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El Gobierno Vasco dice que la contaminación por lindane en Serralta está en zona de aceras y no de pisos

Barakaldo, 12 dic 2022. El departamento de Medio Ambiente (PNV) del Gobierno Vasco sostiene que no habrá peligro para los futuros vecinos de las viviendas a construir entre Lutxana y Llano —operación Parque Serralta— porque, según el Ejecutivo, la contaminación peligrosa por el tóxico y cancerígeno lindane se localiza únicamente donde se van a construir aceras pero no bajo donde se levantarán pisos.

Así lo asegura la consejera Arantza Tapia (PNV) en una respuesta parlamentaria por escrito a preguntas de EH Bildu, documento en el que confirma que, como resultaba previsible, se ha localizado en las excavaciones de Parque Serralta más producto químico peligroso del inicialmente esperado. 

Sin embargo, Tapia defiende que las concentraciones de lindane están, salvo en un caso, por "debajo de los valores" denominados VIE-B (valor indicativo de evaluación B), "estándar que indica la concentración de una sustancia en el suelo por encima de la cual el suelo está alterado y existe la posibilidad de que esté contaminado".

Casualmente, el nivel de contaminación peligroso para zonas habitadas se localiza fuera de donde se levantarán los pisos, y en concreto donde se va a construir la acera de accesos a las viviendas, en donde sí se tolera legalmente un nivel superior de contaminación. Para el espacio donde se levantarán casas el riesgo que existe es "admisible": "las actuaciones de saneo realizadas han eliminado el riesgo potencial, quedando actualmente esa zona en una situación de riesgo admisible para el uso futuro".

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> 21/10/2022. Aparece el tóxico lindane en las obras de construcción de pisos de la alameda Serralta 


RESPUESTA A LA PREGUNTA PARA SU RESPUESTA ESCRITA FORMULADA POR D. MIKEL OTERO GABIRONDO, PARLAMENTARIO DEL GRUPO EH BILDU, A LA CONSEJERA DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE, SOBRE UN NUEVO FOCO DE LINDANO EN LUTXANA (BARAKALDO). (12/10/05/03/1667)

1.- ¿Qué caracterización* se realizó en la zona donde actualmente ha aparecido el foco de lindano?

*Estudios de investigación para determinar si un suelo está contaminado, analizando la presencia y concentración de determinadas sustancias contaminantes en el mismo.

Inicialmente, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Normativa sectorial vigente en materia de Prevención y Corrección de la contaminación del suelo, las actuaciones de urbanización promovidas por la Junta de Concertación UE- 21 PARQUE SERRALTA, dado que requerían un movimiento de tierras en un emplazamiento inventariado (y en este caso declarado en su día tras su investigación y saneamiento) dieron lugar a la apertura de un expediente telemático en materia de prevención y corrección de la contaminación del suelo, de referencia EX1b2-0034/21, en el marco del cual se emitió con fecha 11 de noviembre de 2021 resolución del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se autorizaba a dicha junta, la excavación de materiales por motivos constructivos y por saneo en el emplazamiento inventariado con el Código 48013-00041 (Plastificantes Lutxana) y localizado en el término municipal de Barakaldo (Bizkaia).

Para la emisión de dicha resolución, se presentó el plan de excavación preceptivo que recogía la caracterización efectuada de los materiales a excavar con el número y alcance que se señalan en el Decreto de Desarrollo de la Ley 4/2015 de 25 de junio.

En la misma no se detectó la presencia de HCH en concentraciones superiores a los valores de referencia.

 No obstante, dado que, en el transcurso de las obras de excavación, pueden detectarse afecciones no identificadas en las muestras puntuales tomadas en la caracterización previa, la resolución refleja medidas adicionales de seguimiento y control y concretamente sus apartados tercero y sexto de la Resolución de 11 de noviembre de 2021 señalaban textualmente lo siguiente:

“Tercero. - El plan de actuación objeto de aprobación deberá ejecutarse bajo la supervisión continua de personal técnico especialista en suelos contaminados, por lo que se requiere que, con carácter previo a la excavación, se comunique a este órgano ambiental la persona o personas responsables de esta supervisión y la fecha de inicio propuesta”.

