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Alcaldía sube otro 20% el gasto para publicidad y el alza ya es del 213% desde que el PNV llegó al poder

El concejal de Alcaldía, Gorka Zubiaurre, felicita a Amaia del Campo en su reelección como alcaldesa
Barakaldo, 10 jul 2024. El área de Alcaldía del Ayuntamiento de Barakaldo ha decidido incrementar otro 20% el gasto en publicidad en medios de comunicación, con lo que el incremento en propaganda ya es del 213% desde que Amaia del Campo (PNV) llegó al poder en 2015. Los datos oficiales del nuevo contrato señalan un presupuesto de 360.000 euros anuales en contraste con los 114.950 de hace nueve años. 

Alcaldía, con el controvertido concejal Gorka Zubiaurre (PNV) al frente, justifica el gasto señalando que "la difusión de la actividades realizadas por la Administración municipal, informando a los vecino de las diversas actuaciones realizadas se considera en la actualidad imprescindible, no solo para dar a conocer el resultado de la gestión sino también para informar sobre todos los servicios ofertados y contribuye además a cumplir con la exigencia de transparencia establecida en la legislación administrativa".

Hasta este año, el contrato con la agencia que gestiona los anuncios en prensa, radio, televisión, internet y en carteleras y otros soportes exteriores alcanzaba la cifra de 300.000 euros anuales. Ahora el nuevo contrato salta a 360.000. La adjudicación será por un periodo de dos años, con la posibilidad de una prórroga por otros dos. Aparte de este contrato, el Ayuntamiento realiza otra publicidad y propaganda fuera de este presupuesto, además de la revista municipal.


Extractos del contrato

El objeto del presente contrato lo constituye la prestación del servicio de agencia e intermediación para la inserción de publicidad institucional del Ayuntamiento de Barakaldo en medios de difusión general (radio, prensa, televisión e Internet) y espacios exteriores.

El contrato comprende no sólo la inserción de anuncios en cualquier medio de difusión, sino también la creación, composición, preparación, programación y distribución de publicidad entre los distintos medios.

Los servicios solicitados incluyen la elaboración y diseño, composición de las imágenes, textos, locuciones y grabaciones de los anuncios y cartelería que precise difundir; planifique y compre los espacios publicitarios que el Ayuntamiento decida en función del objetivo a cumplir, y del público destinatario que fije en su momento.

1º. Prestaciones incluidas:

En particular se incluyen las siguientes:

A) Inserción en los siguientes medios de comunicación:

1º. Prensa escrita: periódicos, revistas, semanarios, etc.

  • Con carácter preferente los diarios y revistas de mayor difusión y de mayor tirada de ámbito local, provincial y autonómico, y en particular aquellas de mayor audiencia en el municipio de Barakaldo, tanto en euskera como en castellano.
  • Con carácter preferente los diarios y revistas gratuitos de mayor cobertura en el ámbito local, provincial y autonómico, y en particular aquellas de mayor audiencia en el municipio de Barakaldo, tanto en euskera como en castellano.

2º. Radio;

  • Con carácter preferente las emisoras de radio de ámbito local, provincial y autonómico, y en particular aquellas de mayor audiencia en el municipio de Barakaldo.

3º. Televisión;

  • Con carácter preferente las cadenas de televisión de ámbito local, provincial y autonómico, y en particular aquellas de mayor audiencia en el municipio de Barakaldo.

4º. Medios digitales (Internet).

5º. Publicidad exterior en lugares y elementos de titularidad no municipal:

  • Autobuses (vehículos);
  • Parkings; Centros comerciales; aeropuertos.
  • Estaciones de Metro y Tren;
  • Marquesinas;
  • Mobiliario urbano:
  • Monopostes; vallas.
  • Muppis
  • Pantallas digitales
  • Soportes en Centros comerciales y Oficinas comerciales públicos y privados
  • Marketing espectacular: Vinilos en suelos en accesos y soportes de gran formato.  
B) Tipos de anuncios:

1º. Oficiales:
  • Aquellos que han de ser insertados en diarios impresos de información general, conforme a lo que dispongan la normativa general y sectorial reguladora de la actividad administrativa.
  • No se incluye la inserción de anuncios en boletines oficiales. 
2º. No oficiales:
  • Se incluyen aquí la publicidad institucional, la publicidad de las actividades desarrolladas por la Administración Municipal y las informaciones de servicio publico.
C) Clases de publicidad:
1º. En prensa escrita: periódicos y revistas.
- Anuncios oficiales;
- Anuncios de información general y particular sobre la actividad municipal: - Comunicados;
- Spots;
- Microespacios publicitarios.

2º. En radio y televisión:
- Patrocinio de eventos que se desarrollen en el municipio o en los que participe el Ayuntamiento;
- Cuñas;
- Microespacios publicitarios; 

3º. En medios digitales (Internet):
- Brand content.
- Robapaginas.
- Banner .
- Megabanner.
- Boton.
- Cuña.
- Video.

4º. Publicidad exterior en lugares y elementos de titularidad no municipal: publicidad estática:
- Carteles;
- Vallas;
- Baderolas; 
- Rótulos luminosos;
- Vehículos;
- Pantallas digitales;
- Vinilos

2º. Prestaciones excluidas:
No se incluye en este contrato las siguientes prestaciones:
  • la publicidad en boletines oficiales.
  • la publicidad directa o correo directo: marketing directo, marketing promocional, presencia institucional, mailing (publicidad enviada por correo), buzoneo, marketing telefónico, presencia en puntos de venta (PLV), tarjetas de fidelización, ferias, eventos, regalos publicitarios, etc.
  • edición y/o diseño de folletos, catálogos, prospectos, programas, flyers y similares.

2. JUSTIFICACION DEL CONTRATO. IMPOSIBILIDAD DE ACUDIR A MEDIOS PROPIOS.
La difusión de la actividades realizadas por la administración municipal, informando a los vecinos/as - y a la ciudadanía en general-, de las diversas actuaciones realizadas por aquella en los ámbitos de competencia propios, se considera en la actualidad imprescindible, no solo para dar a conocer el resultado de la gestión administrativa, sino también para informar sobre todos los servicios ofertados por aquella, y contribuye además a cumplir con la exigencia de transparencia establecida en la legislación administrativa, como es la propia Ley de Bases de Régimen Local – de manera general, previsto en su artículo 69.1, que establece que “las Corporaciones locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local”, y en particular en la reciente Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Esta actividad se realiza fundamentalmente -aunque no de manera exclusiva-, mediante la inserción de anuncios en los diferentes medios de comunicación privados, estando sometido a un coste que se manifiestan en forma de tarifas.


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