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El Ayuntamiento pierde otra vez contra Oxinorte en los tribunales y pagará costas en un caso de impuestos

Barakaldo, 26 jul 2023. La empresa química Oxinorte, en Lutxana, ha vuelto a derrotar al Ayuntamiento de Barakaldo en los tribunales a cuenta del pago de impuestos. La fábrica, cuya salida del municipio debe ser impulsada por el Consistorio, ha logrado que la justicia le dé la razón y condene a la Administración local porque aplicar incorrectamente el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). 

Los fallos, que implican además el pago de miles de euros de dinero público en gastos judiciales, proceden en esta ocasión del juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Bilbao y del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Este último ratifica una sentencia del primero que, además de condenar en costas al Ayuntamiento, anula las liquidaciones del IAE giradas a Oxinorte por el ejercicio 2020.

Barakaldo, que ya ha tenido incidentes judiciales previos con la química, pretendía en esta ocasión gravar a la factoría por una actividad que la empresa niega realizar. En concreto, el Ayuntamiento sostiene que a Oxinorte le corresponde la tarifa del impuesto del grupo 253.1, de "fabricación de gases comprimidos", pero la industria sostiene que es la 251.3 de "fabricación de productos químicos inorgánicos […] excepto gases comprimidos)".

La sentencia establece, en contra del criterio del Consistorio, que tiene razón Oxinorte al señalar que su actividad se encuadra en "fabricación de productos químicos inorgánicos" —epígrafe 251.3— y no es "fabricación de gases comprimidos" — 253.1—. "No hay ninguna duda de que son gases comprimidos aquellos envasados a una presión superior a 150 bares", señalan al respecto los magistrados.

Estas tarifas quedaron reguladas en los presupuestos generales del Estado para el año 2018 y Barakaldo, amparándose en el Concierto Económico, ha intentado interpretar que el cambio no afectaba a la liquidación del IAE a Bizkaia para 2020, pero los tribunales han rechazado esta posibilidad, que han recordado que la ley del Concierto garantiza la "unidad de mercado" en todo el territorio español.

Además, el Ayuntamiento ha argumentado que Oxinorte estaría utilizando el subterfugio de decir que una cosa en fabricar gases y otra su embotellado, labor esta última que realiza Nippon Gases España, del mismo grupo empresarial y localizada en el mismo recinto de Lutxana. "El hecho de que una envase gases fabricados por otra no permite llevar a cabo una suerte de 'levantamiento de velo' a fin de atribuir a una la actividad realizada por la otra, según los intereses tributarios de la administración apelante", dicen los jueces.

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