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Barakaldo aprueba a última hora retrasar el cierre de los hosteleros el 29 de octubre por Halloween

Fiestas de Halloween
Aviso del Ayuntamiento. Con motivo de la celebración de la fiesta de 'Halloween', el Ayuntamiento de Barakaldo ha aprobado un decreto que permite la ampliación en 1 hora en el horario de cierre de los establecimientos públicos y actividades recreativas, además de en las fechas establecidas en el Decreto de Alcaldía nº 4259/2014 de 29 de mayo, en el día 29 de octubre de 2022, en todo el ámbito municipal de Barakaldo.


Decreto de alcaldía 2022/009263
Vista la solicitud formulada con fecha 24/10/2022 (Registro de Entrada no. 2022043775) por Baraka Hostelería Berria Elkartea, representada por D. Julio Sotomayor Argerey, en la que solicita ampliación de horarios de cierre de los establecimientos de hostelería del Municipio de Barakaldo con motivo de la celebración de la fiesta de “Halloween”.

Considerando lo previsto en el artículo 37.4 del Decreto 17/2019, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, por el que se indica que el procedimiento para dicha ampliación podrá iniciarse de oficio “o ser instado por los titulares de los establecimientos o por las asociaciones empresariales que agrupen sus intereses”, condición que cabe atribuir a la entidad solicitante, tal y como se le ha reconocido por este Ayuntamiento con anterioridad.

Considerando lo previsto en el artículo 37.2 del Decreto 17/2019, de 5 de febrero, por el que se faculta a las autoridades municipales para ampliar un máximo de 2 horas el horario previsto. En concreto, cabe considerar la concurrencia de “circunstancias de carácter excepcional y no habitual”, que entran dentro de la categoría de “eventos calificados como festivos o de interés turístico por el propio ayuntamiento o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, tales como celebraciones públicas, fiestas de barrio, acontecimientos de carácter social, ferial, certámenes, exposiciones u otros análogos, con el límite máximo de quince días por año natural”” (como se desprende de la lectura conjunta del artículo 37.2 en relación con el 37.1 de la misma norma). En concreto, al igual que sucede con otros Municipios de nuestro entorno, cabe considerar la fiesta de “Halloween” como un “acontecimiento de carácter social” y también “turístico” en el que confluyen diversos eventos en la vía pública, autorizados por este y otros Departamentos municipales, lo que sin duda redunda en la economía del sector hostelero y comercial del municipio y cumple con el objetivo de dinamizar dichos sectores.

Considerando que no se ha hecho uso durante este Año 2022 del plazo de 15 días contemplado en el artículo 37.2 del Decreto para que los Ayuntamientos dispongan la ampliación horaria, es jurídicamente viable lo que aquí se resuelve.

Considerando las competencias establecidas por el art. 18.3 de la Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en relación con las atribuciones señaladas por el art. 21 a) y s) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, conferidas a esta Alcaldía- Presidencia.
Visto el informe jurídico emitido con fecha 24/10/2022 por el Jefe del Servicio Jurídico Administrativo de Medio Ambiente y Sanidad.

Por lo anteriormente expuesto, vistos los preceptos citados y demás de aplicación, y a propuesta del concejal delegado del Área de Alcaldía y Participación Ciudadana y del Área de Disciplina Urbanística, Medio Ambiente y Sanidad, la alcaldía presidencia

DISPONE

PRIMERO.- APROBAR la ampliación de 1 hora en el horario de cierre de los espectáculos públicos y actividades recreativas, además de en las fechas establecidas en el Decreto de Alcaldía no 4259/2014, de 29 de mayo, en el sábado día 29 de octubre de 2022, en todo el ámbito municipal de Barakaldo, con motivo de la celebración del evento de “Halloween”.

SEGUNDO.- Comuníquese a los Servicios de la Policía Local para su conocimiento y efectos, y désele la publicidad correspondiente. Notifíquese al solicitante y publíquese en los canales municipales digitales (https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo/avisos.do) para general conocimiento.

TERCERO.-- Devuélvase el expediente, una vez gestionado, al Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural.

Lo manda y firma la Sra. alcaldesa-presidenta en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por el jefe del Servicio Jurídico- Administrativo de Medio Ambiente y Sanidad y por la concejala delegada del Área de Desarrollo Sostenible y Medio Natural.