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El PP pide la mediación del equipo de gobierno para resolver los realojos de La Siebe

El PP ha exigido al gobierno municipal socialista que que medie entre los vecinos de la Siebe pendientes aún de realojo y la empresa responsable de la actuación urbanística, tras la notificación de la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Bilbao. La portavoz del PP, Amaya Fernández, ha reclamado a los socialistas "que dejen de esconder la cabeza debajo del ala y asuman su responsabilidad para resolver los realojos pendientes" que afectan a dos familias.

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Tras la sentencia que anula el Decreto de Alcaldía sobre los realojos

El PP exige al Gobierno local que atienda el requerimiento judicial y medie para resolver los realojos de La Siebe

Fernández: “Exijo a los socialitas que dejen de esconder la cabeza debajo del ala y asuman su responsabilidad para resolver los realojos pendientes”

23.Mayo.2013.- La portavoz del Partido Popular de Barakaldo, Amaya Fernández, presentará una iniciativa para exigir al gobierno municipal que medie entre los vecinos de la Siebe pendientes aún de realojo y la empresa responsable de la actuación urbanística, tras la notificación de la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 de Bilbao.

Así, el 23 de abril de 2010, mediante Decreto de Alcaldía 3346, y a pesar de la existencia de dos familias pendientes de realojo, el Ayuntamiento de Barakaldo ordenó el desmantelamiento y la retirada de las casas móviles instaladas desde el año 2002 en el emplazamiento conocido como Fuente de la Siebe, cuya finalidad era el realojo provisional de los vecinos de la Siebe. En el mismo decreto, requería a esas familias pendientes aún de realojo para que antes de un mes desalojaran las viviendas y retiraran sus enseres, con apercibimiento de recabar autorización judicial para el lanzamiento y envío de enseres al vertedero.

Un año después, mediante Decreto de Alcaldía 2903, el Ayuntamiento también desestimó la solicitud de mediación municipal tendente a la entrega -por parte de la empresa promotora- de las viviendas destinadas al realojo de estos vecinos.

En el fundamento jurídico quinto el juez advierte que no comparte las consideraciones que hace el Ayuntamiento para situarse al margen del problema que afecta a los recurrentes (los vecinos pendientes de realojo). Continúa señalando que es un hecho indiscutido que los recurrentes son parte de los afectados por los desalojos, ejerciendo un derecho de realojo provisional al ocupar dos casas móviles durante el tiempo que duró la actuación urbanística (casi 10 años), habiendo quedado acreditado con la prueba pericial judicial que la vivienda de estos vecinos quedó afectada por la acción urbanística y que la situación de los recurrentes se produce en ejecución del contrato adjudicado, el 27 de junio de 2002, por el Ayuntamiento a la empresa promotora.