Los negocios que quieran instalarse en Barakaldo ya no tendrán que pedir licencia de apertura sino que bastará simplemente con que comuniquen de manera anticipada que se pondrán en marcha y posteriormente los técnicos revisarán el establecimiento.
El equipo de gobierno (PSE) ha anuncido esta decisión, que ha sido adoptada por unanimidad por el pleno del Ayuntamiento, institución que, paradójicamente, aún tiene pendiente la finalización de la solicitud para el megabazar Litxu del barrio de Retuerto, un comercio de 5.000 metros cuadrados abierto en diciembre de 2011 tras esperar seis meses —desde el 30 de mayo del año pasado— a que la Administración local resolviera las solicitudes presentadas. El caso sigue pendiente.
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> 24/05/2012. El megabazar chino de Retuerto abrió sin licencia y el Ayuntamiento se enteró por el periódico
> 26/01/2010. El Corte Inglés de Megapark consigue licencia municipal de apertura para la tienda abierta en julio de 2007
> 10/04/2012. El Ayuntamiento comienza la persecución de las irregularidades en hornos de pan en comercios
> 04/04/2012. El Ayuntamiento abre expedientes sancionadores por ruidos a bares tras años sin multas
15/12/2010. Los comerciantes de Bizkaia afirman que los planes urbanísticos de Megapark "son ilegales" desde 2005
Anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia número 115, de 15 de junio de 2012
Ayuntamiento de Barakaldo
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 3/98, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV 59 de 27.03.98) se somete a información pública para la concesión de la Licencia de Actividad de los expedientes que a continuación se relacionan:
- Número expediente: AP-60/12.
- Interesado: Litxu Megapark, S.L.
- Actividad: Bazar con actividad hostelera complementaria (cafeteria con uso de cocina).
- Emplazamiento: C.o La Ribera, 1 B, planta baja.
- Número expediente: AP-61/12.
- Interesado: Litxu Megapark, S.L.
- Actividad: Bazar .
- Emplazamiento: C.o La Ribera, 1 B, planta primera.
Durante el plazo de quince (15) días a contar desde el siguiente a la inserción de este edicto en el «Boletín Oficial de Bizkaia», los expedientes se hallan a disposición del público en el Dpto. de Licencias de la Casa Consistorial, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan examinarlos y deducir, en su caso las alegaciones que tengan por conveniente.
Barakaldo, a 6 de junio de 2012.-El Alcalde, Antonio J. Rodríguez Esquerdo
Nota de prensa
El Ayuntamiento de Barakaldo agiliza los trámites para abrir nuevos comercios, empresas y establecimientos hosteleros
– Aprueba la desaparición de la licencia de apertura como régimen de control previo a su funcionamiento, con lo que bastará con comunicar el inicio de la actividad para poder abrir inmediatamente un local
– La nueva ordenanza recoge que los bancos, cajas de ahorros y tiendas de compra-venta de oro deberán pagar la tasa máxima: 15.500 euros
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Barakaldo acordó ayer, por unanimidad, la desaparición de la licencia de apertura como régimen de control de las actividades y su sustitución por un nuevo régimen de comunicación previa, lo que simplificará los procedimientos administrativos y agilizará los trámites a la hora de conceder los permisos. Con esta iniciativa, la institución local se adapta a la Directiva Europea de Servicios, que intenta favorecer la actividad económica en la actual coyuntura de crisis.
Según ha explicado la concejal de Disciplina Urbanística, Medio Ambiente, Sanidad y Consumo, Ana Belén Quijada, hasta la fecha los comercios, locales hosteleros o empresas debían presentar la documentación necesaria y recibir el visto bueno de los técnicos para, previo pago de la tasa correspondiente, lograr una licencia de apertura. Por tanto, existía un control previo de la actividad; es decir, no se podía ejercer esta actividad hasta que no se tenía todo en regla.
Pero esta fórmula ya no será válida. Ahora, bastará enviar una comunicación al Ayuntamiento para poder iniciar la actividad. Será posteriormente cuando los técnicos municipales visiten las instalaciones y concedan o no la licencia correspondientes, previo pago de la tasa.
