La alcaldesa deja 23 días a una trabajadora interina dirigiendo sin nombramiento el Teatro Barakaldo

La directora en excedencia del teatro, Ana López Asensio, y la alcaldesa, Amaia del Campo (PNV)
Barakaldo, 6 ene 2025. Una trabajadora interina ha tenido que realizar funciones de directora del Teatro Barakaldo durante 23 días sin tener nombramiento ni encargo oficial para hacerlo por parte de la presidenta de la sociedad, la alcaldesa, Amaia del Campo (PNV). En concreto, la empleada, con perfil de coordinadora de proyecto, ha asumido las labores desde el 5 de diciembre 2024 hasta el 27 del mismo mes, cuando se ha formalizado la asignación. 

La directora oficial del centro, Ana López Asensio, causó baja, por excedencia, el 5 de diciembre al ser nombrada cargo de confianza política en la consejería de Cultura (PNV) del Gobierno Vasco. Del Campo sostiene que esta alto cargo tiene derecho a volver al puesto en Barakaldo cuando termine su etapa política en el Ejecutivo autonómico. La interina ha estado tres semanas en funciones impropias pese a que la alcaldesa admite por escrito que la sustitución de López Asensio debía acordarse de manera "urgente de forma inmediata".

La mandataria barakaldesa ha establecido además, en la designación temporal de la trabajadora interina con las funciones directivas, que el teatro puede de hecho permanecer sin gerente durante un periodo de hasta medio año. La interina, pese a su propia situación laboral, ejerce de facto en jefa de personal y puede manejar las cuentas bancarias del teatro.

La resolución de la alcaldesa señala que la trabajadora del teatro, con perfil de coordinadora de proyecto, asume "funciones de superior categoría correspondientes al puesto de director ejecutivo por el tiempo imprescindible hasta que sea nombrada una persona para sustituir la excedencia forzosa de la titular del puesto". La designación "decaerá, en todo caso, transcurridos seis meses".

El encargo tiene efectos desde el 5 de diciembre 2024, "al haber llevado a cabo de facto funciones de superior categoría para el normal funcionamiento" del teatro por parte de la empleada interina, según reconoce la documentación en el consejo de administración, a la que ha tenido acceso 'Barakaldo Digital'.

La gerencia tiene como labores la "contratación de todo tipo de espectáculos y actuaciones de carácter cultural y artístico relacionadas con los fines de la sociedad, elaborar anualmente programas culturales y artísticos, globales o sectoriales, ejercer la jefatura superior y directa de todo el personal y servicios, la expedición de órdenes de pago, realizar cobros y aprobar contratos, representar a la sociedad en el otorgamiento de contratos y en el ejercicio de las acciones".

La decisión de encargar a una trabajadora interina la dirección del Teatro Barakaldo se adopta aunque el Estatuto de los Trabajadores exige que se expongan "razones técnicas u organizativas que la justifiquen" y que, en caso de hacerse, sea "por el tiempo imprescindible para su atención". 

Del Campo sólo prevé que la empleada realice estas funciones superiores por un máximo de seis meses. En caso contrario, tendría el derecho, de acuerdo a la ley, a reclamar el ascenso. En cualquier caso, le corresponde la "retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice".


Nombramiento de gerencia. Ana López Asensio fue nombrada por la alcaldesa directora gerente —"directora ejecutiva"— del teatro el 26 de junio de 2018. El cargo implica unos costes salariales de 105.496,97 euros anuales. La elección fue decidida por Amaia del Campo y el contrato se firmó con "duración indefinida". 

La primera edil ha defendido siempre que López Asensio fue seleccionada con "transparencia" y criterios profesionales y no políticos, aunque ahora sea cargo de confianza del PNV en el Gobierno Vasco. En 2018 el Partido Socialista, actualmente socio de Del Campo en el Gobierno municipal, habló de "oscuras maniobras" del PNV para contratar "a dedo" a la directora. 

Lo cierto es que se organizó un proceso y que hubo un tribunal con personas de los teatros municipales Arriaga, Social Antzokia de Basauri y Teatro Principal de Vitoria. Hubo cinco aspirantes, pero un de ellos quedó excluido, y Ana López Asensio resultó adjudicataria de la plaza tras la votación en el consejo de administración del teatro, "por mayoría, con el único voto en contra del Partido Socialista de Barakaldo", según aseguró el PNV.

Aunque hubo en 2018 una lista de cuatro personas, la alcaldesa ha comunicado que se realizará de nuevo un "oportuno proceso de selección de candidatos" para cubrir el puesto "por el tiempo que perdure su situación de excedencia forzosa con derecho a reserva de puesto".

Ana López Asensio llegó a la dirección del Teatro Barakaldo procedente del Ayuntamiento de Leioa (PNV), en donde era directora de Cultura en un puesto de confianza política —denominado formalmente "personal eventual"— del alcalde nacionalista. Allí su gestión fue polémica por el supuesto trato de favor al bar de la sede social del PNV en Leioa—'batzoki'— en el reparto de bonos para comer por parte de los participantes en el festival de teatro de humor 'Umore Azoka'. La Autoridad Vasca de la Competencia consideró la actuación del Consistorio como "contraria a la libre competencia".

López reemplazó a Txentxo Asensio, que se jubiló tras las tensiones con Amaia del Campo. En esta etapa de austeridad y recorte de funciones, en el Teatro Barakaldo, ya resentido por las reducciones durante la crisis económica, se ha registrado el hundimiento a niveles históricos de las ventas. La marcha de la directora se ha producido en pleno periodo de oposiciones para consolidar a su personal interino, con 13 plazas, entre ellas la de la persona que cubrirá temporalmente las responsabilidades de López Asensio.


