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La justicia confirma la pérdida de derechos de Bruesa para seguir edificando en La Dinamita

 La operación fue anunciada por primera vez por el Ayuntamiento en 1997  El acto de primera piedra de urbanización se realizó el 7 de marzo de 2003, a dos meses de las elecciones locales y sin que hubiera licencia La constructora Bruesa se declaró en suspensión de pagos, paró obras en 2010 pero llegó a construir los pisos protegidos que consiguieron sin sorteo la hija del concejal de Urbanismo, Jesús María González Suances, y otros allegados al edil 
La empresa constructora Bruesa ha perdido sus derechos a seguir construyendo en la zona de La Dinamita, en Cruces, por haber abandonado la obra. Tras la denuncia de la paralización en BaralaldoDigital, la medida fue acordada por el Ayuntamiento de Barakaldo en febrero de 2011 y lo acaba de confirmar la justicia, que rechaza así el recurso de la empresa. El juzgado de lo contencioso-administrativo número cinco de Bilbao ha dado la razón al Consistorio y, de este modo, se ratifica la declaración de la Bruesa ha incumplido su deber de levantar viviendas en estos terrenos municipales, por lo que el suelo puede ser puesto en venta de nuevo para que lo construya otra empresa.

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Resolución de la junta local de gobierno
Dación de cuenta de la Sentencia nº 40/2013 de 5 de marzo, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Bilbao, en el Procedimiento Ordinario 131/2011 seguido a instancia de GRUPO DE EMPRESAS BRUESA S.A..-

Se da cuenta a la Junta de Gobierno Local de la sentencia nº 40/2013, de 5 de marzo, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Bilbao en el Procedimiento Ordinario 131/2011 seguido a instancias de Grupo de Empresas Bruesa, S.A., contra el Decreto de Alcaldía 1426/2011, de 15 de febrero, que dispone, entre otros puntos, declarar el incumplimiento por parte del Grupo de Empresas Bruesa, S.A. del deber de edificar las Parcelas SZE 5 y SZR 1 a 27, del Sector SSU04 Dinamita, sirviendo de motivación el informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 31-1-2011; y la concesión a Bruesa, S.A. y a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., de la posibilidad de que presenten en el plazo de 8 días, propuestas para la elaboración del pliego regulador del concurso para la venta o sustitución forzosa de las parcelas en que se ha incumplido el deber de edificar, y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“FALLO: Desestimando el recurso interpuesto por ser ajustada a Derecho la actuación administrativa impugnada, debo confirmar y confirmo la resolución impugnada en el presente procedimiento, desestimando los pedimentos de la demanda. Se imponen las costas a la demandante exclusivamente en la cantidad correspondiente a la hecha efectiva por la actora al perito judicialmente designado por el concepto de provisión de fondos.”

De cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local QUEDÓ ENTERADA.