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Berri-Otxoak traslada junto al Ayuntamiento su oficina de información sobre las ayudas sociales

El pasado curso aumentó un 36% el número de familias atendidas por la oficina Un 38% solicitó información sobre las Ayudas Económicas Municipales y los problemas de impago de alquileres e hipotecas El 64% de las consultas fueron realizadas por mujeres

La plataforma contra la exclusión social y por los derechos sociales Berri-Otxoak abrirá de nuevo este curso su oficina de información sobre las prestaciones sociales y lo hará al lado del Ayuntamiento de Barakaldo. Esta organización traslada la oficina desde el barrio de San Vicente al centro del municipio y atenderá a los vecinos todos los lunes, de 11.00 a 13.00 horas, en el local Ekobaraka situado en la calle San Juan, detrás del edificio consistorial. La oficina ofreció información a el pasado curso a 831 familias —457 de forma presencial, 276 por vía telefónica y 98 han realizado sus consultas a través de Internet—. Produciéndose un incremento de consultas del 36%. De esta forma, Berri-otxoak pretende "cubrir la falta de información" con que el Ayuntamiento de Barakaldo y Lanbide "castigan a las personas del municipio desempleadas, con empleos precarios y pensionistas sin ingresos para desarrollar una vida digna".

Nota de prensa
BALANCE DEL PUNTO DE INFORMACIÓN SOBRE PRESTACIONES SOCIALES

Todos los lunes, desde el mes de septiembre hasta mediados del mes de julio, abre sus puertas la oficina de información sobre las prestaciones sociales (Renta de Garantía de Ingresos, Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo, Prestación Complementaria de Vivienda, Ayudas de Emergencia Social y Ayudas para la Inserción Social), que lleva ofreciendo la plataforma “Berri-Otxoak” desde hace 16 años. Este punto de información se inauguró el 17 de noviembre de 1997; y por él han pasado 6.723 familias. En este curso cambia de sede y se acerca al centro de la localidad: en concreto se ubicará en la calle San Juan, número 10; justo detrás del edificio consistorial.
El agravamiento de las condiciones socio-económicas de las familias ha provocado que nuestro recurso sobre las prestaciones sociales se vea desbordado por la demanda de información por parte de los vecinos y vecinas de la localidad, y del conjunto de Ezkerraldea. A lo largo del pasado curso han utilizado los servicios de este punto de información 831 familias: 457 de forma presencial, 276 por vía telefónica y 98 han realizado sus consultas a través de Internet. Produciéndose un incremento de consultas del 36%.
La solicitud de información giraba en un 38% sobre las Ayudas Económicas Municipales y la problemática relacionada con el impago de alquileres e hipotecas; un 34% en torno a las “malas prácticas” de Lanbide relacionadas con incumplimientos de la normativa que rige el acceso a las prestaciones sociales gestionadas a través del Servicio Vasco de Empleo; y el 28% de las familias atendidas solicitaban información una vez agotados los subsidios por desempleo. En el cómputo global cabe destacar que el 64% de las consultas fueron realizadas por mujeres; y un 26% eran personas mayores de 45 años desempleadas.
Pasamos a enumerar el perfil socio-económico de las 831 familias atendidas:
 Personas desempleadas de larga duración: 241, un 29% de las consultas realizadas.
 En paro en el último año: 199, un 24% de las consultas realizadas.
 Pensionistas: 224, un 27%.
 Con un empleo precario: 167, un 20% de las consultas realizadas.
La forma de contacto más directa es acercarse de forma presencial todos los lunes de 11 de la mañana a 1 del mediodía en nuestro punto de información sito en la calle San Juan, número 10. Además, también se pueden realizar consultas a través del siguiente correo electrónico: berrietxea@nodo50.org. Otra forma de comunicación es mediante el teléfono móvil 650 25 46 67.
