La fecha de firma es el 24 aunque se publicó en el boletín el 23 |
Extracto de la convocatoria de las subvenciones
La presente Resolución tiene por objeto efectuar !a convocatoria de las subvenciones de Barakaldo Kiro!ak parn clubes federados de Barakaldo durante el ejercicio 2020, en régimen de concurrencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto en !as Bases Reguiadoras aprobadas por el AyuntamientoPteno e! 27 de noviembre de 2008, en sesión ordinaria nº 21/2008 y publicada en su integridad en el 80B número 21 de 2 de febrero de 2009 y definitivamente, mediante Resolución de la Presidencia nº 9 de fecha 23 de maiz:o de 2009 y publicada ésta junto con el texto íntegro en el 808 nº 61 de fecha 31 de marzo de 2009.
Considerando que, en virtud a !o dispuesto en la Base Sexta de las antedichas Bases Reguladoras, el procedimiento de concesión de subvenciones se iniciará mediante convocatoria aprobada por la Presidencia del Organismo así como !o dispuesto en e! art. 23 de la Ley General de Subvenciones. Considerando que, se han seguido los trámites !ega!mente procedentes para la aprobación del expedlente, y entre ellos la fiscalización previa sin que se hayan emitido reparos.
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar la convocatoria, para la concesión, en régimen de concurrencía competitiva, de subvenciones de Barakaldo Kiro!ak para clubes federados durante et ejercido 2020 y autorizar el gasto subsiguiente por importe de TREINTA Y CINCO Mll EUROS (35.000,00 €) con cargo a fa partida prnsupuestaríz 481 .01 .00
SEGUNDO., De la cantidad citada se destinará un 27%, es decir, NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (9.450,00 €), para el deporte mrnoritario entendiéndose como tal las modalídades deportivas qt1e cuenten con federación deportiva en el territorio de Bizkaia, y con un número de licencias (escolares incluidos), que no supere en la correspondiente Federación Vizcaína ef 1% del total de las licencias del conjunto del deporte feáerado en Bizkaia.
Ei 73% restante, es decir, VÉ!NTICINCO M!L OUiNIENTOS CINClJENTA EUROS (25.550,00€), se destinar¿ también según !os criterios de otorgamiento a los clubes cuyo número de licencias supere el 1 % de! total del conjunto de! deporte federado de Bizkafa.
La cantidad destínada a la subvención, se dividirá entre !os so!ícitantes en función de los puntos que alcancen. La 9ercepclón económica de cada Entidad, será la resu!t,rnte de muftipHcar e! total de su puntuacióri por el valor económico asignado a cada punto.
TERCERO.- E! objeto de !a presente convocatoria es regular la concesión rfo subvenciones para el desarrollo de Actividad de tos C!ubes, Asociaciones y Entidades Deportivas sin ánimo de lucro para todos los deportes, incluyen.do 1a participación extraordinaria en campeonatos de órnbí!o s4praterrítoria!.
CUARTO.~ Podrán solicitar las subvenciones previstas en ta presente convocatoria, cua!quier persona flsica o juddica asl como agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunldades de bienes o cualquíer otro tipo de unidad económica o patfimonio separado que, aun careciendo de personalidad juridíca, hayan llevado a cabo los proyectos, actividades o comportamientos descritos en el punto antedor, siempre que tengan su residencia habttuaí o sede social en el municipio de Baraka Ido.
Los so!lcitantes habrán de reunir, sdemás, !a condición de carecer de ánimo de lucro y na percibir subvenciones por idéntica actividad de cua!qulerArea u Orgen¡smo, del Ayuntamiento de Ba,rakci!do.
Como requisitos adicionales se establecen los siguientes:
a) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Asociaciones y/o Clubes federados del Gobierno Vasco.
b) Estar inscritas en alguna competición federativa. y/o escolar, o desarrollar otras actividades equiparables reconocidas por BarakaIdo Kirolak..
No podrán ser beneficiarios de subvención los solicítantes en que concurran !as clrcunslancías establecidas en ese sentido en el articulo 13 ele la Ley General de Subvenciones.
QUiNTO,~ Las solici!udes, junto con la documentación requerida, se prasentarán en e! Registro Genera! de Baraka!do Kiro!ak, sin perjuicio de los medios de presentaciór1 previstos en el artículo i6.4 de la Ley 39/2015, de í de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administradones Públicas,
El plazo de presentación de solicitudes será del 16 al 18 de diciembre de 2020.