“Sexto.- En el caso de que durante la excavación se detecten contaminantes no identificados durante la investigación o, en aquellos contaminantes que sí hubieran sido detectados, concentraciones que superen significativamente las cuantificadas en dicha investigación, la JUNTA DE CONCERTACIÓN DE LA UE-21 PARQUE SERRALTA BARAKALDO, o en su defecto, la persona especialista en suelos contaminados responsable de la supervisión medioambiental de la actuación, deberá informar de manera inmediata al órgano ambiental, justificando la vigencia de los destinos propuestos o, en su defecto, proponiendo destinos alternativos acordes con los nuevos contaminantes y/o concentraciones detectados. El órgano ambiental validará la vía de gestión propuesta con carácter previo a la evacuación de los materiales en los que se hayan dado las circunstancias señaladas”.

En cumplimiento de lo señalado en ambos apartados, la entidad acreditada encargada de la supervisión medioambiental ha dado traslado a este órgano ambiental, con fecha 13 de octubre de 2022, de la detección de ftalatos y HCH en concentraciones bajas, pero mayores que las detectadas en los trabajos de caracterización previos. La zona en la que se han detectado dichos parámetros corresponde a la zona norte interfábricas del emplazamiento (denominada zona 5 en el plan de excavación objeto de autorización).

 En la misma se ha procedido a una excavación superior a la inicialmente prevista tanto por razones geotécnicas como a fin de ejecutar zanjas para la instalación de servicios. Esta zona no formará parte del parque, construyéndose sobre la misma (tras la implantación de los servicios) una acera que dará acceso a las futuras viviendas.

Se ha procedido al muestreo del suelo a lo largo de la zanja excavada, tomando una muestra cada 20 metros lineales, lo que ha totalizado 9 muestras, que han sido enviadas a laboratorio homologado para sus análisis.

En relación con el HCH, en 1 de las 9 muestras se ha detectado éste en concentraciones superiores a los VIE-B y a las previamente obtenidas en las caracterizaciones ejecutadas.

Es importante reseñar que la concentración de HCH encontrada en el emplazamiento no alcanza los 50 mg/kg, valor que establece el Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre contaminantes orgánicos persistentes, para considerar como peligrosos un residuo con presencia de HCH, en este caso, los residuos consistentes en suelos excavados.

Concretamente, las concentraciones de los distintos isómeros de HCH detectadas en la muestra identificada como CR-158, han sido las siguientes:

A-Hexaclorociclohexano: 9,67 mg/kg.

B-Hexaclorociclohexano: 1,05 mg/kg.

G-Hexaclorociclohexano: 11,8 mg/kg.

D-Hexaclorociclohexano: 5,4 mg/kg.

Dicha muestra se tomó en la pared sur realizada en la zanja, en el terreno natural (arcillas) a una distancia de la superficie de 1,2 m, zona en la que se detectaba un fuerte olor a lindano, pero en la que visualmente no observaba nada anómalo.

La entidad acreditada, en su comunicado de 13 de octubre, informa que procederá a la delimitación mediante calicatas de la afección por HCH detectada en la muestra CR-158, así como a la eliminación del foco generador de este riesgo potencial antes de la construcción de la acera.

Con fecha 27 de octubre de 2022, la entidad acreditada, a requerimiento de este órgano ambiental, presenta un informe de adelanto de resultados, señalando que ha ejecutado 4 calicatas ubicadas en forma de X en el entorno del punto CR-158, a una distancia de aproximadamente 5 metros, si bien hacia el norte la existencia del antiguo muro de la fábrica ha obligado a reducir esta distancia.

