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El Tribunal Superior condena a Barakaldo a pagar 1.000 euros por recurrir en un caso de Syasbro

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Los incumplimientos salariales por parte de las empresas que han gestionado el servicio municipal de ayuda a domicilio volverán a costar dinero a todos los vecinos. El Ayuntamiento de Barakaldo ha sido nuevamente condenado a hacer frente a las cosas judiciales —1.000 euros— por presentar un recurso contra una sentencia que declaró el derecho de cinco trabajadoras a percibir 29.000 euros, más intereses, cantidad que deben pagar a partes iguales el Consistorio y la controvertida empresa Syasbro, esta última con domicilio "desconocido". El tribunal ha rechazado las alegaciones del Ayuntamiento y le ha condenado al pago de cosas judiciales, además de perder el depósito que se realizó para presentar el recurso.

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> 14/03/2013. Barakaldo sufre 13 condenas en cinco meses por la gestión de personal de la ayuda domiciliaria



Resolución del Tribunal Superior
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco

Edicto.-Cédula de notificación.-Recurso 894/13 MB
Don Jaime Ruigómez Gómez, Secretario Judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Hago saber: Que en autos número 894/13-MB, de esta Sala de lo Social, los cuales versan sobre materia de cantidad (CNT), seguidos a instancia de Xxx, Yyy, Zzz, Ppp y Qqq, frente a las entidades Asociación Syasbro, Ayuntamiento de Barakaldo, Servisar Servicios Sociales, S.L., Sarquavitae, Asociación Urgarzi para la Promoción del Bienestar y el Fondo de Garantía Salarial, respectivamente, se ha dictado Resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Que desestimamos el Recurso de Suplicación interpuesto por el Ayuntamiento de Barakaldo, frente a la Sentencia, de 30 de enero de 2013, del Juzgado de lo Social número 4 de Bilbao, en autos número 563/09, confirmando la misma en su integridad.

Se condena en costas a la parte recurrente, incluyendo los honorarios de la Letrada de la parte impugnante del recurso, que se fijan en 1.000 euros.

Se decreta la pérdida de las cantidades objeto de depósito y consignación, a las que se dará legal destino.

Notifíquese esta Sentencia a las partes litigantes y al Ministerio Fiscal, informándoles de que no es firme, pudiendo interponer recurso de casación para la unificación de la doctrina en los términos y con los requisitos que se detallan en las advertencias legales que se adjuntan.

Una vez firme lo acordado, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen para el oportuno cumplimiento.

Así, por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
Y para que le sirva de notificación en legal forma a las mercantiles codemandadas Asociación Syasbro y Sarquavitae, en ignorado paradero, o, desconociéndose éste, expido la presente para su inserción en el «Boletín Oficial de Bizkaia», en Bilbao, a veintidós de julio de dos mil trece.

Se advierte a las Sociedades destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Tribunal, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.-El Secretario Judicial