De noche y con pantallas el colegio Gurutzeta soportará ruido por encima de los 55 decibelios legales
• La Diputación reduce su intervención a colocar pantallas que ni siquiera logran que colegios y el ambulatorio cumplan los niveles legales • La Diputación (PNV) no lo prevé y se va a limitar a colocar pantallas que apenas mejorarán la situación entre un 4% y un 6%, pero los informes técnicos no dejan lugar a dudas: "Para lograr cumplir los niveles de ruido fijados por la ley la solución pasaría por la cubrición total o parcial de varios ramales y del tronco de la A-8 a su paso por La Paz y Beteluri". Es la conclusión del Centro de Acústica Aplicada (AAC), que ha realizado el estudio sobre los niveles de ruido que soporta la población de Cruces. La institución foral únicamente ha aceptado instalar paneles de unos cuatro metros de altura y ha desestimado el resto de opciones para cumplir la Ley del Ruido: poner pavimento drenante o rebajar la velocidad en la A8. Dado que la medida adoptada no resuelve el problema, los técnicos sugieren que "otra alternativa sería conseguir que al menos que cumplan los Objetivos de Calidad Acústica (OCA) en el interior de todos los edificios" con la "mejora del aislamiento de las fachadas", aunque los niveles sólo se lograrán "con la ventana cerrada".
> Conclusiones del estudio acústico
> Ni con pantallas de 6 metros se cumple la ley
> Gráfico. Niveles de ruido nocturno en La Paz y Beteluri
> Gráfico. Resultados en Cruces con la colocación de pantallas
> Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido
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> 28/8/2011. La Diputación bloquea en Cruces medidas contra el ruido de la autopista A8 que aplica en Retuerto
> 25/8/2011. Un estudio revela que las pantallas antiruido en la A8 en Cruces apenas mejoran la situación
> 24/8/2011. La mayoría de los edificios de La Paz y Beteluri soportan ruidos por encima de los niveles legales
> 21/7/2011. La Diputación instalará pantallas acústicas en la autopista A8 a su paso por Beteluri y La Paz
> 10/11/2009. La Diputación invertirá 5 millones de euros en la instalación de pantallas acústicas en la A-8 a su paso por Retuerto
Conclusiones del estudio acústico
Para el análisis de soluciones llevado a cabo se ha considerado un escenario futuro, año 2.016 para el Bº de La Paz, que tras la puesta en servicio de la Variante Sur Metropolitana, supondrá una disminución de los niveles de ruido de las viviendas afectadas entre 1-2 dB(A). Para el Bº de Beteluri se ha considerado un escenario de tráfico actual ya que con la entrada en funcionamiento de la VSM los niveles de ruido apenas sufren variación.
A pesar de esta disminución, los niveles de ruido superan ampliamente los OCAs establecidos, por lo que se proponen varias soluciones para mitigar la molestia producida por la carretera.
Tras descartar la actuación en la emisión con la disminución de la velocidad o el tratamiento drenante de la calzada, se han estudiado 3 posibles alternativas de apantallamiento para cada uno de los dos Barrios que si bien no consiguen restablecer los niveles de ruido por debajo del OCA en los edificios más afectados (que en la situación actual los superan en más de 10 dB(A)), si supone una mejora en el ambiente sonoro de la zona, con una reducción de la población afectada del 6% en el caso del Bº de La Paz y alrededor del 5% en el Bº de Beteluri.
Las pantallas benefician principalmente a las plantas bajas de los edificios más expuestos sin conseguir disminuir los niveles en las viviendas más afectadas, alcanzándose incluso 65 dB(A) durante el periodo noche.
El aumento de altura de la pantalla supone mejorar 1 ó 2 dB(A) en una planta superior de las viviendas afectadas, siendo la de 6 m. la que más beneficio aporta en las plantas bajas-medias.
Otra alternativa de solución sería conseguir que al menos se cumplan los OCAs en el interior de todos los edificios, para lo cual se pueden analizar otro tipo de soluciones como es la mejora de aislamiento de fachadas de los edificios afectados.
Sin embargo la solución del aislamiento debe adoptarse cuando se descartan las actuaciones en la emisión y en la propagación, puesto que sólo proporciona beneficio en el interior de los edificios tratados y con la ventana cerrada, pero podría permitir cumplir los niveles de ruido en el interior, que es el requisito final a largo plazo que establece la Ley 37/2003 del Ruido para este tipo de situaciones.
Previo a la colocación de la pantalla o de la solución que se decida se deberían adecuar ésta, revisando el dimensionamiento y su definición acústica, tanto al proyecto constructivo, teniendo en cuenta las limitaciones y condicionantes constructivos, como al diseño estético.
Ubicación de las pantallas a instalar
Resultado de las pantallas de cuatro metros de alto
Resultado de las pantallas de cinco metros de alto
Resultado de las pantallas de seis metros de alto