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El Ayuntamiento da vía libre al supermercado Aldi tras más casi dos años de bloqueo de licencias

Solar donde se construye el supermercado. Foto: Bing maps
Tras 22 meses de bloqueo por incumplimientos técnicos, la junta de Gobierno del Ayuntamiento ha concedido licencia de obras para el acondicionamiento de un local que acogerá, en Retuerto, un supermercado de 'gran descuento' de la multinacional alemana Aldi, que ocupa unos 900 metros cuadrados entre Novotel y Eroski. El permiso fue solicitado el 30 de diciembre de 2008 pero el Consistorio lo denegó un mes después porque "no se había acreditado fehacientemente su finalización, así como la correcta urbanización de su entorno". El 30 de julio pasado, Aldi pidió reactivar el expediente y, tras girar inspección, el Consistorio ha dado el permiso, que establece un plazo de obras de cuatro meses.

Archivo | > 30/1/2010.  La multinacional alemana de supermercados Aldi abrirá su tienda de Ansio después del verano



Resolución del equipo de Gobierno
Propuesta de aprobación, si procede, de la solicitud presentada por ALDI PINTO SUPERMERCADOS S.L., representada por D. MIGUEL DEL CASTILLO ARROJO, interesando la concesión de licencia municipal de obras para ejecutar las de acondicionamiento de local comercial para supermercado en La Ribera, 1.- Visto el expediente, signatura 08MA00265, tramitado con motivo de la solicitud de licencia municipal presentada en el Registro de este Ayuntamiento el 30/12/2008, número de documento 40138, por ALDI PINTO SUPERMERCADOS, S.L., representada por D. Miguel Del Castillo Arrojo, para ejecutar obras de acondicionamiento de local comercial para supermercado en La Ribera, 1.

Acompañaba a dicho escrito un Proyecto Técnico que, redactado por D. Enrique Domínguez Fernández-Viña y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Cantabria el 4 de diciembre de 2008 amparaba la solicitud de licencia.

Resultando que dicha Licencia fue denegada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 23 de enero de 2009 ya que el edificio donde se pretendía ubicar dicho local no disponía de Licencia de Primera Ocupación ni se había acreditado fehacientemente su finalización, así como la correcta urbanización de su entorno.

Resultando que con fecha 30 de julio de 2010 la interesada presenta un escrito en el Registro General nº de documento 28748, solicitando la reapertura del expediente y adjuntando Anexo Modificado II del Proyecto presentado redactado por el técnico citado y visado con fecha 20 de abril de 2010.

Resultando que los Servicios Técnicos Municipales han emitido informe con fecha de 16 de agosto de 2010, del que se desprende que el Proyecto Técnico y Anexo presentados y que amparan dicha solicitud son conformes con la normativa urbanística vigente, si bien es necesario incorporar al expediente el Plan de Control de Calidad, documento que ha sido aportado por la interesada con fecha 30 de septiembre de 2010.

Resultando que los Servicios Técnicos Municipales manifiestan en informe emitido el 1 de octubre de 2010, la correcta finalización del edificio donde se ubica el local objeto de la presente licencia.

Resultando que consta en el expediente la Licencia Municipal de Actividad Ref.: AR274/08, concedida por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de septiembre de 2010, así como el informe favorable del Jefe del Servicio de Disciplina Urbanística de 5 de octubre de 2010.

Considerando que es de aplicación la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, publicada en el B.O.P.V. el 20 de julio de 2006, y el Decreto de 17 de junio de 1955, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 196 de 15 de julio de 1955, por el que se aprobó el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y demás normativa concordante.

Considerando que la licencia solicitada cumple las determinaciones contenidas en el Plan General de Ordenación Urbana aprobado por Acuerdo Foral de 16 de noviembre de 1999, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia número 155, de 14 de agosto de 2000.

Considerando que asimismo es de aplicación el Texto Refundido de las Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento de Barakaldo, publicado en los Boletines Oficiales de Bizkaia números 207 y 208, correspondientes a los días 9 y 10 de septiembre de 1992, respectivamente, vigente en la regulación contenida en su Título I, relativo a lo dispuesto sobre normas, procedimiento y régimen de las licencias con especial referencia a lo establecido en el artículo 46 y siguientes en relación a las de obras.

Considerando, sin perjuicio del Recurso de Reposición que con carácter potestativo pudiera interponerse, y vista la materia sobre la que versa el presente procedimiento y de conformidad con el art. 8,1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa modificada por la disposición adicional decimocuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre (B.O.E. nº 309, de 26 de diciembre de 2003), corresponderá al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao que por turno corresponda la competencia, para conocer los recursos que, en su caso, pudieran interponerse contra el presente acto administrativo.

Considerando, por último, que la competencia para resolver el presente expediente corresponde al Alcalde-Presidente, tal como dispone el art. 41,9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, publicado en los Boletines Oficiales del Estado número 305, de 22 de diciembre de 1986, y número 12, de 14 de enero de 1987, y que esta competencia fue delegada en la Junta de Gobierno Local por Decreto de Alcaldía nº 4594/2007 de 16 de junio, apartado primero 1.-a), la Junta de Gobierno Local, previa deliberación, por UNANIMIDAD, ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder a ALDI PINTO SUPERMERCADOS, S.L., representada por D. MIGUEL DEL CASTILLO ARROJO, Licencia Municipal para ejecutar las obras de acondicionamiento de local comercial para supermercado en La Ribera, 1, de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado, debiendo incorporar al expediente al finalizar las obras Certificación y Liquidación Finales (por partidas) de las mismas, así como fotografía del interior y exterior del local.

SEGUNDO.- Establecer, bajo sanción de caducidad, un plazo de dos (2) meses para el inicio de las obras y cuatro (4) meses para su ejecución a computar desde el día siguiente a la notificación del presente Acuerdo. El período máximo de interrupción de las obras será de treinta (30) días.

TERCERO.- Notifíquese el presente Acuerdo a ALDI PINTO SUPERMERCADOS, S.L., representada por D. Miguel Del Castillo Arrojo, con domicilio en MADRID 28.020, Orense, 85 (Edificio Lekington).

CUARTO.- Dése traslado del presente Acuerdo al Departamento de Medio Ambiente, Sanidad y Consumo y devuélvase el expediente al Servicio de Disciplina Urbanística.

La presente Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, no pudiendo invocarse para excluir o disminuir responsabilidades civiles o penales en que pudiera incurrirse en el ejercicio de actividades.

Abonará los tributos correspondientes de conformidad con las Ordenanzas Fiscales vigentes.