Las 4 catas se han identificado siguiendo la correlación numérica de las realizadas hasta la fecha (CT-63 a CT-66). En cada una de ellas se ha profundizado hasta aproximadamente 2 metros (0,80 por debajo de la cota a la que se detectó la afección) y en cada una de ellas se han tomado 3 muestras de suelo en las paredes más próximas al punto CR-158, en diferentes estratos y cotas, hasta totalizar 12 muestras.

Ninguno de los isómeros de HCH de las 12 muestras analizadas supera el VIE- B uso industrial, valores de referencia qua corresponderían al tratarse de un uso equiparable a industrial (viario).

Por tanto, la entidad acreditada considera delimitado el foco y procede, con fecha 20 de octubre, a excavar el suelo entre las 4 catas, gestionándolo directamente en vertedero autorizado, a fin de minimizar los olores molestos que, no obstante, se producen en el entorno del emplazamiento.

La excavación ha bajado 1 metro por debajo de la cota a la que se detectó la afección en el punto CR-158 y se han gestionado en vertedero 4 bañeras.

Tras ello, y atendiendo a las dimensiones de la zona excavada, se ha procedido a la toma de 7 muestras de suelo remanente, codificadas de CR-174 a CR-180, analizando en todas ellas ftalatos y HCH. A la fecha del informe de avance (27 de octubre), no se disponía todavía de dichos resultados.

El miércoles 2 de noviembre, la entidad acreditada informa vía correo electrónico que han recibido los resultados de las muestras de suelo remanente tomadas tras el saneo realizado en el punto CR-158 (zona interfábricas), y en 2 de las 7 muestras tomadas aún persisten concentraciones de HCH indicativas de afección. Se trata de los puntos:

CR-177: muestra tomada en la base sobre la que se apoya una tubería.

CR-179: muestra tomada en la pared sur zona oeste.

Adjuntan croquis de situación y certificados analíticos, que arrojan los siguientes resultados:

Punto de medida CR-177. A-Hexaclorociclohexano: 23,9 mg/kg. B-Hexaclorociclohexano: 3,14 mg/kg. G-Hexaclorociclohexano: 7,53 mg/kg. D-Hexaclorociclohexano: 4,25 mg/kg. 

Punto de medida CR-179. A-Hexaclorociclohexano: 4,09 mg/kg. B-Hexaclorociclohexano: 0,447 mg/kg. G-Hexaclorociclohexano: 1,38 mg/kg. D-Hexaclorociclohexano: 1,49 mg/kg.

En el mismo correo de 2 de noviembre, comunican que se procederá a la sobre-excavación de estas zonas y a la toma de nuevas muestras de suelo remanente, previendo realizar estos trabajos en la mayor brevedad posible, ese mismo día o, a más tardar, el día siguiente.

Un nuevo correo electrónico de fecha 3 de noviembre informa de lo siguiente:

- La sobre-excavación se ha realizado íntegramente durante la jornada del 2 de noviembre de 2022, bajo la supervisión continua de la entidad acreditada DINAM.

 - La actuación ha consistido en la excavación del suelo y paredes donde se tomaron las muestras de suelo remanente CR-177 y CR-179.

- El suelo excavado consistía en arcillas de color ocre, totalmente secas. No se ha observado la presencia de HCH ni de residuos industriales. El único indicio de afección es el olor que desprenden las tierras.

- La sobre-excavación se ha dado por finalizada cuando la técnica de DINAM a pie de excavación ha considerado que las tierras no desprendían olor o éste era escaso; no obstante, se han tomado muestras del suelo remanente para confirmar la ausencia de cualquier contaminante.

- Como resultado de la actuación se han gestionado en vertedero autorizado un total de 3 camiones bañera.

- Finalmente, al objeto de certificar la suficiencia de los trabajos realizados, y en función de las superficies/paredes saneadas, se han tomado 4 muestras de suelo remanente (CR-181, CR-182, CR-183 y CR-184) en las que se analizarán los contaminantes HCH y ftalatos.

