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El Tribunal Supremo confirma la anulación de la oferta de empleo del Ayuntamiento por la que contrató a 8 policías

Barakaldo, 20 ene 2021. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia por la que queda anulada la oferta pública de empleo (OPE) del Ayuntamiento de Barakaldo correspondiente al año 2018, lo que afecta de manera efectiva a ocho policías municipales que fueron contratados mediante esa convocatoria. El Consistorio tendrá además que pagar hasta 2.000 euros en costas (gastos) procesales, por haber recurrido la resolución anterior del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

La alcaldesa, Amaia del Campo (PNV), habla con el jefe de la Policía Municipal de Barakaldo, José Félix Segurola
El equipo político de Alcaldía (PNV) arremetió en su momento contra el sindicato Comisiones Obreras por acudir a la justicia, pero finalmente los tribunales han dado totalmente la razón a los representantes de los trabajadores. Las resoluciones judiciales condenan así al Consistorio por no haber proporcionado información a los sindicatos y, en consecuencia, incumplió el requisito legal de la negociación colectiva.

La sentencia ahora ratificada por el Tribunal Supremo —ha rechazado tramitar el recurso del Ayuntamiento— implica la anulación y revocación de la oferta pública de empleo (OPE) correspondiente a 2018 y la suspensión de la convocatoria de los procesos selectivos derivados de la misma. 

Los puestos previstos en la OPE eran 8 de policía local, que son los únicos que se han llevado a cabo.  Además estaba previsto un puesto de técnico de administración general (TAG), 2 profesores de música, 9 administrativos, 2 bibliotecarios, 1 delineante y 1 técnico cultural.

La resolución ha sido emitida por la sala de lo contencioso-administrativo sección primera del Tribunal Supremo, en el recurso de casación número 5933/2019 interpuesto contra la sentencia de 2 de julio de 2019 dictada por la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el recurso de apelación 539/2019.

Extracto de la provicencia del Tribunal Supremo
La Sección de admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acuerda la inadmisión a trámite del recurso de casación preparado por la representación procesal del Ayuntamiento de Barakaldo, contra la sentencia desestimatoria de fecha 2 de julio de 2019 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el recurso de apelación 539/2019. [...] Con imposición de las costas procesales a la parte recurrente, si bien la Sección de admisión fija la cantidad de 2.000 euros, como cantidad máxima a reclamar, por todos los conceptos, a favor de la parte recurrida personada y opuesta al recurso, más IVA si procede».



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