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Lanbide niega la RGI a una mujer con dos hijos víctimas de malos tratos

Protesta ante Lanbide
Barakaldo, 14 Mar 2019. El Servicio Vasco de Empleo-Lanbide niega desde hace dos años el salario social o renta de garantía de ingresos (RGI) a una mujer con dos menores a su cargo víctimas de malos tratos. Así lo han denunciado la asociación Centro Asesor de la Mujer Argitan y el grupo Berri-Otxoak, que se han concentrado ante Lanbide en Beurko.

En este caso, la mujer, víctima de violencia machista y contra cuyo agresor se llegó a dictar orden de alejamiento, ha visto cómo el Servicio Vasco de Empleo le impide el acceso a la RGI por falta de regularidad en el empadronamiento en Barakaldo. La negativa se produce pese a que ha acreditado que fue su expareja** el que que, contra su voluntad, repetidamente le dio de baja en el padrón en el Ayuntamiento aunque ella permanecía en la misma vivienda.

En estas circunstancias, la mujer y sus hijos de seis y 14 años sobreviven gracias al apoyo de vecinos y familiares, así como de una entidad benéfica que les proporciona alimentos.

Berri-Otxoak y Argitan han señalado que, con esta actuación, "Lanbide vulnera la normativa, legislación y decretos que amparan su derecho a acceder a las prestaciones sociales que le corresponden —a ella y sus dos hijos— como víctimas de malos tratos, de los cuales hay denuncias en curso".

Además, consideran que el Servicio Vasco de Empleo "contraviene el rango jurídico superior de protección del interés del menor, que debe ser considerado como derecho sustantivo, principio jurídico interpretativo y norma de obligada observancia por parte de Lanbide".

Los dos colectivos advierten de que no es un caso puntual sino que es la "actuación cotidiana" de Lanbide hacia los casos de mujeres víctimas de violencia machista, en los que se produce por parte de este organismo del Gobierno Vasco una "conculcación de derechos y amparo de la violencia machista".

Según señalan, los criterios impuestos por Lanbide obligan, "en la práctica", a las mujeres maltratadas a que "deban soportar situaciones de abusos, acoso y agresiones al no tener otra salida a su realidad habitual de violencia machista".

** En una primera versión se señalaba 'exmarido', pero es incorrecto






Nota de prensa de Berri-Otxoak y Argitan
Concentración ante las oficinas de Lanbide en el barrio barakaldés de Beurko. Con el ánimo de denunciar las dificultades, y recortes, que aplica Lanbide a las mujeres afectadas por la violencia machista para acceder a las prestaciones que las corresponde.

A través de esta iniciativa se pretender denunciar la situación de una mujer del municipio víctima de violencia machista. En concreto, el recorte de derechos que viene sufriendo J.T.B., mujer de 41 años de edad, con dos menores a cargo de 14 y 6 años. Mujer que sobrevive gracias a una entidad benéfica que la proporciona alimentos; y el apoyo de vecinas y familiares.

Cabe destacar que Lanbide vulnera la normativa, legislación y decretos que amparan su derecho a acceder a las prestaciones sociales que la corresponden -a ella y sus dos hijos- como víctimas de malos tratos, de los cuales hay denuncias en curso.

Hay que tener en cuenta que Lanbide se enorgullece de los criterios excepcionales que establece para atender a mujeres que sufren violencia machista, como pedir menos tiempo de empadronamiento, no teniendo en cuenta que hay mujeres que han sufrido cortes en el padrón (algo muy frecuente en estos casos), quedando -por ello- fuera de poder acogerse a este derecho.

Por otro lado, y en este caso concreto, el recorte de derechos contraviene el rango jurídico superior de protección del interés del menor, imperativo legal de obligado cumplimiento tras la entrada en vigor de la “Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia”. Por ello, el interés superior de los menores debe ser considerado como derecho sustantivo, principio jurídico interpretativo y norma de obligada observancia por parte de Lanbide.

Se infringe, además, “el principio de proporcionalidad, artículo 4 Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público”, el cual establece los principios a los que se deben las administraciones ante situaciones como las descritas. Lo cual conlleva que las normas y procedimientos deben estar ajustados a las situaciones concretas de las personas o unidades de convivencia sobre las cuales han de ser aplicados.

Se incumple, por último, la propia normativa de Lanbide recogida en los “Criterios en materia de Renta de Garantía de Ingresos mayo-2017” relativa a las víctimas violencia de género.

Mediante la movilización desarrollada en el día de hoy se denuncia la actuación cotidiana de Lanbide hacia los casos de mujeres víctimas de violencia machista: conculcación de derechos y amparo de la violencia machista. Todo ello mediante la implementación de políticas, la fijación de criterios o imposición de plazos que obligan a las mujeres a permanecer en situaciones de violencia.

Son muchas las mujeres que han denunciado la conculcación de derechos que se sufren a diario en Lanbide a través de requisitos y procedimientos totalmente arbitrarios y alejados de su realidad. Esto supone, en la práctica, que deban soportar situaciones de abusos, acoso y agresiones… al no tener otra salida a su realidad habitual de violencia machista.