Los resultados analíticos de estas muestras se adelantaron el día 18 de noviembre mediante correo electrónico y han sido presentadas oficialmente hoy día 23 de noviembre de 2022 y contienen los siguientes resultados:

- Ninguna de las muestras analizadas presenta concentraciones de HCH que puedan conferir al material caracterizado carácter de residuo peligroso de acuerdo al REGLAMENTO (UE) No 1357/2014 DE LA COMISIÓN, de 17 de diciembre de 2014.

- En la totalidad de las muestras la concentración de HCH se sitúa por debajo de los valores VIE-B industrial, valores que resultarían de aplicación a la zona muestreada que albergará un futuro uso viario. Sí se supera el VIE-B urbano, más restrictivo, para el isómero A-Hexaclorociclohexano, con un valor máximo de 0,751 mg/kg en CR-181.

 - Respecto la muestra CR-184, única que debido a la sobre excavación se situaría dentro del ámbito de las futuras viviendas, y por lo tanto sería directamente aplicable un uso urbano más restrictivo, las concentraciones de HCH se sitúan por debajo del VIE-B urbano (0,1 mg/kg para cada isómero), incluso por debajo del límite de cuantificación del laboratorio (0,01 mg/kg para cada isómero).

- Las concentraciones se han reducido sustancialmente, situándose por debajo de los valores de riesgo para los residentes de las futuras viviendas colindantes según los cálculos del análisis de riesgos realizado por DINAM y que se reflejan en el apartado siguiente.

Los resultados analíticos obtenidos son los siguientes: 

Punto de medida CR-181. A-Hexaclorociclohexano: 0,751 mg/kg. B-Hexaclorociclohexano: 0,111 mg/kg. G-Hexaclorociclohexano: 0,304 mg/kg. D-Hexaclorociclohexano: 0,208 mg/kg.

Punto de medida CR-182. A-Hexaclorociclohexano: 0,012 mg/kg. B-Hexaclorociclohexano: < 0,01 mg/kg. G-Hexaclorociclohexano: < 0,01 mg/kg. D-Hexaclorociclohexano: < 0,01 mg/kg. Punto de medida CR-183. A-Hexaclorociclohexano: 0,481 mg/kg. B-Hexaclorociclohexano: 0,0713 mg/kg. G-Hexaclorociclohexano: 0,128 mg/kg. D-Hexaclorociclohexano: 0,279 mg/kg. Punto de medida CR-184. A-Hexaclorociclohexano: < 0,01 mg/kg.

B-Hexaclorociclohexano: < 0,01 mg/kg.

G-Hexaclorociclohexano: < 0,01 mg/kg.

D-Hexaclorociclohexano: < 0,01 mg/kg.

Se indica que los trabajos de zanjeo no están finalizados, ya que está prevista la ejecución de una zanja paralela a la ejecutada y una demolición parcial de un muro aún existente.


2.- ¿En caso de caracterizarse por contaminación de lindano, ¿qué actuaciones de descontaminación se llevaron a cabo?

3.- ¿Qué medidas, actuaciones o protocolos han puesto en marcha la empresa y el Gobierno Vasco desde que se tiene conocimiento de un posible foco de lindano en esta actuación urbanística?

Contestado en la pregunta 1.


4.- Alertados por las denuncias de vecinos al 112, aparecieron en la zona los servicios de emergencia. ¿Qué actuaciones y protocolos llevaron a cabo los servicios de emergencia ante la denuncia vecinal que estaba vertiendo lindano a la atmósfera? ¿Han mirado el servicio 112 los patrones de medición del aire?

Los servicios de emergencia, contactaron con los servicios de inspección de este Departamento para recabar información al respecto. Dicha llamada, motivó que al margen de las actuaciones de fiscalización y control que ya estaban siendo llevadas a cabo por el servicio específico de calidad de suelos, se girara una visita por personal de inspección, el día 2 de noviembre con el objetivo de detallar las labores realizadas con relación al suceso. En esta inspección se confirma la presencia de HCH en la zona de excavación, si bien a niveles que no se consideran peligrosos y que han sido debidamente comunicados. Tampoco se aprecian olores significativos en ese momento, si bien se concluye que, en función de las circunstancias (movimientos de material, dirección del viento, sensibilidad,...) es posible que se pueda apreciar un olor particular en algún momento.


