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Arteagabeitia Zuazo exige al Ayuntamiento una solución al desahucio de dos vecinos

Intervención policial en un desahucio en Zabalgana (Vitoria-Gasteiz) en 2016
Barakaldo, 8 dic 2018. La Asociación Vecinal Ibarreta del barrio de Arteagabeitia Zuazo ha instado al Ayuntamiento de Barakaldo a buscar de "inmediato" una solución ante el desahucio de una mujer de 59 años y su hijo de 39 que está programado para el martes 11 de diciembre.

El colectivo ha recordado que hace seis años, precisamente el 11 de diciembre de 2012, el Consistorio aprobó en pleno la adopción de medidas contra los desalojos. En este acuerdo se establecía que la Corporación "activará sus recursos de uso residencial para dar respuesta a las necesidades de las personas y familias de Barakaldo deshauciadas, siempre que se trate de su vivienda habitual".

En este caso, las dos personas, ambas en desempleo, se enfrentan a la pérdida del piso donde habitan porque el propietario del inmueble, por el que pagaban 500 euros al mes en alquiler, se niega a seguir con el contrato. La familia, que tiene unos ingresos mensuales de 900 euros, no ha conseguido encontrar una alternativa debido a los "elevados" precios de los arrendamientos en la localidad.

"Han acudido al Ayuntamiento y no han encontrado respuesta positiva", dicen desde la asociación, que exige que el Consistorio "adopte las medidas de emergencia habitacional precisas y proceda, en el menor tiempo posible, a facilitar, a estas personas, el acceso a una vivienda a la que puedan hacer frente económicamente".


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> 03/12/2018. Berri-Otxoak alerta del inminente desahucio de una madre y su hijo adultos desempleados







Comunicado de la Asociación Vecinal Ibarreta de Arteagabeitia Zuazo
SE PUEDE EVITAR. HAY QUE EVITARLO

El martes 11 de diciembre, a dos vecinos de nuestro barrio, D.E, de 39 años y su madre, A.E, de 59, se les desposeerá de un derecho fundamental: La vivienda.

Hasta ahora, venían habitando en una vivienda en alquiler por 500 euros mensuales. Ambos en paro, los ingresos conjuntos suman 900 euros. El dueño no quiere continuar con dicho alquiler y, a pesar de buscar denodadamente otra vivienda, los alquileres son tan elevados que hacen inviable la subsistencia de dichas personas, ya que hacer frente a los mismos conllevaría un claro riesgo de exclusión social.

Han acudido al Ayuntamiento y no han encontrado respuesta positiva. Esta actitud institucional convierte en papel mojado:

  • El Artículo 25.1 Declaración de los Derechos Humanos: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda…
  • El Artículo 11 del Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales: Toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para sí misma y para su familia, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuadas y una mejora continuada de las condiciones de existencia…
  • El Artículo 34 de La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea: Con el fin de combatir la exclusión social y la pobreza, la Unión reconoce y respeta el derecho a una ayuda social y a una ayuda de vivienda para garantizar una existencia digna a todos aquellos que no dispongan de recursos suficientes…
  • El Artículo 47 de la Constitución Española: Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada
  • La Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda, del País Vasco: Exposición de Motivos: El derecho a disfrutar de una vivienda constituye una necesidad vital para el ser humano por cuanto condiciona el disfrute de otros derechos esenciales… Artículo 8: Necesidad de vivienda.
1. Se considera que una persona, familia o unidad convivencial tiene necesidad de vivienda cuando, no disponiendo de alojamiento estable o adecuado, tampoco cuenta con los medios económicos precisos para obtenerlo, encontrándose por ello en riesgo de caer en situación de exclusión social. 
2. Se considera igualmente que tienen necesidad de vivienda aquellos arrendatarios que no puedan hacer frente a los pagos del arrendamiento sin incurrir en riesgo de exclusión social…

Así mismo, el Ayuntamiento de Barakaldo, en sesión plenaria celebrada el 11 de diciembre de 2012, aprobó diversas medidas contra los deshaucios. En el punto 11 de dicho acuerdo, se establece que “El Ayuntamiento de Barakaldo activará sus recursos de uso residencial para dar respuesta a las necesidades de las personas y familias de Barakaldo deshauciadas, siempre que se trate de su vivienda habitual”

Por todo ello, nos dirigimos al Ayuntamiento para que, en lo inmediato, adopte las medidas de emergencia habitacional precisas y proceda, en el menor tiempo posible, a facilitar, a estas personas, el acceso a una vivienda a la que puedan hacer frente económicamente.