El Ayuntamiento prorroga por cuarta vez e incumpliendo la ley el contrato de apertura de patios y salas de estudio

Barakaldo, 5 dic 2025. El área de Educación (PNV) del Ayuntamiento de Barakaldo ha decidido prorrogar por cuarta vez, reconociendo que otra vez incumple la ley, el contrato para la apertura de los patios de colegios fuera del horario escolar. El coste de esta decisión asciende a 88.450,32 euros, que se suman a los 566.000 euros de adjudicación y prórroga por 12 meses, y a 70.000 euros en ampliaciones del servicio. 

El Consistorio, que admite abiertamente en el decreto de la alcaldesa que "incumple la normativa vigente", sabía desde 2022 cuál era la fecha máxima del contrato —16 de diciembre de 2023, con posibilidad de prórroga de 12 meses—, pero aplazó la puesta en marcha del procedimiento para conseguir una nueva adjudicación hasta junio de 2024. 

Ahora, alega que "la relevancia del servicio resulta indiscutible y que la prorroga es necesaria por el retraso en la adjudicación del nuevo contrato derivada de la interposición de recurso especial en materia de contratación, que por el momento no ha sido resuelto, circunstancia ajena al órgano contratante y al área promotora del contrato".

La prestación consiste en concreto en "servicios de vigilancia en centros educativos, salas de estudio de la biblioteca central, salas de estudio de Minas y otros espacios socioculturales". En total son 15 los conserjes subcontratados, de los que sólo 7 están a tiempo completpo y los restantes a parcial, en un caso con sólo 12,5% de la jornada laboral.

Estos trabajadores vigilan de lunes a viernes el patio de los colegios Arteagabeitia, Bagatza, Gurutzeta, Larrea y Zuazo, así como el centro de orientación pedagógica —'berritzegune'— de Burtzeña, la biblioteca de Lutxana y las salas de estudio de Minas. Los sábados, domingos y festivos están en Bituritxa, y en las salas de estudio de Minas, de la biblioteca central y en la de Lutxana.


Fechas del contrato

  • 04/11/2022. Adjudicación del servicio a Servace Integra SL por 283.058,25 euros para un año, con posibilidad de prórroga por 12 meses
  • 16/12/2022. Comienza oficialmente la prestación del servicio
  • 06/11/2023. Por decreto de alcaldía, se modifica y amplían las prestaciones del contrato con un coste adicional de 46.997,79 euros
  • 19/12/2023. Se decreta una primera prórroga de seis meses, hasta el 16 de junio de 2024
  • 06/06/2024. Se aprueba la apertura del proceso para una nueva adjudicación
  • 07/06/2024. Se decreta una segunda prórroga de tres meses y medio, hasta el 30 de septiembre
  • 05/09/2024. Se adjudica a Aralia Servicios Sociosanitarios SL por 273.524,94 euros más IVA (330.965,177)
  • 25/09/2024. Servace Integra SL interpone un recurso en desacuerdo con la valoración de la comisión presidida por el concejal de Alcaldía, Gorka Zubiaurre (PNV)
  • 11/10/2024. Queda en suspenso la tramitación de la nueva adjudicación
  • 28/11/2024. Se decreta la tercera prórroga del contrato hasta el 15 de diciembre.
  • 28/11/2024. Se decreta la modificación y ampliación de los términos del contrato con un coste adicional de 22.849,03 euros
  • 27/12/2024. Se decreta la cuarta prórroga con un coste de 88.450,32 euros

Extracto del decreto de cuarta prórroga firmado por Amaia del Campo
[…] Resultando que en el informe emitido por el Área promotora del contrato, de fecha 12.12.2024, los servicios técnicos indican que con fecha 15.12.2024 finaliza el plazo de vigencia del presente contrato prorrogado y que el Ayuntamiento de Barakaldo tiene interés en prorrogar el citado contrato por un plazo máximo de 3 MESES; desde el día 16.12.2024 hasta el día 15.03.2025 o hasta la fecha de formalización del nuevo contrato, si ésta es anterior.

Teniendo en cuenta que, en relación con la prórroga propuesta por la Concejala Delegada del Área de Cultura, Educación, Euskera, Juventud y Prevención de Adicciones, cabe señalar que excede del plazo establecido en los Pliegos, incumpliendo, por tanto, la normativa vigente. No obstante, el informe de dicha área, motiva la necesidad de dar continuidad a las prestaciones objeto del contrato, poniendo de manifiesto que la necesidad de la prórroga propuesta deriva de la interposición del recurso especial en materia de contratación interpuesto por una de las empresas licitadoras, SERVACE INTEGRA, S.L., que presentó recurso contra la adjudicación del contrato de referencia (Nº Expte.: CE202412.001 / 202400429), el cual está pendiente de resolver por parte del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales (OARC).

Vista la extensión temporal propuesta se debe indicar que supone una prolongación en el tiempo no prevista en Pliegos, comportando, por tanto, la continuación de la prestación, pese a la extinción del plazo temporal pactado, contraviniendo así el contenido de este documento que constituye además una auténtica lex contractus entre partes con eficacia jurídica y fuerza vinculante para ambas y cuya ineludible inalterabilidad queda transgredida, a través de este acuerdo, al modificar un aspecto sustancial de los mismos como es la perspectiva temporal. En fin, la continuación de la prestación que se plantea, pese a la extinción del plazo temporal pactado, entraña una nueva adjudicación al margen de un procedimiento respetuoso con los principios de publicidad y concurrencia que han de presidir la selección del contratista. Proceder que lleva aparejada la sanción de nulidad de todo lo actuado, conforme lo dispuesto en el artículo 39 de la citada Ley contractual en conexión con el artículo 47.1 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante lo anterior, el artículo 29.4 de la LCSP establece para solventar supuestos como en los que, vencido el plazo de ejecución y sus eventuales prórrogas, sin embargo, es ineludible proseguir con la prestación en cuestión; la facultad de extender temporalmente el contrato cuando el retraso en la adjudicación no haya obedecido a la indolencia del poder adjudicador, concurran razones de interés público que fundamenten la continuación de la prestación, se haya publicitado la nueva licitación con determinada antelación mínima (3 meses) y la prórroga no rebase determinado umbral temporal (9 meses). En el presente supuesto con fecha 11.06.2024 se publicaron en el Perfil de Contratante los Pliegos rectores del nuevo contrato y la prorroga se propone por plazo máximo de 3 meses. […]