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El juez acuerda el sobreseimiento de las diligencias por prevaricación contra dos policías locales

El juzgado de instrucción número 3 de Barakaldo ha resuelto el "sobreseimiento provisional" de las diligencias iniciadas tras la denuncia por prevaricación presentada por un vecino contra dos agentes de la policía local por su actuación en un accidente de tráfico sucedido el pasado 5 de enero.

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> 14/2/14. Un accidente de tráfico termina con dos policías locales denunciados por prevaricación
> 5/9/2011. El juez reprocha la "deficiente" actuación de la policía local durante una paliza en Juan de Garay
> 18/2/2011. Policías de Barakaldo dicen en la Red que apuran los "límites de la legalidad" en algunas de sus acciones
> 16/2/2011. Policías municipales sacan los colores al equipo de Gobierno y su propaganda sobre la seguridad
> 4/9/2010. El Ayuntamiento registra una lluvia de demandas judiciales contra agentes de la policía local
> 14/6/2010. Al menos 17 policías locales están denunciados por su actuación
> 13/6/2010. Deia: Un matrimonio denuncia a la Policía Municipal de Barakaldo por agresión
> 27/4/2010. La policía local reventó una cerradura para desalojar el chalé de Orconera
> 26/2/2010.  Alcaldía anuncia la puesta en marcha de una política de mano dura policial



Acuerdo de la junta de gobierno local de Barakaldo
135/7/2012-5.- Dación de cuenta del Auto de 23 de enero de 2012, dictado por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Barakaldo, en las Diligencias Previas nº 123/12, seguidas a instancia de D. FRANCISCO RR.- Se da cuenta a la Junta de Gobierno Local del Auto de 23 de enero de 2012, dictado por el Juzgado de Ins-trucción nº 3 de Barakaldo, en las Diligencias Previas nº 123/12, seguidas a instancias de FRANCISC ORR, por denuncia contra Agentes de la Po-licía Local de Barakaldo por un presunto delito de prevaricación en accidente de circulación entre Francisco RR y Endika PS. La parte dispositiva del referido Auto es del tenor literal siguiente:

“PARTE DISPOSITIVA: Se acuerda el sobreseimiento provisional de las presentes diligencias. Procédase al archivo provisional de las actuaciones.”

Lo que se comunica a la Junta de Gobierno Local a los efectos oportunos, indican-do que contra esta resolución cabe recurso de reforma y de apelación.

De cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local QUEDÓ ENTERADA.