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Alcaldía (PNV) adjudica a 'El Correo' por 44.000 euros al año la revista del Ayuntamiento

Barakaldo, 22 mar 2023. El área de Alcaldía, del controvertido concejal Gorka Zubiaurre (PNV), ha adjudicado por 44.000 euros al año a la empresa editora de 'El Correo' la realización de la revista del Ayuntamiento de Barakaldo, que en los dos años anteriores realizó el diario nacionalista 'Deia' por 35.600 euros anuales y que en esta ocasión ni siquiera ha presentado una oferta. 

Esta publicación publicitaria del Consistorio, repetidamente motivo de polémica con acusaciones de uso partidista en favor del partido en la alcaldía, se distribuye cada dos meses con 40.000 ejemplares de 24 páginas a todo color que son repartidos en los buzones de las viviendas de la anteiglesia. El contrato con 'El Correo' ha sido motivo de un recurso.

Extractos de la adjudicación

[…] Resultando, en consecuencia, que la Mesa de Contratación, en sesión de fecha 27.10.2022, acordó, por unanimidad de sus miembros, hacer suyo el informe de los servicios técnicos, de fecha 25.10.2022, y proponer al Órgano de Contratación la adjudicación del contrato a favor de la empresa SERVICIOS REDACCIONALES BILBAINOS, S.L.U. en los términos de su oferta técnica, en el precio de 85.200,00 €, más 3.408,00 € en concepto de impuesto sobre el Valor Añadido -al tipo impositivo del 4%-, lo que determina un importe total 88.608,00 €, con las mejoras ofertadas consistentes en incorporar 12 fotografías de interior/número, ampliación de 4 páginas en los números de julio y diciembre y la creación de un vínculo Web del periódico municipal, incluido en la página municipal, todo ello para el plazo de DOS (2) AÑOS; por cuanto ha resultado la que mayor puntuación ha obtenido y, por tanto, la mejor de entre las que han permanecido en el procedimiento de adjudicación del contrato de referencia, considerada viable.

Resultando que por Resolución de fecha 28 de octubre de 2022, no 2022/009446 del Libro de Decretos, la Alcaldía-Presidencia aprobó la propuesta de clasificación y adjudicación del contrato administrativo de referencia, requiriéndose a la empresa propuesta SERVICIOS REDACCIONALES BILBAINOS, S.L.U, a los efectos de presentación de la documentación correspondiente.

[…] RESUELVE

PRIMERO.- Declarar la validez del acto licitatorio celebrado, y adjudicar el contrato administrativo de servicios cuyo objeto es la EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PERIÓDICO MUNICIPAL DE BARAKALDO (NoReferencia: AL102212.003 / 202200841), a la empresa SERVICIOS REDACCIONALES BILBAINOS, S.L.U. (C.I.F. B-95/119.566) en los términos de su oferta técnica, en el precio de 85.200,00 €, más 3.408,00 € en concepto de impuesto sobre el Valor Añadido -al tipo impositivo del 4%-, lo que determina un importe total 88.608,00 €, con las mejoras ofertadas consistentes en incorporar 12 fotografías de interior/número, ampliación de 4 páginas en los números de julio y diciembre y la creación de un vínculo Web del periódico municipal, incluido en la página municipal, todo ello para el plazo de DOS (2) AÑOS.

SEGUNDO.- Señalar que, conforme a lo establecido en el punto 8 de la Carátula del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado, el plazo de duración del contrato será de DOS (2) AÑOS, con posibilidad de prórroga de UN (1) AÑO.

TERCERO.- El presupuesto de gasto del contrato es de 85.200,00 €, más 3.408,00 € en concepto de impuesto sobre el Valor Añadido -al tipo impositivo del 4%-, lo que determina un importe total de 88.608,00 €.

EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE ALCALDÍA, GOBIERNO ABIERTO, TURISMO E INNOVACIÓN
GORKA ZUBIAURRE SASIA

LA ALCALDESA
AMAIA DEL CAMPO BERASATEGUI


Extractos del contrato
[…] CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
A) Por parte de la Administración Municipal.

