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Alcaldía se gasta 130.000 euros en una campaña de publicidad para "promover el civismo"

Imagen de la actual campaña por el civismo
El área de Alcaldía del Ayuntamiento, dirigida por el PSE, se ha gastado un total de 130.065,67 euros en el diseño de una campaña de publicidad "para promover el comportamiento cívico en Barakaldo". En concreto, este programa ha ido a parar, una vez más, a la empresa Impacto Estrategias y Comunicación SL (Impacto SL), también contratada para hacer la revista municipal y a la que el equipo de Gobierno ha adjudicado en la última década decenas de contratos sin concurso público.

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>> decreto de Alcaldía >>


ASUNTO
Aprobar, si procede, la liquidación del contrato administrativo de servicios cuyo objeto es el "DISEÑO Y DIRECCIÓN DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN PARA PROMOVER EL COMPORTAMIENTO CÍVICO EN BARAKALDO" a la empresa IMPACTO ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN SL, así como la devolución de la garantía definitiva prestada.

EXPEDIENTE. AL100812.001

RESULTANDO que por resolució de la alcaldía presidencia nº 176/2009, de fecha 14 de enero de 2009, se adjudicó provisionalmente a la empresa IMPACTO ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN SL (CIF B-95/192.415) el contrato denominado "DISEÑO Y DIRECCIÓN DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN PARA PROMOVER EL COMPORTAMIENTO CÍVICO EN BARAKALDO", en los términos de su proposición y en el precio de CIENTO DOCE MIL CIENTO VEINTICINCO EUROS CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (112.125,58 €), al que le corresponde en concepto de IVA la cuantía de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA EUROS CON NUEVE CÉNTIMOS (17.940,09 €), totalizándose la proposición económica en CIENTO TREINTA MIL SESENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (130.065,67 €).

RESULTANDO que, con fecha 27 de enero de 2009, la adjudicataria prestó garantía por importe de CINCO MIL SEISCIENTOS SEIS EUROS CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (5.606,28 €).

RESULTANDO que, por resolución de la alcaldía-presidencia nº 900/2009, de fecha 3 de febrero de 2009, se elevó a definitiva la adjudicación provisional del contrato de referencia.

RESULTANDO que, con fecha 26 de julio de 2010, por los servicios técnicos del área promotora del expediente, se procedió a la recepción de las prestaciones que el contrato comprende, formalizándose el correspondiente acta de recepción.

RESULTANDO, así mismo, que los servicios técnicos del área promotora del expediente, el mismo día 26 de julio de 2006, realizaron la liquidación del contrato de referencia en la cantidad de CIENTO TREINTA MIL SESENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (130.065,67 €) y que, según dicho informe, no existen cantidades pendientes de pago al contratista.

RESULTANDO que, dada a conocer al contratista la liquidación efectuada, éste ha prestado su conformidad mediante su firma en el citado documento de liquidación de fecha 26 de julio de 2010.

RESULTANDO que, transcurrido el plazo de garantía de TRES (3) MESES establecido en el contrato, y consta en el expediente informe de fecha 27 de octubre de 2010, firmado por la asesora ejecutiva del Área de Alcaldía, Relaciones Ciudadanas y Comunicación, según el cual no resultan responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma, pudiento por tanto procederse a la devolución de la garantía definitiva prestada por el contratista.

CONSIDERANDO que es de aplicación de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, publicada en el BOE nº 261, de fecha 31 de octubre de 2007, en adelante LCSP, así como el reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, publicado en el BOE nº257, de fecha 26 de octubre de 2001, en adelante RGLCAP.

CONSIDERANDO que son de especial aplicación a este contrato las disposiciones contenidas en el título I del libro IV de la LCSP, relativas a la extinción de los contratos, y en el título IV del libro I de la LCSP, relativas a las garantía exigibles en los contratos.

CONSIDERANDO, así mismo, que es de aplicación al contrato lo dispuesto por el artículo 90 y 205.2 de la citada LCSP.

CONSIDERANDO que es de aplicación las normas de control internas reservadas a la intervención general, aprobadas por acuerdo nº49, adoptado por el Ayuntamiento pleno, en sesión ordinaria nº6/92, de fecha 26 de marzo de 1992.

CONSIDERANDO que es de aplicación la norma municipal de tramitación de los contratos de carácter patrimonial, así como los de carácter administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo, aprobado por el Ayuntamiento pleno, en sesión extraordinaria nº19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante acuerdo nº211/19/98-5, así como las disposiciones complementarias (1) de dicha norma aprobadas por decreto de alcaldía nº4615/99, de 16 de agosto de 1999.

CONSIDERANDO que según lo dispuesto por la disposición adicional segunda en relación con la disposición derogatoria única de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) el órgano de contratación es el alcalde presidente.

CONSIDERANDO que se han seguido los trámites legalmente procedentes para la liquidación del contrato así como la devolución de la garantía definitiva a propuesta de la concejala delegada del subárea de Alcaldía, Relaciones Ciudadanas y Comunicación, esta alcaldía-presidencia

RESUELVE

Primero.- Aprobar la liquidación del contrato denominado  "DISEÑO Y DIRECCIÓN DE UNA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN PARA PROMOVER EL COMPORTAMIENTO CÍVICO EN BARAKALDO" (nº expediente AL100812.001) en la cantidad de CIENTO TREINTA MIL SESENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (130.065,67 €) a la empresa IMPACTO ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN SL (CIF B-95/192.415).

Segundo.- Ordenar la cancelación de la garantía definitiva depositada para responder de las obligaciones derivadas de este contrato y la posterior devolución del importe de CINCO MIL SEISCIENTOS SEIS EUROS CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (5.606,28 €) prestada para responder de las obligaciones derivadas de este contrato.

Tercero.- Ordenar la notificación de esta resolución a la entidad adjudicataria IMPACTO ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN SL (C/ Huertas de la Vila, 9-2ºA. 48007 Bilbao), en la persona de su representante legal, a los efectos oportunos, así como a la concejala delegada y a la asesora ejecutiva del subárea de Alcaldía, Relaciones Ciudadanas y Comunicación, al jefe de la sección de Alcaldía y a la Intervención Municipal de Fondos, con devolución al servicio de contratación una vez gestionado.

Lo manda y firma el señor alcalde en la casa consistorial del ilustre Ayuntamiento de Barakaldo en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, sendo suscrito por la jefa del servicio de contratación y la concejala del área correspondiente.

El alcalde-presidente
Antonio J. Rodríguez Esquerdo

La concejala delegada del subárea de Alcaldía, Relaciones Ciudadanas y Comunicación
Noelia Rodríguez Elorduy

Conforme
La jefa del servicio de contratación

Tomé razón
El secretario general