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El Ayuntamiento contrata un servicio de publicidad de 83.500 euros por cinco meses

Propaganda del Ayuntamiento
Barakaldo, 19 abr 2020. La alcaldesa, Amaia del Campo (PNV), ha decidido mediante decreto la contratación por 83.500 euros de un servicio de publicidad del Ayuntamiento para un periodo de cinco meses. La medida supone prorrogar la prestación que ha funcionado durante dos años y ha absorbido 400.800 euros. En concreto, la empresa adjudicataria gestionará hasta octubre la colocación de publicidad del Ayuntamiento en prensa, radio, televisión, internet y en espacios en la vía pública.





Decreto de alcaldía
Asunto. Aprobar, si procede, la Prórroga del Contrato Administrativo cuyo objeto es el SERVICIO DE AGENCIA E INTERMEDIACIÓN PARA LA INSERCIÓN DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO EN MEDIOS DE DIFUSIÓN GENERAL (RADIO, PRENSA, TELEVISIÓN E INTERNET) Y ESPACIOS EXTERIORES, adjudicado a la empresa MEDIASAL 2000, S.A.

REF. EXPTE. AL101812.001 / 201800212

Resultando que por Resolución de fecha 9 de febrero de 2018, no 01103 del Libro de Decretos, la Alcaldía-Presidencia aprobó el expediente de contratación del contrato administrativo cuyo objeto es el SERVICIO DE AGENCIA E INTERMEDIACIÓN PARA LA INSERCIÓN DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO EN MEDIOS DE DIFUSIÓN GENERAL (RADIO, PRESA, TELEVISIÓN E INTERNET) Y ESPACIOS EXTERIORES, (No Expte.: AL101812.001/ 201800212), aprobándose asimismo el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el de Prescripciones Técnicas, y el presupuesto de gasto correspondiente, establecido para este Contrato en 331.239,66 Euros, más 69.560,34 Euros, en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido –al tipo impositivo del 21%- lo que determina un importe total de 400.800,00 Euros.

Resultando que por Resolución, de fecha 24.04.2018, no 03046 del Libro de Decretos, se adjudicó el Contrato Administrativo de referencia, a la Empresa MEDIASAL 2000, S.A., en los términos de su oferta, y con un porcentaje de descuento único de 21% sobre las tarifas vigentes por inserción de anuncios en los medios de comunicación y una comisión de agencia del 0%.

Resultando que según se indica en el punto tercero de la parte dispositiva de tal Resolución de Adjudicación, el plazo de duración del contrato es de DOS (2) AÑOS, con posibilidad de prórroga por un plazo de DOS (2) AÑOS.

Resultando que el Contrato Administrativo fue formalizado con fecha 17.05.2018, indicándose en la cláusula Cuarta del mismo que la prestación del servicio se iniciará al día siguiente a la firma del contrato.

Resultando que por Resolución de fecha 06.09.2019 no 06370 del Libro de Decretos, el Ayuntamiento de Baracaldo se dio por enterado de la transformación de la empresa MEDIASAL 2000, de Sociedad Anónima, con C.I.F. A-48/944.268 a, Sociedad Limitada con C.I.F. B-48/944.268, pasando a denominarse MEDIASAL 2000, S.L..

Resultando que mediante escrito de fecha 25.03.2020, recepcionado por este Servicio de Contratación el día 26.03.2020, con no 2020001118 de Registro interno de documentos, el Concejal Delegado del Área de Alcaldía, Gobierno Abierto, Turismo e Innovación, ha interesado de este Servicio de Contratación la tramitación de expediente de prórroga del Contrato, adjuntado a tal efecto la documentación correspondiente.

Resultando que, mediante escrito de fecha 10.03.2020, desde el Área citada, el Responsable del contrato comunicó a la empresa adjudicataria MEDIASAL 2000 S.L., que ante la próxima finalización del contrato, se propone la prórroga del mismo por un periodo de cinco (5) meses, solicitándoles expresamente su conformidad, en las mismas condiciones contempladas en el contrato inicial.

Resultando que la Empresa MEDIASAL 2000 S.L., mediante escrito de fecha 17.03.2020, presta su conformidad a la prorroga propuesta, con arreglo a las condiciones establecidas en los Pliegos que regulan el mismo y se establecen en el contrato, adjuntando asimismo los justificantes de hallarse al corriente de cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Resultando que en el informe de fecha 25.03.2020, emitido por los Servicios Técnicos de dicha Área de Alcaldía, Gobierno Abierto, Turismo e Innovación, se indica que, con fecha de 17.05.2018 se formalizó el contrato administrativo y que tanto en la resolución de adjudicación como en el contrato suscrito se prevé que el plazo de vigencia de éste sea de dos (2) años, contemplándose la posibilidad de una prórroga de otros dos (2).

Resultando que en el informe citado en el párrafo anterior, se ha puesto de manifiesto que ante la próxima finalización del contrato, teniendo en cuenta la normativa de aplicación y los Pliegos reguladores del mismo, propone la prórroga del contrato por un plazo de cinco (5) meses, manifestando asimismo el correcto cumplimiento del contrato por parte de la empresa adjudicataria.