1. La administración municipal pondrá a disposiciones de la empresa adjudicataria los contenidos, textos, y fotografías que hayan de ser incluidos en cada número, con la antelación suficiente para la edición de éste. Asimismo pondrá a su disposición los diseños de la “imagen corporativa municipal” que fuesen necesarios para su incorporación tanto al contenido como a los anuncios que se inserten. 

2. La administración municipal podrá aceptar las propuestas de contenidos que presente la empresa adjudicataria, en su caso, y que considere oportuno introducir, señalando las modificaciones y correcciones que estime pertinentes. 

3. La administración municipal aprobará la maqueta-proyecto de cada número antes de su impresión, introduciendo aquellas correcciones que considere oportunas, debiéndose dejar constancia escrita de tal aprobación mediante la correspondiente acta. 

4. La administración municipal determinará con antelación suficiente a la empresa adjudicataria los lugares y fechas de distribución de los números editados. 

5. La administración municipal determinará las fechas en las que debe estar confeccionado cada número.  

6. La administración municipal procederá al abono de las facturas que presente la empresa adjudicataria de conformidad con lo establecido en este Pliego.   

7. Será propiedad del Ayuntamiento todos los derechos reconocidos al autor por la legislación de la propiedad intelectual, salvo aquellos derechos que esa misma legislación reconozca a favor del autor como irrenunciables.

En caso de que se estime oportuno por el órgano competente, el Ayuntamiento procederá a inscribir los derechos que sobre el mismo ostente en los registros oficiales que considere necesario, como por ejemplo el Registro de la Oficina Española de Patentes y Marcas o el Registro de Propiedad Intelectual.


B) Por parte de la empresa.

1. La empresa adjudicataria estará obligar a insertar los contenidos presentados por la administración municipal, adaptándolo a las especificaciones técnicas exigidas y al formato y diseño ofertado.

2. La empresa adjudicataria podrá proponer a Ia Administración Municipal la inclusión aquellos contenidos que estime de interés, aportando en su caso, textos y/o fotografías sin coste alguno para aquella.

3. Una vez confeccionada la maqueta de la publicación, de manera previa a su impresión, la empresa adjudicataria lo remitirá a la administración municipal para su examen y la obtención de la conformidad de ésta, introduciendo aquellas modificaciones que aquella imponga.

4. La empresa adjudicataria habrá de realizar la distribución de los ejemplares editados en los lugares señalados por la administración municipal, conforme a lo prevenido en este Pliego.

5. En todo caso, la empresa adjudicataria habrá de realizar todas las prestaciones incluidas en este Pliego y todas las ofertadas en su propuesta técnica y económica.

6. La empresa adjudicataria se obliga a ceder en exclusiva al Ayuntamiento, sin límite de tiempo y para todos los países del mundo, todos los derechos de explotación de los marcas, diseños, logotipos y cabeceras publicitarias utilizadas en esta servicio, incluyendo - a título de ejemplo y sin carácter exhaustivo - los derechos de modificación, impresión, publicación, difusión y comunicación, por cualquier procedimiento y modalidad, en cualquier soporte y cuantas veces se considere necesario, para los fines previstos en el presente Pliego.


[…] 6. OTRAS ESPECIFICACIONES: USO DEL LENGUAJE NO SEXISTA Y PROTECCIÓN DEL MENOR.

1. Se deberá hacer uso de lenguaje e imágenes no sexistas: se evitará el uso de lenguaje e imágenes sexistas, adecuándose el mismo a las pautas marcadas por la normativa que regula la igualdad de hombres y mujeres, la violencia de género y en particular las pautas, criterios e instrucciones dictadas por EMAKUNDE - Instituto Vasco de la Mujer – y el Área municipal competente en esta materia, y los organismos encargados de controlar la violencia de género.

2. Se tendrá en cuenta el tratamiento de las imágenes de menores, adecuándose este tratamiento a la normativa que le sea de aplicación.

[…] 10. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.

El adjudicatario del servicio, para la realización del mismo, pondrá a disposición del Ayuntamiento una persona, que ha de contar, obligatoriamente, con la titulación académica de Periodismo, Ciencias de la información o Comunicación Audiovisual y EGA o titulación equivalente.

El incumplimiento de la previa condición especial de ejecución implicará la inmediata resolución del contrato con pérdida de la garantía definitiva constituida por el adjudicatario/a sin perjuicio de las indemnizaciones a que de lugar.