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El Tribunal de Cuentas anuncia la apertura de acciones contra el exdirector del Teatro Barakaldo

El Tribunal de Cuentas han anunciado la apertura de "actuaciones previas" contra el exdirector del Teatro Barakaldo, Gonzalo Centeno, por el supuesto "pago sin justificación" por importe de 20.922,15 euros mientras el acusado gestionaba el centro cultural. El edicto, que advierte que este desembolso provocó un "descubierto" en los fondos del Ayuntamiento, emplaza al propio Centeno así como al Ministerio Fiscal y a la representación legal del Consistorio a personarse en esta causa de manera urgente.

Archivo |
> 2/1/2012. El Tribunal Superior condena al Teatro Barakaldo a pagar 6.400 euros su exdirector despedido
> 1/4/2011. El exdirector del Teatro Barakaldo denuncia irregularidades del alcalde y asegura que la mala gestión y su despido han costado un millón de euros
> 26/3/2011. El juez niega el acoso laboral que el PSE utilizó como argumento para despedir al director del Teatro Barakaldo
> 14/7/2010. La justicia declara improcedente el despido del director del Teatro Barakaldo
> 14/7/2010. El PSE se muestras "satisfecho" tras la sentencia que fija en 170.000 euros la indemnización por despido "improcedente" del exdirector del Teatro Barakaldo
> 1/6/2010. El Teatro Barakaldo registra 19 años de 'irregularidades' sin que intervenga el Ayuntamiento
> 1/6/2010. Ángel 'Txentxo' Asensio, nuevo director del Teatro Barakaldo
> 24/11/2009. Los socialistas despiden al ex secretario del PSE como director del Teatro Barakaldo tras 19 años

Las fechas y los datos del escándalo por el director del Teatro Barakaldo







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TRIBUNAL DE CUENTAS

EDICTO relativo al procedimiento de reintegro por alcance n.º A208/11 del ramo de entidades
locales (Ayuntamiento de Barakaldo).
Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por la Consejera del
Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia
de fecha veintidós de diciembre de dos mil once, dictada en el procedimiento de reintegro por
alcance n.º A208/11, del Ramo de EE.LL. (Ayuntamiento de Barakaldo), provincia de Bizkaia,
que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo del abono de pagos sin justificación,
produciéndose un descubierto en los fondos del Ayuntamiento de Barakaldo por importe de veinte
mil novecientos veintidós euros con quince céntimos (20.922,15), lo cual se hace saber con la
finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de
responsabilidad contable puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del
plazo de nueve días.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2011.
El Letrado Secretario,

CARLOS CUBILLO RODRÍGUEZ.
En el procedimiento de reintegro por alcance n.º A208/11, se ha dictado por la Consejera de
Cuentas, la siguiente:

«Providencia.– Consejera de Cuentas: doña Ana María Pérez Tórtola. Madrid, a veintidós de
diciembre de dos mil once. Dada cuenta; por recibidas en esta Sección de Enjuiciamiento las
actuaciones previas n.º 218/10, del Ramo de EE.LL. (Ayuntamiento de Baracaldo), provincia de
Bizkaia, seguidas contra don Gonzalo Centeno Anta, como consecuencia del abono de pagos sin
justificación por importe de veinte mil novecientos veintidós euros con quince céntimos (20.922,15);
turnado el procedimiento al proveyente, y visto su contenido y lo que determinan los artículos 68
en relación con el 73, apartado 1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal
de Cuentas, anúnciese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de este
Tribunal, en el Boletín Oficial del Estado y en el de la Comunidad del País Vasco, los hechos
supuestamente motivadores de responsabilidad contable y, emplácese al Ministerio Fiscal, al
representante legal del Ayuntamiento de Baracaldo y a don Gonzalo Centeno Anta, a fin de que
comparezcan en autos, personándose en forma, dentro del plazo de nueve días. Notifíquese esta
resolución a las partes, con la advertencia de que contra esta providencia cabe interponer recurso
de reposición en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación, ante esta
Consejera de Cuentas en virtud de lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en relación con el artículo 80 de la
Ley 7/1988, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. Así lo acuerda y firma la Consejera de
Cuentas, de lo que doy fe. La Consejera de Cuentas: Ana María Pérez Tórtola. Ante mí. El Letrado
Secretario: Carlos Cubillo Rodríguez. Firmados y rubricados


Lo que se notifica a Vd. a los efectos de lo ordenado en la transcrita Providencia.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente por duplicado –en el que
Vd. firmará el «recibí» del original– en Madrid a veintidós de diciembre de dos mil once.

EL LETRADO SECRETARIO.