Adaptarse a la Ley
Tal y como ha recordado Quijada, los ayuntamientos están obligados a realizar este cambio después de que el Parlamento Vasco aprobara el pasado 23 de abril la Ley 7/2012, que modifica diversas normativas para adaptarlas a la Directiva Europea de Servicios. En resumen, esta ley implica: el mantenimiento, en un número sensiblemente inferior, de las licencias de actividad, así como la desaparición, a efectos prácticos, de la licencia de apertura y su sustitución por un nuevo régimen de comunicación previa. Asimismo, recientemente el Gobierno de España aprobó el Real Decreto Ley 9/2012 de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y Determinados Servicios, donde se establece un listado de actividades en las que el control administrativo siempre es posterior a la apertura.
En la ordenanza fiscal aprobada ayer por el Pleno con los votos a favor de todos los grupos políticos salvo el PNV, que se abstuvo, se introduce también como novedad la fijación de límites mínimos y máximos en la tasa que deben abonar los establecimientos, atendiendo a dos factores: el valor del suelo (a efectos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la superficie. Se entiende, en este sentido, que a mayor superficie mayor complejidad en la gestión del control administrativo y la verificación de que todo está en orden.
Cálculo de la tasa
La tasa se calculará generalmente aplicando a la base imponible, que se calcula en función de esos dos factores, un tipo de gravamen del 4%. Se ha hecho una escala por metros cuadrados. El importe mínimo será de entre 240 y 490 euros para las actividades que ocupan hasta 50 metros cuadrados, mientras que el máximo será de entre 2.650 y 15.500 euros y lo pagarán las actividades que tengan más de 1.000 metros cuadrados. En ningún caso estos cambios supondrán un aumento de las tasas
Se establece, eso sí, una cuota fija de 15.500 euros -es decir, la cantidad más alta posible- tanto a los bancos como a las cajas de ahorro y demás entidades de crédito, así como a los comercios de empeño o compra-venta de oro y otros metales preciosos. "Esto lo hemos hecho porque entendemos que se trata de empresas que tienen una capacidad económica mucho mayor a lo normal", ha explicado la concejal.
En las actividades sujetas a la tramitación de una licencia de actividad clasificada dentro de la Ley General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, el tipo de gravamen experimentará un incremento del 100%. Y en las que son de carácter temporal -como mucho de tres años- se aplicará una reducción de entre el 35% y el 70%.
La ordenanza también prevé la compensación de las tasas municipales vinculadas al inicio de la actividad empresarial, con el fin de apoyar a las personas emprendedoras y a las pequeñas empresas.
En 2010 se tramitaron y aprobaron 181 licencias de apertura por valor de 139.446,75 euros, mientras que el año pasado fueron 204 los expedientes que recibieron el visto bueno municipal por un importe de 184.692,35 euros.
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> 24/05/2012. El megabazar chino de Retuerto abrió sin licencia y el Ayuntamiento se enteró por el periódico
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> 04/04/2012. El Ayuntamiento abre expedientes sancionadores por ruidos a bares tras años sin multas
15/12/2010. Los comerciantes de Bizkaia afirman que los planes urbanísticos de Megapark "son ilegales" desde 2005
Anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia número 115, de 15 de junio de 2012
Ayuntamiento de Barakaldo
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 3/98, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV 59 de 27.03.98) se somete a información pública para la concesión de la Licencia de Actividad de los expedientes que a continuación se relacionan:
- Número expediente: AP-60/12.
- Interesado: Litxu Megapark, S.L.
- Actividad: Bazar con actividad hostelera complementaria (cafeteria con uso de cocina).
- Emplazamiento: C.o La Ribera, 1 B, planta baja.
- Número expediente: AP-61/12.
- Interesado: Litxu Megapark, S.L.
- Actividad: Bazar .
- Emplazamiento: C.o La Ribera, 1 B, planta primera.
Durante el plazo de quince (15) días a contar desde el siguiente a la inserción de este edicto en el «Boletín Oficial de Bizkaia», los expedientes se hallan a disposición del público en el Dpto. de Licencias de la Casa Consistorial, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan examinarlos y deducir, en su caso las alegaciones que tengan por conveniente.