A través de esta iniciativa se pretende cubrir la falta de información con que el Ayuntamiento de Barakaldo y Lanbide -entes públicos expertos en publicitar lo que les interesa-, castigan a las personas del municipio desempleadas, con empleos precarios y pensionistas sin ingresos para desarrollar una vida digna. Nunca, desde que se empezaron a legislar estas ayudas en el año 1989, el Departamento de Acción Social del consistorio o el Gobierno Vasco han desarrollado una campaña informativa sobre la existencia de estas prestaciones sociales; dónde solicitarlas; qué requisitos se exigen; o la documentación a presentar.
Hay que tener en cuenta que en un año el número de personas en paro ha aumentado en un 7’5% en el último año. Se ha pasado de 8.994, que había hace un año, a las 9.563 personas desempleadas que hay en la actualidad; esto supone una tasa de desempleo dl 20%. Además, también se ha incrementado el número de vecin@s con un empleo precario, en la actualidad 21.500 personas padecen esta situación. Por otro lado, se mantiene el número de mujeres viudas que se encuentran por debajo del umbral de pobreza: 2.500. A lo que debemos añadir las 253 familias desahuciadas de sus viviendas en el año 2012.
Estas situaciones se producen cuando el 30 de septiembre se agotarán las partidas presupuestarias destinas a las ayudas sociales en el municipio. Esta situación conllevará, según un informe del propio consistorio, que cerca de un millar de familias vean imposibilitado el acceso a una ayuda social que les garantice el llegar a fin de mes. Además, el “Equipo de Gobierno” del consistorio fabril ha decidido recortar la normativa que rige el acceso a las ayudas sociales al endurecer los requisitos de acceso a las mismas. Por otro lado, ha decidido reducir en un 50% la asignación económica a percibir por las familias barakaldesas para hipotecas, alquileres, necesidades primarias, mantenimiento de la vivienda habitual, atención sanitaria no cubierta por Osakidetza o el copago farmacéutico.


Debido a la actual crisis económica, el aumento del desempleo, las altas tasas de precariedad laboral, las míseras pensiones que cobran muchas personas pensionistas y los abusivos precios de la vivienda, cada vez más familias tienen dificultades para llegar a fin de mes y ver cubiertas sus necesidades más básicas. Por eso cada más personas en paro, trabajadores y trabajadoras con contratos basura y sueldos bajos o jubilados o viudas con pensiones miserables se ven en la necesidad de solicitar diferentes prestaciones sociales y, así, ver cubiertas sus necesidades más básicas: alimentación, vivienda, salud…
Por eso queremos informarte sobre las
PRESTACIONES SOCIALES PÚBLICAS VASCAS
Principalmente la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo, las Ayudas de Emergencia Social (AES), la Prestación Complementaria de Vivienda, los Complementos de Pensiones y la Renta de Garantía de ingresos.
1) ¿Qué es la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo?
La Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo son un derecho. Es decir, se les concederá a todas las personas o familias que reúnan los requisitos exigidos. Esta prestación social lo perciben las unidades familiares con un empleo cuyo sueldo no supere los 985 euros mensuales –para una sola persona-. En caso de ser una pareja de hecho, un matrimonio, una persona con un hijo/a su cargo… cobrar menos de 1.120 euros al mes-. Para una familia de tres miembros la cantidad a complementar es hasta los 1.215 euros al mes. Hay que tener en cuenta que hay que prorratear las pagas extras -en caso de que se tuvieran, claro-. A las personas y/o familias que tengan un sueldo inferior a esas cantidades se les entrega el resto hasta la cuantía que les corresponda cobrar por el número de miembros de la unidad familiar.
RENTA COMPLEMENTARIA DE INGRESOS DE TRABAJO. Cuantía de la ayuda.
 985 euros al mes para una familia de un solo miembro,
 1.120 euros mensuales para familias de 2 miembros,
 1.215 euros al mes para familias de 3 o más miembros.
2) ¿Qué requisitos son necesarios para percibir la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo?
La Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo al ser un derecho se concede a toda persona/familia que lo solicite y cumpla los siguientes requisitos:
* Constituir una unidad económica independiente con un año de antelación, es decir llevar más de un año empadronado fuera del hogar familiar.