Acuerdo del consejo de administración del teatro
VISTA la propuesta de la Presidencia de Barakaldo Antzokia S.A. para la asignación de funciones en la trabajadora de la citada mercantil Dª, G___ en tanto se provea de forma temporal la dirección ejecutiva de Barakaldo Antzokia S.A. con motivo del paso de su titular a la situación de excedencia forzosa con reserva de puesto de trabajo por designación de alto cargo del Gobierno Vasco. 

RESULTANDO que por Decreto 385/2024, de 19 de noviembre, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Consejera de Cultura y Política Lingüística, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 19 de noviembre de 2024 , se nombra Directora de Promoción de la Cultura a Dña. Ana María López Asensio. 

RESULTANDO que con ocasión del precitado nombramiento se hace necesaria su sustitución urgente de forma inmediata y con carácter provisional, hasta que se sustancie el oportuno proceso de selección de candidatos a sustituir a la Directora ejecutiva por el tiempo que perdure su situación de excedencia forzosa con derecho a reserva de puesto, toda vez que ha de seguirse con la contratación de todo tipo de espectáculos y actuaciones de carácter cultural y artístico relacionadas con los fines de la Sociedad, elaborar anualmente programas culturales y artísticos, globales o sectoriales, ejercer la jefatura superior y directa de todo el personal y servicios, la expedición de órdenes de pago, realizar cobros y aprobar contratos, representar a la Sociedad en el otorgamiento de contratos y en el ejercicio de las acciones. 

RESULTANDO que para el normal funcionamiento de Barakaldo Antzokia S.A. es necesaria por parte del Consejo de Administración la delegación y atribución de funciones a la persona que ejerza la dirección ejecutiva de la mercantil todo ello en consonancia con las delegaciones y atribuciones realizadas a directores y directoras con anterioridad A la vista de lo antedicho el Consejo de Administración de Barakaldo Antzokia S.A. 

ACUERDA 

PRIMERO.- DELEGAR en G___ y previa su aceptación que en este momento se concreta , las atribuciones contenidas en al artículo 27 de los Estatutos de Barakaldo que a continuación se indican: - Contratar todo tipo de espectáculos y actuaciones de carácter cultural y artístico relacionadas con los fines de la Sociedad Antzokia S.A.

  • Elaborar anualmente programas culturales y artísticos, globales o sectoriales, para su aprobación por el Consejo de Administración. 
  • La jefatura superior y directa de todo el personal y servicios. 
  • Preparar y proponer la materia de reglamentación de servicios generales y especiales, así como cumplir y hacer cumplir la aprobada y las disposiciones de carácter general y local vigente, respecto al objeto social. 
  • Estudiar y proponer las ampliaciones, reformas e innovaciones que considere convenientes y necesarias en los servicios e instalaciones, así como las obras de conservación, entretenimiento, reposición, etc. 
  • Expedir la documentación y cuidar de que se lleven los registros y estadísticas de operaciones y servicios realizados y certificar en todo lo relativo a los servicios encomendados a la Sociedad. 
  • Practicar aquellas actividades de gestión, estudio e iniciativa de propuestas encaminadas a conseguir una normal y buena explotación de la Sociedad en su aspecto económico. 
  • Preparar, recoger y ordenar todos los asuntos y documentos que hayan de ser sometidos a estudio, conocimiento, despacho y aprobación del Consejo y Presidente. 
  • Asistir con voz, pero sin voto, a las sesiones y reuniones del Consejo y Comisiones Asesoras, cuando para ello fuera convocado. 
  • Preparar, tramitar y cuidar de la ejecución de los acuerdos y resoluciones adoptados por el Consejo. 
  • Elevar al Consejo, al término de cada ejercicio, la Memoria comprensiva del desarrollo de su gestión y redactar la que el Consejo ha de elevar a Junta General. 

SEGUNDO.- .- DELEGAR en Dª. G___ y previa su aceptación que en este momento se concreta , las atribuciones contenidas en al artículo 19 de los Estatutos de Barakaldo Antzokia S.A. que a continuación se indican: 

  • Adquisiciones, inversiones y proyectos necesarios para la marcha de la Sociedad, actos de disposición y gravamen de bienes inmuebles. 
  • Abrir, seguir, disponer y cancelar cuentas corrientes, libretas de ahorro y librar y expedir cheques contra dichas cuentas, y realizar operaciones bancarias en general, siempre que no constituyan operaciones de crédito 
TERCERO.- FACULTAR a Dª. G___ para que en representación de la mercantil Barakaldo Antzokia S.A., con limitación temporal de 6 meses pueda comparecer ante cualquier organismo público, ya sea administración estatal, autonómica, local o institucional o ante cualesquiera oficinas privadas, a fin de solicitar y obtener el certificado electrónico para personas jurídicas, para el ámbito tributario de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT-RCM) o IZENPE; y con carácter especial para solicitar y obtener en nombre de Barakaldo Antzokia S.A. , el certificado de firma electrónica y utilizarlo en nombre y representación de la misma en todas las relaciones telemáticas y/o telefónicas que Barakaldo Antzokia S.A. mantenga con las administraciones públicas que admitan su uso en este tipo de relaciones, en el ámbito tributario y otros . 

Asimismo se FACULTA A Dª. G___ ara formalizar cuantos documentos sean necesarios para la obtención, renovación y revocación de certificados conforme a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, de servicios electrónicos de confianza. 

Barakaldon 2024ko abenduaren 27a./Barakaldo 27 de diciembre de 2024


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