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El instituto de deportes sigue con mejoras en la bolera de El Regato ahora por una 'plaga de topos'

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Barakaldo, 14 may 2022. La bolera de El Regato es la única que, de momento, este año está siendo motivo de obras por parte del Ayuntamiento de Barakaldo. En total son 10.632 euros los invertidos en esta instalación por parte del instituto municipal de deportes Barakaldo Kirolak en dos meses, con tres actuaciones diferentes, la última de ellas consistente en una intervención de "control de plaga de topos".

Como es habitual en los últimos tres años en Barakaldo Kirolak, el nuevo contrato, de 465,85 euros, también es directo o menor, lo que se conoce popularmente como adjudicación "a dedo", que es legal si se cumplen determinadas condiciones. Por este procedimiento también se han encargado la regeneración del césped, por 1.932,37; y la "remodelación y adecuación de una zona de la bolera", por 8.234,04. La última adjudicación está en cuestión porque dos de las tres ofertas tienen un mismo accionista.

De las boleras existentes, en 2022, el instituto municipal de deportes sólo está actuando, por ahora, en la de El Regato. En 2021 sólo hubo una obra en este tipo de instalaciones y fue en San Vicente, con un desembolso de 3.701,39 euros para el "suministro e instalación de vallas de protección". En 2020 los trabajos fueron en Gorostiza, con 37.043 euros para la instalación de una marquesina. 

Obras en la bolera de El Regato en 2022
  • 465,85 euros / Ambilur Servicios Ambientales SL / Control de plaga de topos en la Bolera del Regato / Fecha adjudicación: 26/04/2022
  • 1.932,37 euros / C. Flores y Plantas SL / Regeneración del césped de la bolera El Regato / Fecha adjudicación: 08/03/2022
  • 8.234,04 euros / Tekner Bilbao System SL / Remodelación y adecuación de una zona de la bolera el Regato /  Fecha adjudicación: 23/02/2022
Archivo

Resolución de presidencia de Barakaldo Kirolak
ASUNTO: Aprobar el expediente de contratación de control de plaga de topos en la Bolera del Regato
(Nº Expediente: 202200538)
(CPV: 90922000-6 Servicios de control de plagas)

Resultando que, con fecha 21 de abril de 2022 se emite informe del Adjunto Técnico a Dirección, en el que argumenta la necesidad de contratar el control de plaga de topos en la Bolera del Regato , propone la adjudicación del mismo a la empresa AMBILUR SERVICIOS AMBIENTALES S.L. con CIF 895677613, y por importe de TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS (385,00 €), suma a la que ha de añadirse OCHENTA EUROS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (80,85 €) en concepto de IVA (Tipo 21%), arrojando, por tanto, un total CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS ( 465,85 €).

Resultando que, con fecha 21 de Abril de 2022 por el órgano de contratación se emite informe a los efectos de dar debido cumplimiento a las exigencias del apartado segundo del artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP).

Considerando que, según el artículo 118.1 de la LCSP, se consideran contratos menores de servicios aquéllos cuyo valor estimado sea inferior a QUINCE MIL EUROS (15 .000,00 €).

Considerando que, de conformidad con el párrafo segundo de dicho precepto, la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior.

Considerando que, asimismo el artículo 118.3 establece que se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo establezcan.

Considerando que, de conformidad con el artículo 131.3 de la LCSP, los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo las normas del artículo 118 de la reiterada Ley.

Considerando que, además de la normativa citada, es de aplicación la Norma Municipal de tramitación de los contratos de carácter patrimonial, así como los de carácter administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria nº 19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante Acuerdo nº 211/19/98-5, así como las Disposiciones Complementarias (1) de dicha Norma aprobadas por Decreto de Alcaldía nº 4615/99, de 16 de agosto de 1999.

Considerando que, según la antedicha normativa municipal, el contrato menor de servicios, cuyo importe no supere los SEIS MIL DIEZ EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (6.010,12 €) se reduce a la aprobación del gasto, sin que sean necesarios más requisitos que la propuesta de gasto, acompañada del presupuesto y el proyecto, cuando así se requiera por la normativa específica, y el documento contable de retención de crédito; el documento contractual se sustituye por la factura que, a su vez, sirve para justificar la prestación realizada por el contratista. Cuando supere dicho umbral, deberá justificarse además, que se han solicitado, al menos, de resultar ello posible, tres ofertas de empresas capacitadas para ello .

Considerando que, los contratos menores, según prescribe el artículo 118.6, han de publicarse en la forma prevista en el artículo 63.4 de la precitada Ley . 

Considerando que, ha de remitirse al Tribunal Vasco de Cuentas una relación de los contratos menores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 335.1 párrafo tercero de la LCSP y asimismo, procede su comunicación al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con el tenor del artículo 346 de la citada LCSP. 

Considerando que, se han seguido los trámites legalmente procedentes para la aprobación del expediente, sin que sea necesaria la fiscalización previa. 

Considerando que, según lo dispuesto por la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, el órgano de contratación es el Presidente del Consejo de Dirección. Por todo lo anterior, esta Presidencia

RESUELVE

PRIMERO.- Aprobar el expediente de contratación del servicio de control de plaga de topos en la Bolera del Regato y la aprobación del gasto por importe de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (465,85 €), IVA incluido. 

SEGUNDO.- Adjudicar dicho contrato a la empresa AMBILUR SERVICIOS AMBIENTALES S.L. con CIF 895677613, quien lo realizará de conformidad con su oferta y por el precio de TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS (385,00 €), suma a la que ha de añadirse OCHENTA EUROS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (80,85 €) en concepto de IVA (Tipo 21%), arrojando, por tanto, un total CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (465,85 €).

[…]

Lo manda y firma el Presidente de Barakaldo Kirolak en la fecha señalada en el cajetín de inscripción,

Fdo.: Jose Ignacio Asensio Novo
Presidente