Barakaldo, a 6 de junio de 2012.-El Alcalde, Antonio J. Rodríguez Esquerdo
Nota de prensa
El Ayuntamiento de Barakaldo agiliza los trámites para abrir nuevos comercios, empresas y establecimientos hosteleros
– Aprueba la desaparición de la licencia de apertura como régimen de control previo a su funcionamiento, con lo que bastará con comunicar el inicio de la actividad para poder abrir inmediatamente un local
– La nueva ordenanza recoge que los bancos, cajas de ahorros y tiendas de compra-venta de oro deberán pagar la tasa máxima: 15.500 euros
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Barakaldo acordó ayer, por unanimidad, la desaparición de la licencia de apertura como régimen de control de las actividades y su sustitución por un nuevo régimen de comunicación previa, lo que simplificará los procedimientos administrativos y agilizará los trámites a la hora de conceder los permisos. Con esta iniciativa, la institución local se adapta a la Directiva Europea de Servicios, que intenta favorecer la actividad económica en la actual coyuntura de crisis.
Según ha explicado la concejal de Disciplina Urbanística, Medio Ambiente, Sanidad y Consumo, Ana Belén Quijada, hasta la fecha los comercios, locales hosteleros o empresas debían presentar la documentación necesaria y recibir el visto bueno de los técnicos para, previo pago de la tasa correspondiente, lograr una licencia de apertura. Por tanto, existía un control previo de la actividad; es decir, no se podía ejercer esta actividad hasta que no se tenía todo en regla.
Pero esta fórmula ya no será válida. Ahora, bastará enviar una comunicación al Ayuntamiento para poder iniciar la actividad. Será posteriormente cuando los técnicos municipales visiten las instalaciones y concedan o no la licencia correspondientes, previo pago de la tasa.
Adaptarse a la Ley
Tal y como ha recordado Quijada, los ayuntamientos están obligados a realizar este cambio después de que el Parlamento Vasco aprobara el pasado 23 de abril la Ley 7/2012, que modifica diversas normativas para adaptarlas a la Directiva Europea de Servicios. En resumen, esta ley implica: el mantenimiento, en un número sensiblemente inferior, de las licencias de actividad, así como la desaparición, a efectos prácticos, de la licencia de apertura y su sustitución por un nuevo régimen de comunicación previa. Asimismo, recientemente el Gobierno de España aprobó el Real Decreto Ley 9/2012 de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y Determinados Servicios, donde se establece un listado de actividades en las que el control administrativo siempre es posterior a la apertura.
En la ordenanza fiscal aprobada ayer por el Pleno con los votos a favor de todos los grupos políticos salvo el PNV, que se abstuvo, se introduce también como novedad la fijación de límites mínimos y máximos en la tasa que deben abonar los establecimientos, atendiendo a dos factores: el valor del suelo (a efectos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la superficie. Se entiende, en este sentido, que a mayor superficie mayor complejidad en la gestión del control administrativo y la verificación de que todo está en orden.
Cálculo de la tasa
La tasa se calculará generalmente aplicando a la base imponible, que se calcula en función de esos dos factores, un tipo de gravamen del 4%. Se ha hecho una escala por metros cuadrados. El importe mínimo será de entre 240 y 490 euros para las actividades que ocupan hasta 50 metros cuadrados, mientras que el máximo será de entre 2.650 y 15.500 euros y lo pagarán las actividades que tengan más de 1.000 metros cuadrados. En ningún caso estos cambios supondrán un aumento de las tasas
Se establece, eso sí, una cuota fija de 15.500 euros -es decir, la cantidad más alta posible- tanto a los bancos como a las cajas de ahorro y demás entidades de crédito, así como a los comercios de empeño o compra-venta de oro y otros metales preciosos. "Esto lo hemos hecho porque entendemos que se trata de empresas que tienen una capacidad económica mucho mayor a lo normal", ha explicado la concejal.
En las actividades sujetas a la tramitación de una licencia de actividad clasificada dentro de la Ley General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, el tipo de gravamen experimentará un incremento del 100%. Y en las que son de carácter temporal -como mucho de tres años- se aplicará una reducción de entre el 35% y el 70%.
La ordenanza también prevé la compensación de las tasas municipales vinculadas al inicio de la actividad empresarial, con el fin de apoyar a las personas emprendedoras y a las pequeñas empresas.
En 2010 se tramitaron y aprobaron 181 licencias de apertura por valor de 139.446,75 euros, mientras que el año pasado fueron 204 los expedientes que recibieron el visto bueno municipal por un importe de 184.692,35 euros.