* Figurar empadronad@ en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma Vasca por lo menos durante tres años ó llevar de empadronamiento en la CAPV y tener 5 años de cotización en la Seguridad Social; ó para familias/personas que hubieran abandonado la Comunidad Autónoma Vasca tener 5 años seguidos de empadronamiento en los últimos 10 años; ó haber formalizado la relación de pareja de hecho o matrimonial con 6 meses de antelación
* Ser mayor de 23 años.
Excepciones: los menores de 23 años que tengan hijos/as a su cargo, huérfanos o menores de 23 años casados durante al menos 6 meses.
* Matrimonios/parejas de hecho o mujeres/hombres con hijos/as a su cargo que siguen viviendo en casa de sus familiares; o, producto de un divorcio, volver al hogar familiar (como muy tarde) tres meses después de la separación.
* A las personas trabajadoras autónomas se les pedirá la Declaración acreditativa de sus ingresos.
* Para fijar la cuantía económica a percibir se tendrá en cuenta la cantidad que se concede y/o percibe en concepto de pago de pensión de alimentos.
* Se establece un máximo de dos prestaciones por vivienda.
3) ¿Qué otras ayudas se pueden percibir?
a) las Ayudas de Emergencia Social (AES)
1º) Al contrario que la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo las AES no son un derecho. Son prestaciones no periódicas destinadas a aquellas personas/familias cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos de carácter ordinario o extraordinario necesarios para poder vivir dignamente. Esta prestación social debe dedicarse únicamente a cubrir la necesidad o al objeto para el que han sido concedidas.
Si no se superan los siguientes ingresos mensuales se puede solicitar una ayuda para poder pagar el alquiler, el crédito hipotecario, la luz, el agua, la comunidad, el gas, el dentista, las gafas…
AYUDA DE EMERGENCIA. Límite de ingresos mensuales. 14 pagas.
 852 euros 1 miembro (994 euros en 12 pagas).
 1.094 euros 2 miembros (1.276 euros en 12 pagas).
 1.210 euros 3 o más miembros (1.412 euros en 12 pagas).
AYUDA DE EMERGENCIA. Límite de ingresos mensuales para pensionistas. 14 pagas.
 968 euros 1 miembro,
 1.210 euros 2 miembros,
 1.307 euros 3 o más miembros.
2º) ¿Qué gastos cubren las AES?
* Gastos de alquiler y créditos hipotecarios.
* Gastos de luz, agua, comunidad, basuras...
* Electrodomésticos de línea blanca (lavadora, frigorífico...)
* Arreglos de mantenimiento de la casa (instalación eléctrica, fontanería, persianas…)
* Arreglos de la comunidad (fachada, tejado, portal…)
* Toda la atención sanitaria no cubierta por Osakidetza: Dentistas, gafas, terapias...
3º) ¿Quién puede solicitar una AES?
Los requisitos de acceso a las AES son:
* constituir una unidad económica independiente con 6 meses de antelación, es decir llevar más de
6 meses empadronad@ fuera del hogar familiar.
* estar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco al menos 6 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud.
* tener 18 años cumplidos, salvo si el solicitante tiene a su cargo menores o minusválidos o es huérfano.
b) La Prestación Complementaria de Vivienda es un derecho que percibirán todas aquellas personas y/o familias titulares de la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo, la Renta de Garantía de Ingresos o los Complementos de Pensiones. Es una ayuda para hacer frente a los gastos de alquiler; su cuantía no podrá exceder de los 250 euros al mes. Requisitos:
* Residir en un piso de alquiler (en caso de haber comprado una vivienda se ha de solicitar las Ayudas de Emergencia para cubrir los gastos de parte de hipoteca). Se establece un máximo de dos por vivienda.
c) La Renta de garantía de Ingresos es un derecho. Es decir se les concederá a todas las personas o familias que reúnan los requisitos exigidos. Sí se cobra el subsidio, las complementarias o se carece de acceso a las prestaciones por desempleo se puede pedir la
RENTA DE GARANTÍA DE INGRESOS. Cuantía de la ayuda.
