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Mercadona realizó obras en el supermercado en Kareaga sin tener todos los permisos municipales

Barakaldo, 13 mar 2022. La multinacional valenciana Mercadona se ha visto obligada a realizar un proceso de "legalización" de obras porque el Ayuntamiento de Barakaldo, considera que la empresa realizó sin los permisos necesarios algunas obras en su nuevo supermercado del barrio de Kareaga, inaugurado el 8 de julio de 2021. No consta en el expediente que esta actuación de la compañía haya supuesto la imposición de sanciones.

En concreto, las autoridades municipales sostienen que "vulneró" la legalidad urbanística "con ocasión de la ejecución de obras no amparadas en la licencia, ya que si bien se promovió su aprobación mediante la correspondiente petición de modificación de la licencia, se procedió a su ejecución sin mediar resolución municipal alguna que la amparase, la cual quedaba subordinada a la previa modificación de la licencia de actividad".

En concreto, Mercadona, que ha realizado una inversión de 4,5 millones de euros, realizó trabajos que supusieron modificaciones de la licencia original "a nivel de distribución, así como para plantear la colocación de unas marquesinas exteriores en el aparcamiento para mayor comodidad de los clientes, y para la realización de un muelle de descarga para facilitar las labores a los trabajadores, evitando sobreesfuerzos".

La empresa ha recurrido la resolución del Ayuntamiento que considera que no ha cumplido las normas, pero los responsables municipales han desestimado las alegaciones. Sin embargo, finalmente el equipo de Gobierno ha aprobado la modificación de la licencia de actividad y, de este modo, considera que quedan "removidos los obstáculos para la regularización del resultado final de las obras procede su legalización".

Archivo



Acuerdo de la junta de Gobierno local de Barakaldo
71/4/2022-9.- Propuesta de aprobación, si procede, de la solicitud presentada por MERCADONA S.A., interesando la legalización de las obras de acondicionamiento de pabellón para supermercado en planta baja y aparcamiento en planta primera en Re- tuerto, 55. (20MA00079).-

Visto el expediente 20MA00079 en el que por Acuerdo no 428/39/2020-10 de 27 de noviembre, la Junta de Gobierno Local procedió a conceder a MERCADONA, S.A. Licencia Municipal para ejecutar las obras de acondicionamiento de pabellón para supermercado en planta baja y aparcamiento en planta primera en Retuerto, 55, de acuerdo con el Proyecto Básico presentado; posteriormente por Acuerdo no 59/5/2021-10 de 22 enero se aprueba el Proyecto de Ejecución.

Resultando que en virtud del Decreto no 2021/008335, de 17 de septiembre, del concejal delegado del Área de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística se incoa procedimiento (21IU0008) en orden a restablecer la legalidad urbanística vulnerada con ocasión de la ejecución de obras no amparadas en la licencia ya que si bien se promovió su aprobación mediante la correspondiente petición de modificación de la licencia se procedió a su ejecución sin mediar resolución municipal alguna que la amparase la cual quedaba subordinada a la previa modificación de la licencia de actividad, conforme a la Ley 3/1998, en los términos expresados en el Decreto no 2021/008147, de 10 de septiembre, del Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural evidenciando que las modificaciones introducidas en obra alteraban los condicionantes de la Licencia de Actividad Clasificada y, eventualmente, las medidas correctoras aprobadas.

Desestimado por Decreto no 2021/010408 de 16 de noviembre el recurso de reposición interpuesto por MERCADONA, contra el Decreto no 2021/008335, de 17 de septiembre la legalización de las obras quedaba condicionada a la adaptación de su Licencia de Actividad Clasificada ya que, urbanísticamente, el modificado al proyecto de ejecución elaborado para recoger los cambios propuestos a nivel de distribución, así como para plantear la colocación de unas marquesinas exteriores en el aparcamiento para mayor comodidad de los clientes, y para la realización de un muelle de descarga para facilitar las labores a los trabajadores, evitando sobreesfuerzos es conforme con el PGOU de Barakaldo y su ordenanza de aplicación OR8, así como con el art. 5.2 de la Modificación Puntual del Plan Especial de Ordenación y Usos "Retuerto tal y como expresa el informe de los Servicios Técnicos adscritos al Área de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística de 25 de octu- bre de 2021.

Considerando que con el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local no 55/3/2022-9 de 28 de enero, por el que se aprueba la solicitud presentada por la mercantil, interesando la modificación de la concesión de licencia de actividad otorgada para supermercado y aparcamiento, en la calle Retuerto, 55 (58/2020-AP) quedan removidos los obstáculos para la regularización del resultado final de las obras procede su legalización.

Consta en el procedimiento el informe emitido en cumplimiento del artículo 210,4 de la L.S.U., por el jefe de Servicio Jurídico Administrativo calendado el día 1 de febrero.

Considerando que el marco jurídico urbanístico de aplicación viene definido por las determinaciones contenidas en el Plan General de Ordenación Urbana aprobado por Acuerdo Foral de 16 de noviembre de 1999, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia número 155, de 14 de agosto de 2000 y la Modificación Puntual del Plan Especial de Ordenación y Usos "Retuerto", en lo que a la normativa de usos en la edificación y accesos de la parcela "B" se refiere, aprobado definitivamente el 28/05/2020 por el Pleno en sesión ordinaria 7/2020.

Considerando observadas las determinaciones contenidas en la Ley del Parlamento Vasco 2/2006 de Suelo y Urbanismo publicada en el B.O.P.V. el 20 de julio de 2006 particularmente en lo dispuesto en su Título VI Capítulo IV, Sección Primera, relativa al régimen de las construcciones y actuaciones clandestinas y su régimen de legalización.

Considerando, por último, que la competencia para resolver el presente expediente corresponde a la Alcaldía, tal como dispone el artículo 21 q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en relación con el artículo 10, 2 A) 6) b) del Reglamento Orgánico Municipal de 13 de junio de 2000 y que esta competencia fue delegada en la Junta de Gobierno Local por Decreto de Alcaldía no 08609/2019 de 5 de diciembre, apartado primero A 1.a), 

la Junta de Gobierno Local, previa deliberación, por UNANIMIDAD, 

ACUERDA:

PRIMERO.- Legalizar las obras de acondicionamiento de pabellón para supermercado en planta baja y aparcamiento en planta primera en Retuerto, 55, presentado por MERCADONA, S.A.

SEGUNDO.- Notificar la presente Resolución a MERCADONA, S.A., con domicilio en BARAKALDO 48903, Avda. La Ribera, 16 (C.C. Megapark).

TERCERO.- Dar traslado del presente acto administrativo al Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural por su relación con la actividad y al área de Hacienda a los efectos de liquidación del ICIO y la tasa por la legalización de la modificación del proyecto ejecutado.

CUARTO.- Devuélvase el expediente al Servicio de Disciplina Urbanística