caraseva, que es ahora concejala en lugar de Carlos Fernández.


El decreto de alcaldía número 2025/005516, de 13 de junio, establece que, a pesar de los incumplimientos legales observados por el interventor municipal, Marlasca Marín sea asesor desde el 16 de junio y que esté "bajo la directa supervisión" del concejal de Urbanismo, el socialista Juan Antonio Pizarro. El coste para el contribuyente de esta contratación asciende a 92.000 euros anuales. El desembolso en costes salariales para políticos y sus asesores ronda los tres millones de euros anuales.


Decreto de alcaldía número 2025/005516
El 17 de junio de 2023 se constituyó el Ayuntamiento de Barakaldo para el mandato 2023-2027, tras la toma de posesión de los corporativos resultantes de las elecciones locales que tuvieron lugar el 28 de mayo de 2023. 

Posteriormente se adoptaron los acuerdos y resoluciones procedentes en materia organizativa y de gestión municipal, determinándose las áreas en que funcionalmente se estructuraba este Ayuntamiento y se nombraron concejales delegados encargados de la dirección y gestión de cada área. 

Así mismo, la disposición adicional séptima, apartado primero del reglamento orgánico municipal contempla la presencia en la arquitectura de la estructura organizativa municipal la presencia de personal asesor tanto para la gestión municipal como para el apoyo de los distintos grupos municipales. 

Al respecto, mediante decreto de alcaldía nº 2023/007025 de 4 de agosto de 2023, se dispuso el mombramiento de personal eventual como asesora del concejal delegado del área de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística. 

Recientemente mediante decreto de alcaldía nº 2025/004838 de 27 de mayo, se dispuso el cese de la persona nombrada en el citado puesto reservado a personal eventual. 

Así mismo, en fecha de 30 de mayo de 2025, con nº de registro 2025028250 la portavoz del grupo municipal Socialistas Vascos se ha presentado un escrito en el cual comunica a la Sra. alcaldesa la identidad de D. MIKEL MARLASCA MARIN, como persona designada como asesor del área municipal de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística, solicitando que su incorporación tenga lugar el 16 de junio. 

Al respecto mediante acuerdo del pleno en sesión extraordinaria de 27 de julio de 2023 publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia núm. 220 de 16 de noviembre de 2023, se modificó la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Barakaldo, en lo referente a los puestos de trabajo de asesor de área municipal, contemplándose 6 dotaciones de asesor de área municipal grupo A1/A2, código 640001, reservados a personal eventual. 

Así mismo, mediante acuerdo del pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria de 23 de mayo de 2024 se aprobó el presupuesto general del Ayuntamiento de Barakaldo para el año 2024, objeto de publicación en el BOB núm. 104 de 30 de mayo de 2024, comprendiendo la plantilla presupuestaria comprensiva de las plazas dotadas presupestariamente entre las que se incluían las 6 dotaciones de asesor de área municipal grupo A1/A2 código 410001 reservadas a personal eventual. 

Resultando que con ocasión de la tramitación por la secretaria general en el área de Alcaldía y Barrios, Gobierno Abierto, Agenda Urbana, Promoción Económica, Turismo e Innovación, de la propuesta relativa al nombramiento de personal eventual de área señalado, consecuencia de lo cual desde la Intervención municipal en el seno del trámite de fiscalización previa, se ha presentado informe de reparo 66/2025 con el efecto de suspensión del procedimiento. 

Considerando que según el artículo 70.4 de la Norma Foral 10/2003 de 10 de diciembre Presupuestaria de las Entidades Locales del territorio Histórico de Bizkaia, la cual establece que corresponde a la Presidencia de la Corporación el resolver la discrepancia planteada, siendo su resolución ejecutiva Considerando que el artículo 15 del decreto Foral 117/2028 de 22 agosto, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local de Bizkaia, señala que cuando el órgano gestor no acepte el reparo formulado por el órgano interventor en el ejercicio de la función interventora planteará a la presidencia de la entidad local una discrepancia en el plazo de quince días, y que la discrepancia deberá ser motivada por escrito, con cita de los preceptos legales en los que sustente su criterio el órgano gestor. 

Visto el informe del secretario general de 12 de junio de 2025, al reparo presentado. 

