• La feria lleva dos años sin cubrir objetivos de metros cuadados alquilados y número de asistentes • El Gobierno Vasco le ha exigido "un plan de ajuste que permita minimizar las importantes pérdidas de explotación" •
La situación económica de la feria de muestras en Ansio se confirma preocupante, como admite el Gobierno Vasco, y además ya perjudica al Ayuntamiento de Barakaldo. Y es que Bilbao Exhibition Centre (BEC) ha solicitado un aplazamiento de 10 meses —y ya van dos retrasos— en el pago de sus impuestos municipales. El 21 de octubre obtuvo del Consistorio el aplazamiento hasta el 10 de enero del pago de 410.543,87 euros en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) e Impuesto de Actividades económicas (IAE). Ahora, justo tres meses después, la feria ha pedido —y conseguido— que se retrase otra vez hasta el 10 de octubre de 2012 el abono de la contribución urbana. El Ejecutivo autonómico ha reconocido que la feria registra una "pérdida de explotación importante" con "gastos de explotación muy superiores a los ingresos de explotación. Pese a los comunicados oficiales que hablan de éxito en sus convocatorias, el Gobierno Vasco señala que en los dos últimos años "tanto los metros cuadrados alquilados como el número de asistentes no han cubierto los objetivos".
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> 21/1/2012. Unda califica de "grave" la situación económica de BEC que tiene una actividad que no cubre las expectativas y provoca pérdidas de explotación
> 31/5/2011. Gobierno Vasco destina 12 millones de euros para la ampliación de capital de Bilbao Exhibition Centre
> 14/1/2011. BEC generó un impacto económico de 80 millones de euros durante el pasado año 2010 y atrajo a más de un millón de personas a sus instalaciones
> 15/1/2010. BEC generó un impacto económico de 69,6 millones de euros en 2009
> 19/1/2010. BEC generó un impacto económico de más de 92,6 millones de euros en 2008
> 20/1/2009. La actividad de BEC generó un impacto de 92,6 millones durante 2008
Junta local de Gobierno de 13 de enero de 2012
Propuesta de aprobación, si procede, de la solicitud presentada por BILBAO EXHIBITION CENTRE S.A., interesando aplazamiento de pago hasta el día 10 de octubre de 2012, de la deuda tributaria en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles
Junta local de Gobierno de 21 de octubre de 2011
749/34/2011-12.- Aprobación, si procede, de la propuesta de aplazamiento de pago hasta el 10 de enero de 2012, a la MERCANTIL BILBAO EXHIBITION CENTRE, S.A., en concepto de liquidaciones del Impuesto de Bienes Inmuebles e Impuesto de Actividades Económicas del ejercicio 2011.- Resultando que con fecha 7 de octubre de 2011 (Nº Registro de Entrada 31278), el contribuyente BILBAO EXHIBITION CENTRE, S.A. (C.I.F. A95135984) ha presentado ante el Ayuntamiento de Barakaldo escrito solicitando aplazamiento de pago hasta el 10 de enero de 2012 con dispensa de garantías, del importe pendiente de pago en periodo voluntario por recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y/o Impuesto de Actividades económicas (IAE) del ejercicio 2011 por importe total de 410.543,87 €.
Considerando que la regulación aplicable a la concesión de aplazamientos y frac-cionamientos de pago se encuentra contenida en la Ordenanza Municipal de Recaudación vigente, arts. 7.1 a 7.7.
Considerando que el apartado 6 del art. 7.5 de la Ordenanza Municipal de Recau-dación vigente establece que por razones especiales y justificadas la Junta de Gobierno Local podrá aprobar, de forma motivadas, la exención total o parcial de garantías.
Considerando que el órgano competente que posee la facultad de concesión de aplazamiento o fraccionamiento de deudas que superen los 10.000,00 € resulta ser, a pro-puesta de la Concejal Delegada del Área de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana, Economía, Hacienda, Patrimonio e Innovación Tecnológica y según Decreto de Alcaldía nº 05525 de fecha 16 de junio de 2011 que modifica el Decreto de Alcaldía nº 05367 de fecha 11 de junio de 2011, la Junta de Gobierno Local, por delegación de atribuciones de la Al-caldía.
A propuesta de la Concejal Delegada del Área de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana, Economía, Hacienda, Patrimonio e Innovación Tecnológica, la Junta de Go-bierno Local, previa deliberación, por UNANIMIDAD, ACUERDA:
PRIMERO.- Conceder aplazamiento de pago hasta el 10 de enero de 2012 a la mercantil BILBAO EXHIBITION CENTRE, S.A. (C.I.F. A95135984), de la deuda total de 410.543,87 €, en concepto de liquidaciones del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y/o Impuesto de Actividades económicas (IAE) del ejercicio 2011.
SEGUNDO.- La liquidación de intereses calculada al tipo de interés legal de demora del 5,00% hasta el 10 de enero de 2012, se estima en 4.780,31 €. Se recalcularán automá-ticamente los intereses de demora devengados si se produce cualquier modificación en las condiciones de este aplazamiento, o varía el tipo de interés legal de demora.
TERCERO.- El pago aplazado ascenderá a la cantidad de 415.324,18 €, incluyendo intereses de demora, ajustándose las posibles diferencias.
CUARTO.- El pago se realizará mediante domiciliación bancaria, en la cuenta nº 2100-1550-28-0200136138, indicada por el contribuyente en su solicitud de aplazamiento, procediéndose a realizarle el cargo el día 10 de enero de 2012.
QUINTO.- El impago del aplazamiento de una deuda en período voluntario implicará su exigencia por vía de apremio, con los correspondientes recargos e intereses. El impago de un aplazamiento o fraccionamiento de deuda que se encontraba en vía ejecutiva su-pondrá la continuación del procedimiento de apremio, iniciándose sin más las actuaciones de embargo.
SEXTO.- Notifíquese el presente acuerdo a BILBAO EXHIBITION CENTRE, S.A. (C/ Roda de Azkue, 1, 48902 Barakaldo-Bizkaia), y devuélvase el expediente a Tesorería.
SÉPTIMO.- Contra el presente acuerdo, que pone fin la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante este mismo órgano, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto, o bien directa-mente Recurso Contencioso-Administrativo ante el JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE BILBAO, en virtud de la distribución de competencias prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso Administrativa (B.O.E. nº 167 de 14 de julio de 1998) modificada por la disposición adicional decimocuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre (B.O.E. nº 309, de 26 de diciembre de 2003), en el plazo de DOS MESES contados, igualmente, a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48.2, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285 de 27 de noviembre de 1992), en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 (B.O.E. nº 12 de 14 de enero de 1999).
De formularse Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Así mismo podrá interponerse cualquier otro recurso o acción que considere conve-niente para la mejor defensa de sus derechos.
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