publicidad

Berri-Otxoak rechaza la huella digital de Lanbide en Cruces por "criminalizar" la pobreza

protesta de Berri-Otxoak contra la huella digital de Lanbide

La plataforma contra la exclusión social y por los derechos sociales Berri-Otxoak ha anunciado la puesta en marcha de una campaña de "desobediencia activa" contra la intención de Lanbide de implantar la huella digital en la oficina de Cruces. Para Berri-Otxoak esta medida, con la que se recogerán las huellas dactilares de los usuarios de la oficina, unas 3.000 personas, supone un intento de "criminalizar" la pobreza. Ha destacado que esta oficina atiende a los barrios con más paro de Barakaldo —Burtzeña (24,84%), Lutxana (21,97%), Llano (21,65%) y Cruces (20,66%)— y ha asegurado que no hay un “marco legal” que ampare la recogida de datos



Nota de prensa de Berri-Otxoak

COMUNICADO DE PRENSA

Concentración ante las oficinas de Lanbide en el barrio barakaldés de Cruces para denunciar la puesta en marcha a lo largo de este mes de abril de la recogida de la huella digital en estas oficinas.

A lo largo de estas semanas se ha va a habilitar una sala donde se recogerán los datos biométricos de cada una de las personas usuarias de estas oficinas, cerca de 3.000 personas. Para lo cual se ha contrato a una persona, que será la encargada de esta gestión.

También se instalarán los equipos necesarios para la recogida masiva de estos datos personales: lector dactilar, cámara de fotos, validador de documentos, lector de código de barras y lector dactilar.

Los datos biométricos que se recogerán son las huellas de las dos manos, cada uno de los 10 dedos; más una foto. Además, a todas las personas usuarias se las exigirá que dispongan de forma obligatoria de un teléfono móvil o una cuenta de correo electrónico. Cuando muchas de las personas usuarias tienen dificultades de acceso a las nuevas tecnologías.

La intención que tiene Lanbide es que a partir de estos días cualquier persona que se acerque a esta oficina a realizar algún tipo de gestión: sellar el paro, informarse sobre cursillos de formación o gestiones relacionadas con la RGI. Se las derivará al cuarto habilitado para la recogida invasiva de los datos biométricos de las personas desempleadas, pensionistas o con empleos precarios que utilicen estas oficinas de Lanbide en Cruces.

Ante la intención de criminalizar a los barrios con mayor desempleo de Barakaldo, y que son los de atención de esta oficina: Burtzeña (24,84%), Lutxana (21,97%), Llano (21,65%), Cruces (20,66%) -según el Instituto Vasco de Estadística (Eustat) en un estudio a nivel de la CAPV sobre población activa-. Hemos decidido desarrollar una campaña desobediencia activa contra las intenciones de implantar de forma ilegal la puesta en marcha de la Huella Digital en esta oficina.

Lo cual ampara el propio reglamento de la UE sobre tratamiento de datos. El cual señala que “para que se pueda considerar que el consentimiento es voluntario, negarse no puede tener ninguna repercusión negativa, ni mayores dificultades burocráticas para el acceso o ejercicio de derechos”.

Obligatoriedad de un análisis de riesgo y evaluación del impacto sobre el derecho fundamental

En esta línea, la Unión Europea, exige en su artículo 90 del Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales. Que se lleve a cabo, antes de la implantación de la recogida masiva de datos biométricos, una evaluación de impacto sobre los derechos fundamentales con el fin de valorar la particular gravedad y probabilidad del alto riesgo de la utilización de estos datos. Análisis y evaluación que no ha sido realizada por Lanbide.

Tampoco hay un “marco legal” que ampere la actual puesta de la recogida e implantación de los datos biométricos/ Huella Digital en 10 oficinas de Lanbide en la CAPV: Vitoria (2), Bilbao (2), San Sebastián (1), Lasarte-Oria, Beasain, Barakaldo (Cruces), Portugalete y Sestao. Estamos hablando de más de 25.000 personas afectadas, de ellas 11.000 serían preceptoras de la Renta de Garantía de Ingresos.