 616 euros al mes para una familia de un solo miembro,
 791 euros mensuales para familias de 2 miembros,
 875 euros al mes para familias de 3 o más miembros.
La Renta de Garantía de Ingresos al ser un derecho se concede a toda persona/familia que lo solicite y cumpla los siguientes requisitos:
* Constituir una unidad económica independiente con un año de antelación, es decir llevar más de un año empadronado fuera del hogar familiar.
* Figurar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma Vasca por lo menos durante tres años o tener cotizados 5 años a la Seguridad Social. Para familias/personas que hubieran abandonado la Comunidad Autónoma del País Vasco han de tener 5 años seguidos de empadronamiento en los últimos 10 años; ó haber formalizado la relación de pareja de hecho o matrimonial con 6 meses de antelación.
* Ser mayor de 23 años. Excepciones los menores de 23 años que tengan hijos/as a su cargo, huérfanos o menores de 23 años casados durante al menos 6 meses.
* Matrimonios/parejas de hecho o mujeres/hombres con hijos/as a su cargo que siguen viviendo en casa de sus familiares; o, producto de una separación, volver al hogar familiar.
* A las personas trabajadoras autónomas se les pedirá la Declaración acreditativa de sus ingresos.
* Para fijar la cuantía económica a percibir se tendrá en cuenta la cantidad que se concede y/o percibe en concepto de pago de pensión de alimentos.
d) Complemento de pensiones es un derecho. Es decir se les concederá a todas las personas o familias que cobren una pensión. Se garantizará una ayuda en 12 pagas. Podrán solicitarlas aquellas personas y/familias que no superen las siguientes cuantías:
CÁLCULO REALIZADO PARA 14 PAGAS:
COMPLEMENTO DE PENSIONES (14 Pagas).
 600 euros al mes para una familia de un solo miembro,
 750 euros mensuales para familias de 2 miembros,
 810 euros al mes para familias de 3 o más miembros.
CÁLCULO REALIZADO PARA 12 PAGAS:
COMPLEMENTO DE PENSIONES (12 Pagas).
 700 euros al mes para una familia de un solo miembro,
 875 euros mensuales para familias de 2 miembros,
 945 euros al mes para familias de 3 o más miembros.
e) Ayuda especial para la inclusión social. Los menores de 23 años que reúnan el requisito de llevar más de un año empadronadas fuera del hogar familiar y que carezcan de ingresos podrán solicitar las ayudas para la inserción social a la Diputación Foral de Bizkaia. También podrán solicitarlas aquellas personas que lleven empadronadas 30 meses en el territorio Histórico de Bizkaia. Esta prestación social consiste en una ayuda de 331,25 euros mensuales para una unidad de convivencia de un sólo miembro (serían 425,36 euros mensuales para una unidad familiar de dos miembros y 470,53 euros al mes para una familia de tres, o más, miembros).
4) ¿A dónde hay que dirigirse para solicitar estas prestaciones sociales?
Para solicitar la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo, la Renta de garantía de ingresos, los Complementos de Pensiones y la Prestación Complementaria de Vivienda hay que solicitar cita previa llamando al 945 160 600; de ahí se deriva a la oficina del Servicio Vasco de Empleo-Lanbide que corresponda según el municipio o el barrio donde se esté empadronad@.
Para solicitar las Ayudas de Emergencia Social (AES) has de pedir cita previa con los servicios sociales de base municipales. En Barakaldo hay que llamar al 010 o al 94-478 92 00.
5) Para más información:
Oficina Alternativa de Información sobre las Prestaciones Sociales:
■ TELÉFONO MÓVIL: 650 25 46 67.
■ NUEVA DIRECCIÓN: “EKOBARAKA”, sede de la asociación “Ekologistak Martxan” en Barakaldo. Este local se encuentra justo detrás del Ayuntamiento de Barakaldo: calle San Juan, número 10, Bajo (a pie de calle).
■ HORARIO DE ATENCIÓN: LUNES DE 11:00 A 13:00 HORAS.