En virtud de las atribuciones conferidas por los artículo 21.1 h) y 104.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, el artículo 30.5 de la Ley 11/2022 de 1 de diciembre de Empleo Público Vasco, artículo 41.14 del Real decreto 2568/1986 de 28 de noviembre y artículo 10.2 B) 27) del Reglamento Orgánico y de Participación Ciudadana de este Ayuntamiento aprobado en sesión plenaria de 13 de junio del 2000, 

VENGO EN DISPONER: 

PRIMERO.- Dirimir la discrepancia planteada por el informe de reparo 66/2025 de la intervención, a la propuesta de decreto de alcaldía nº 5755 resolviendo el nombramiento de personal eventual como asesor del concejal-delegado del área de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística, disponiendo la continuación de la tramitación del expediente. 

SEGUNDO.- Nombrar personal eventual como asesor de área municipal, a D. MIKEL MARLASCA MARIN con DNI 72xxxxxxV adscribiéndole a la dotación nº 4 del puesto con código 640001, como asesor del área de de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística, con fecha de efectos del dieciséis (16) de junio de 2025. 

TERCERO.- La persona nombrada, bajo la directa supervisión del concejal delegado de la área citada, desempeñara las funciones de confianza o asesoramiento especial que le sean encomendadas por el mismo, percibiendo las retribuciones económicas determinadas en la plantilla presupuestaria aprobada por la Corporación y vigente en el presente ejercicio, con plena dedicación que conlleva dedicación exclusiva al servicio del Ayuntamiento, con prohibición absoluta de ejercer cualquier actividad retribuida publica y privada y absoluta disponibilidad para asistir a reuniones, comisiones, visitas, desplazamientos, etc, que se realicen fuera o dentro del horario habitual de trabajo del resto del personal del Ayuntamiento. 

A modo enunciativo se señalan las siguientes funciones a desempeñar: 

  • asesoramiento en la toma de decisiones políticas, recopilando los datos necesarios para que esta se adopte previa valoración de las circunstancias concurrentes, los riesgos de la misma, las posibles consecuencias, y demás factores a considerar en la toma de decisiones. 
  • Prestar asesoramiento en la formulación de las políticas públicas a adoptar por la concejalía de la que depende y en el posicionamiento político frente a modificaciones normativas. 
  • Colaboración con la concejalía en el establecimiento de las directrices generales de la acción política, recabando información necesaria para la concejalía de la que dependa, de los diferentes departamentos, órganos y comisiones municipales 
  • Tareas de negociación política con resto de grupos municipales y entre concejalías. 
  • Tareas de enlace con otras instituciones, en las que se entremezclan elementos técnicos con indudables consideraciones de oportunidad 
  • Coordinación de la producción normativa del ayuntamiento, ordenanzas, reglamentos, sirviendo de enlace entre lo estrictamente técnico y las consideraciones políticas o de oportunidad. 
  • Redacción de memorias y cualquier documentación de carácter político necesaria para el adecuado ejercicio de cargo público. 
  • Tareas de colaboración inmediata, búsqueda de documentación, recopilación de datos, puesta a disposición,… con quienes ostentan el poder de superior decisión política 
  • Apoyo en la elaboración de contestaciones de carácter político en relación con las declaraciones institucionales, ruegos, preguntas y mociones con posicionamiento político, que afecten a la concejalía de la que depende. 
  • asesorar en la elaboración de las notas de prensa, comparecencias públicas, intervenciones ante los medios de comunicación, etc. 
  • Asistencia a las reuniones, comisiones de trabajo, visitas y desplazamientos, acompañando a la concejalía cuando así sea requerido, para debido asesoramiento. 
  • Cualesquiera otras funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, En ningún caso podrá desempeñar funciones directivas ni ejecutivas, ni tampoco las reservadas a personal funcionario o laboral. 

CUARTO.- El Sr. MARLASCA MARIN, deberá presentar la titulación académica que venga establecida por la relación de puestos de trabajo para el puesto y deberá tomar posesión del mismo, procediéndose a su inclusión en nómina y cursando el necesario parte de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social, con la fecha de efectos señalada. 

QUINTO.- El presente nombramiento quedara revocado libremente por esta alcaldía-presidencia cuando así lo estime conveniente a los intereses municipales, cesando en todo caso de forma automática cuando se produzca el cese o expire el mandato de esta alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 30 de la Ley 11/2022 de 1 de diciembre de Empleo Público Vasco. 

SEXTO.- Notifíquese al interesado, así como a la Intervención Municipal de Fondos, Tesorería y al área de Gestión y Organización Interna a los efectos oportunos. 

SÉPTIMO.- Dar cuanta de la presente resolución al pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que celebre y proceder a la publicación del nombramiento efectuado en el Boletín Oficial de Bizkaia, así como en la intranet municipal para general conocimiento. 

Lo manda y firma la Sra. alcaldesa en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción.

Firmado: La alcaldesa, Amaia del Campo