 5.- ¿Por qué se movieron las tierras en días de fuerte viento, cuando se sabía por el olor que se estaba vertiendo a la atmósfera?

Como se ha señalado con anterioridad las concentraciones de HCH, si bien, claramente detectables por el bajo umbral olfativo de este contaminante, no superaron en ningún momento los 50mg/kg que conllevarían su tipificación como residuo peligroso, lo que hubiera conllevado la adopción de otras medidas.

6.- ¿Se ha realizado alguna medición cuando se estaba trabajando?

7.- Si se han realizado mediciones, ¿cuál ha sido la cuantificación?

No solo se han efectuado las analíticas en las distintas muestras de suelo detalladas en la contestación de la primera pregunta, si no que se ha llevado a cabo sendos análisis de riesgos correspondientes a los distintos escenarios (situación actual, en el que el receptor del riesgo sería un paseante ocasional, y situación futura, en el que el receptor del riesgo más sensible sería el residente de las futuras viviendas usuario a su vez del parque).

Los cálculos de riesgo se han realizado con el programa RISC, en el que se ha simulado:

- La presencia de paseantes, expuestos a la inhalación de vapores y partículas en exteriores, durante 3 horas /día, 180 días/año.

- La existencia de futuros residentes en los bloques de viviendas, considerando adultos y niños como posibles receptores y siendo la única vía de exposición a los contaminantes la inhalación de volátiles en interior a partir del suelo (las cubriciones a implantar, soleras y muros, garantizarían la no exposición directa al suelo). Se ha considerado como espacio de exposición una vivienda estándar de 80 m2 y 2,5 m de altura.

Se presenta un estudio cualitativo de incertidumbres, que concluye que éstas quedan compensadas por los supuestos conservadores empleados.

 La admisibilidad del riesgo, de conformidad con la Ley 4/2015, de 25 de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo, exige que los índices obtenidos en el Análisis Cuantitavo de Riesgos (ACR) sean menores de 1E-5 para los riesgos cancerígenos y menores de 1 para los riesgos tóxicos.

Los valores obtenidos para los dos casos citados anteriormente son los siguientes:

Análisis de riesgo para los paseantes y residentes cercanos: 

Cancerígeno primera excavación: 1,1E-7.

Tóxico primera excavación: 8,2E-5.

Cancerígeno segunda excavación: 9,2E-8.

Tóxico segunda excavación: 8,2E-5.

Análisis de riesgo para los futuros residentes en el emplazamiento: Cancerígeno: 2,8E-6.

Tóxico: 5,8E-1.

En el escenario de futuros residentes de los bloques de viviendas, las actuaciones de saneo realizadas han eliminado el riesgo potencial, quedando actualmente esa zona en una situación de riesgo admisible para el uso futuro.

En el caso de las personas cercanas a la zona donde se detectó la presencia de HCH, ante una hipotética exposición a los contaminantes durante las excavaciones y movimientos de tierras efectuados para el saneo de los suelos con HCH detectado, NO se ha detectado una situación de riesgo inadmisible.


 8.- ¿Se han abierto expedientes administrativos relacionados con la aparición de lindano?

9.- En caso afirmativo ¿qué expedientes y cuál es su situación?

Ya existía un expediente abierto (Ex1b2-0034/21) en el marco del cual se ha ido aportando la documentación requerida en cumplimiento de los requisitos establecidos por esté órgano en la resolución de 11 de noviembre de 2021 que autorizó la excavación.


10.- ¿Cuál es el destino de las tierras excavadas tras la detección de retos de lindano?

Las tierras excavadas han sido destinadas a los vertederos autorizados de Zalla y Lancha.


Vitoria-Gasteiz, 2 de diciembre de 2022

Arantza Tapia Otaegi

CONSEJERA DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE