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> 2/4/2011. La torre de Zubileta entra en la 'lista roja del patrimonio' debido al "riesgo de desaparición"
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En la tal expedición y entre los supervivientes de la misma pocos municipios cuentan con el honor de contar con uno de sus vecinos. Barakaldo es uno de ellos, Juan de Zubileta a sus 13 años, sin duda, uno de los benjamines de la expedición, fue uno de los 18 héroes que culminaron el viaje y fueron por ello agasajados por el emperador y las demás autoridades de la época.
Barakaldo no estaría a la altura de lo que corresponde a municipio de nuestro nivel y categoría, sino honrase el acontecimiento como lo están haciendo otras instituciones. Juan de Zubileta merece mucho más que la simple recreación de su viaje y figura y no será éste ni el primero ni el último de los reconocimientos que el Ayuntamiento le va a dedicar, pero conmemorando la hazaña de hace ahora 5 siglos el Area de Cultura, Educación, Euskera y Juventud ha diseñado un programa que bajo la rúbrica: “REPRESENTACION POPULAR EL BARAKALDES JUAN DE ZUBILETA, 500 AÑOS DE LA PRIMERA VUELTA AL MUNDO” va a desarrollar el día 6 de septiembre, junto a la Torre de Zubileta, en la carretera de Burtzeña a Lutxana, una representación conmemorativa, acompañada de música y danza, a modo de modesto recordatorio y humilde homenaje.
Resultando que es de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y que, de conformidad con lo establecido en su Art. 118.1, son contratos menores de suministro ó de servicios, aquellos cuyo valor estimado sea inferior a QUINCE MIL EUROS (15.000,00 €), sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
Considerando que, en los contratos menores definidos en el artículo señalado en el apartado anterior, la tramitación del expediente exigirá el informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato, así como la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, y servirá a su vez para justificar la prestación realizada, tal y como regula la Normativa Municipal de Tramitación de los Contratos Administrativos, (acuerdo no 38/4-98-8) aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria no 4/98 celebrada el día 30 de Octubre de 1998.
Por todo ello, y en virtud de las competencias que me confiere la Disposición Adicional 2a de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a propuesta de la Concejala-Delegada del área de Cultura, Educación, Euskera y Juventud esta Alcaldía-Presidencia
DISPONE
Primero.- Aprobar y autorizar los gastos que se originen con motivo del programa “REPRESENTACION POPULAR EL BARAKALDES JUAN DE ZUBILETA, 500 AÑOS DE LA PRIMERA VUELTA AL MUNDO” se van a originar unos gastos por un importe total de SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS Y TREINTA Y SEIS CENTIMOS (6.264,36 €), según se relaciona a continuación:
Entidad | Actividad | BI | IVA | PTO |
---|---|---|---|---|
LAGUNTASUNA G48258149 | Asistencia Técnica del programa | 6.000,00 | Exento | 6.000,00 |
INDARLAN OBRAS Y SERVICIOS S.L.L. B95803292 | Alquiler de 2 aseos portátiles | 240,33 | 10% 24,03 | 264,36 |
total | . | . | . | 6.264,36 |
Segundo.- Dése traslado de este acuerdo a Intervención Municipal y devuélvase el expediente al Área de Cultura, Educación, Euskera y Juventud.