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Barakaldo aprueba por unanimidad su oposición a la instalación de un parque eólico en Argalario

Declaración institucional aprobada por todos los partidos en el Ayuntamiento de Barakaldo. El pasado 31 de septiembre el Pleno Municipal aprobó la moción presentada por la Asociación Barakaldo Naturala en la que, en su parte resolutiva, se instaba a convocar por parte de Alcaldía una Junta de Portavoces del Ayuntamiento de Barakaldo para aprobar una declaración institucional expresando el rechazo de la Corporación al proyecto Iparaixe II y en defensa de los valores medio ambientales, culturales, histórico y paisajístico del valle del Regato y sus montes.

A pesar de que se trata de expedientes diferentes, el Ayuntamiento de Barakaldo, en defensa de los valores medio ambientales, culturales, histórico y paisajístico del valle del Regato y sus montes, ha presentado alegaciones al Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi durante su tramitación para que sean excluidas las zonas recogidas en el citado Plan y ubicadas en el término municipal: Tellitu (Agirtza, Loiola, Sasiburu) y Argalario, para la implantación de zonas de localización seleccionadas para "Energía Eólica". Estas infraestructuras acarrearían una pérdida de suelo natural y, con ello, la pérdida de patrimonio natural y biodiversidad asociado a la pérdida de vegetación, desmonte e incremento de la erosión.

Asimismo, en las citadas alegaciones se solicita que se disminuya o elimine la graduación de la aptitud de los suelos de la zona del Argalario para la implantación de la "Energía Solar Fotovoltaica", por los mismos motivos de pérdida de suelo natural y defensa del patrimonio natural y la biodiversidad de nuestro municipio.

Además, en base a los condicionantes medioambientales, paisajísticos y del planeamiento municipal y supramunicipal, se ha solicitado que se amplíe la zona de exclusión para instalaciones eólicas y fotovoltaicas desde Peña de Apuko hasta la Peña del Diablo, en el límite con Alonsotegi, desde peña de Apuko hasta Ganeroitz y en las faldas del monte Argalario.

En todo caso, y debido a que la pendiente del terreno es superior al 15%, se incumple una de las características fundamentales para la implantación de energía solar fotovoltaica en el terreno. Motivo por el que se ha solicitado que se replantee la graduación de la aptitud de la zonificación conjunta de energía solar fotovoltaica en terreno para los suelos ubicados en la zona de Goikosolua (en el Regato), zona de Santa Lucia, Garrastegi, zona de Belgarriz, zona de Agirre, Peñuscas, zona del entorno del pantano de Gorostiza (Morturo, Gazteluri, pico de El Tope), zona del Tostadero, La Llana, Agate Deuna, zona de Peñaskuren y Basatxu y las faldas del monte Ganeroitz.

Es por todo ello que el Ayuntamiento de Barakaldo declara:
  • Su férreo compromiso en la defensa de los valores medio ambientales, culturales, histórico y paisajístico del valle del Regato y sus montes.
  • Su oposición a la instalación del Parque Eólico Iparaixe II en el término municipal de Barakaldo.
  • Que el proyecto carece actualmente de marco regulatorio que permita su instalación.
  • Que el emplazamiento para la instalación del citado parque no se encuentra recogido dentro del PTS Eólico de la CAPV 2002, que es el que se mantiene vigente a día de hoy.
  • Que el actual Plan General de Ordenación Urbana no califica el emplazamiento donde se pretende instalar el citado parque como de uso industrial.


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