Principio general: prohibición de utilización de datos biométricos

Por todo ello, la Unión Europea establece como principio general la prohibición del tratamiento de datos biométricos. El dictamen del grupo de trabajo de la UE advierte de los riesgos que conlleva la utilización de datos biométricos para fines de identificación en grandes bases de datos centralizadas, dadas las consecuencias potencialmente perjudiciales parar las personas afectadas, tanto en el caso de desvío de la finalidad que motivó su tratamiento como en el de la violación de los datos o la privacidad.

Importante impacto en la dignidad humana

Por todos estos motivos, se entregará al director de la oficina de Lanbide en Cruces un documento jurídico sobre las ilegalidades que se cometerían de iniciarse esta recogida masiva de datos biométricos. En concreto,

-Hay que tener en cuenta que los datos biométricos son únicos y la mayoría de ellos generan una plantilla o imagen únicas, por lo que es de gran gravedad el riesgo de una violación de la seguridad de los datos personales, ya que no se pueden cambiar por otros, como ocurre con una clave o una tarjeta. Por lo que aplicar la huella digital es innecesario por el coste que tiene en la dignidad de las personas y los riesgos del tratamiento a gran escala de esa información tan sensible.

-La Unión Europea, en el Dictamen 3/2012, alerta sobre el importante impacto en la dignidad humana de las personas a las que se les aplica sistemas de identificación biométricos y las implicaciones en cuestión de derechos fundamentales.

Este sentido, cabría hablar de la campaña de criminalización desarrollada por parte de Lanbide sobre las personas usuarias con el ánimo de justificar esta nueva medida de estigmatización social. Cuando la existencia de fraude o mal uso de los recursos de Lanbide es ínfimo e irrelevante

-La Agencia Vasca de Protección de Datos, por voz de su directora Margarita Uria, ha señalado en su reciente comparecencia ante la comisión de Derechos Humanos del Parlamento Vasco que el “uso de la biometría puede conllevar un mayor impacto sobre la dignidad, la desprotección de la intimidad y la privacidad de personas vulnerables”.

No hay consentimiento libre

Por otro lado, el artículo 43 del Reglamento de la UE se señala expresamente que “en un caso concreto en el que exista un desequilibro claro entre el interesado y el responsable del tratamiento, en particular cuando dicho responsable sea una autoridad pública. Es improbable que el consentimiento se haya dado libremente en todas las circunstancias de dicha situación”. Circunstancias que se dan de facto en las oficinas de Lanbide sobre las personas usuarias.

En este sentido son múltiples las malas prácticas que se producen en Lanbide:

-BASTE DE EJEMPLO el documento que Lanbide obliga a firmar a las personas usuarias que solicitan la Renta de Garantía de Ingresos: “autorización para consultar datos en ficheros públicos”.

Documento que es manifiestamente contrario a la Ley. En la medida que no permite discriminar para qué documentos se otorga el consentimiento; no explica que es una facultad de la persona usuaria; que puede ser revocado; que la falta de consentimiento no puede afectar al derecho a percibir la prestación; y finaliza con una clausula extensiva contraria a derecho ya que se prestaría consentimiento para recabar “cualquier otro dato de carácter personal que sea necesario para la finalidad mencionada”. Además, hay que prestar obligatoriamente el consentimiento para poder acceder a la RGI.

-OTRO EJEMPLO sobre los abusos diarios en las oficinas de Lanbide. El Ararteko ha detectado carencias en la información que se ofrece con relación a las exigencias que las personas solicitantes de la RGI están obligadas a realizar para el consentimiento de recabar datos e informes a otras administraciones públicas y las consecuencias que ello conlleva. Y constata que en ocasiones la información no es ajustada a las previsiones normativas o bien es incompleta e insuficiente.