De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/659813)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.—Personas beneficiarias
Podrán solicitar las subvenciones previstas en la presente convocatoria, las personas físicas propietarias de una licencia de auto taxi del Ayuntamiento de Barakaldo que hayan adscrito en los 18 meses anteriores a la aprobación de la convocatoria o vayan a adscribir al servicio un vehículo adaptado. El vehículo en todo caso habrá de ser nuevo, de primera matriculación, de forma que cumpla con los requisitos y especificaciones téc- nicas aplicables en lo referido al transporte de personas con movilidad reducida según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 1544/2007 de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.
No podrán ser beneficiarios de subvención los solicitantes en que concurran las cir- cunstancias establecidas en ese sentido en el artículo 13 de la LGS.
Segundo.—Finalidad
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones para para la adaptación de vehículos destinados al servicio de auto taxi de Barakaldo de for- ma que se garantice la accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de este modo de transporte para personas con discapacidad
Tercero.—Bases Reguladoras
Aprobadas por el Ayuntamiento-Pleno en Sesión Ordinaria número 12/2022 celebrada el día 30 de junio de 2022, y publicada en su integridad en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 187 de 30 de septiembre de 2022.
Cuarto.—Cuantía
La cantidad global máxima prevista asciende a dieciocho mil (18.000 euros) euros, que será atendida con aplicación a la partida presupuestaria 00500 44120 7710101 (subvenciones taxi-otro transporte de viajeros)
La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto presentado, con el límite de nueve mil euros (9.000 euros).
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes
Desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y finalizará el 16 de diciembre de 2022.