Resultando que de conformidad con en el informe técnico citado, se propone la prórroga del presente contrato por CINCO (5) MESES siendo el importe previsto para la misma de 83.500,00 Euros.

Resultando que se ha incorporado al expediente solicitud de Reserva de Crédito, de fecha 20.03.2020, que afecta al ejercicio 2020, tanto la anualidad, como el importe del saldo de crédito retenido para dicha anualidad, consta en la parte dispositiva de la presente Resolución.

Considerando, que el Punto 11 de la Carátula del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado, prevé la prórroga del contrato por un plazo de DOS (2) AÑOS, en los términos establecidos por la cláusula 26 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Considerando que el contrato comenzó el día 18.05.2018, procede la aprobación de la prórroga del mismo, en los términos que se expresan en la parte dispositiva de la presente Resolución, en la que se establece el precio y el plazo de duración del contrato prorrogado, ya que no excede del plazo previsto en por el citado Punto 11 de la Carátula.

Considerando que, según lo establecido en el Punto 28 de la Carátula del citado Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado, no procede la revisión de precios.

Considerando que es de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

Considerando que resulta de aplicación lo establecido por la Ley 25/2013, de 27 de diciembre de 2013, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del Sector Publico, el contratista emitirá sus facturas en el formato electrónico que, así mismo, se señala en la parte dispositiva de esta Resolución, que incluye también indicaciones para su correcta cumplimentación.

Considerando que así mismo, son de aplicación las Normas de Control Interno reservadas a la Intervención General, aprobadas por Acuerdo no 49, adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria no 6/92, de 26 de marzo de 1992.

Considerando que es de aplicación la Norma Municipal de tramitación de los contratos de carácter patrimonial, así como los de carácter administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria no 19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante Acuerdo no 211/19/98-5, así como las Disposiciones Complementarias (1) de dicha Norma aprobadas por Decreto de Alcaldía no 4615/99, de 16 de agosto de 1999.

Considerando que según lo dispuesto por la Disposición Adicional Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) el órgano de contratación es el Alcalde-Presidente.

Por todo lo anterior, a la vista del expediente tramitado y a propuesta del Concejal Delegado del Área de Alcaldía, Gobierno Abierto, Turismo e Innovación, esta Alcaldía-Presidencia,

RESUELVE

Primero.- Aprobar la prórroga del Contrato cuyo objeto es el SERVICIO DE AGENCIA E INTERMEDIACIÓN PARA LA INSERCIÓN DE PUBLICIDAD INSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO EN MEDIOS DE DIFUSIÓN GENERAL (RADIO, PRESA, TELEVISIÓN E INTERNET) Y ESPACIOS EXTERIORES, por mutuo acuerdo entre el Ayuntamiento de Barakaldo y la Empresa MEDIASAL 2000, S.L. (CIF: B- 48/944.268), adjudicataria del contrato, en virtud de la Resolución 03046, de fecha 24.04.2018.

Segundo.- El período al que se extiende la prórroga es de CINCO (5) MESES, cuya fecha de inicio se fija en el día 18.05.2020, y la de finalización el día 17.10.2020.

Tercero.- El precio del contrato prorrogado es de 69.008,26 Euros, más 14.491,74 Euros –en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido -tipo impositivo 21 %-, lo que determina un importe total de 83.500,00 Euros

Cuarto.- Establecer como anualidad prevista, según lo indicado en la Solicitud de Crédito aportada, para la prórroga del contrato la que a continuación se señala:

ejercicioorgánicoprogramaeconómicoimporte (€)
202010092050226030083.500,00

Quinto.- De conformidad con lo dispuesto por la Disposición Adicional Trigésima Tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con la Ley 25/2013, 27 diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, el contratista deberá presentar las facturas correspondientes a las prestaciones realizadas en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado- www.barakaldo.face.gob.es.-, en formato electrónico, firmada mediante certificado electrónico reconocido; y con el contenido que consta en el punto 27 de la Carátula del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que incluye información relativa a los códigos y denominaciones a incluir en la factura, los programas y/o enlaces para la correcta confección de las facturas que, en todo caso, deberán completarse con la información publicada en la página web del Ayuntamiento de Barakaldo, en la url que se indica a continuación:
- http://www.barakaldo.org/portal/c/document_library/get_file?uuid=5e 27e2d2-a544-4d51-81a2-d7193970cd04&groupId=20887.

Sexto.- Ordenar la notificación de esta Resolución a la Empresa adjudicataria MEDIASAL 2000, S.L., en la persona de su representante legal, así como al Concejal Delegado del Área de Alcaldía, Gobierno Abierto, Turismo e Innovación, al Jefe de Sección Jurídico-Administrativa de Servicios Generales y a la Intervención Municipal de Fondos, con devolución del expediente al Servicio de Contratación una vez gestionado.

Lo manda y firma el Sra. Alcaldesa en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por la Jefa de Sección Jurídico Administrativa del del Servicio de Contratación y Suministros y el Concejal Delegado responsable del Área de correspondiente.

EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE ALCALDÍA, GOBIERNO ABIERTO, TURISMO E INNOVACIÓN
Gorka Zubiaurre Sasia

LA ALCALDESA
Amaia del Campo Berasategui