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El pleno facilita la instalación de ascensores y 'legaliza' los planes urbanísticos de Sefanitro y centro comercial Los Fueros

Los edificios de viviendas con huecos de 80 centímetros podrán a partir de ahora instalar ascensor. El recorte en 10 centímetros del espacio necesario, así como la previsión de que se pueda expropiar por el Ayuntamiento suelo para facilitar la colocación del elevador forman parte de la modificación de normas que ha aprobado por unanimidad del pleno de la Corporación. Así mismo, los concejales han acordado, por mayoría, ratificar la modificación de las normas urbanísticas para, de este modo, 'legalizar' las operación inmobiliarias de Sefanitro y el centro comercial Los Fueros Boulevard que fueron anuladas por sentencia del Tribunal Supremo. En el caso de Sefanitro, la izquierda 'abertzale' ha augurado más recursos ante la justicia.


Nota de prensa. Área de disciplina urbanística, medio ambiente, sanidad y consumo
El Pleno de Barakaldo aprueba una ordenanza para facilitar la instalación de ascensores
La normativa reduce el número de metros necesarios para colocar elevadores a través del ancho de la escalera y permite expropiar suelo

Instalar un ascensor en un edificio de viviendas es desde hoy mucho más sencillo en Barakaldo. El Pleno Municipal ha aprobado esta mañana por unanimidad, en sesión extraordinaria, la propuesta del equipo de Gobierno socialista para instaurar una nueva ordenanza municipal que facilite la accesibilidad a las personas con movilidad reducida -minusválidos, personas mayores, etc.- a sus domicilios. Se trata de una medida de marcado carácter social que “en el futuro mejorará la calidad de vida de muchos baracaldeses”, según explica la concejala de Disciplina Urbanítica, Ana Belén Quijada.

“Queremos que una persona no se vea obligada a trasladarse a otra vivienda simplemente por haberse quedado impedida y no poder instalar ascensor en su edificio”, ha explicado Quijada. Se prevé que diez comunidades de vecinos se beneficien de la nueva ordenanza a corto plazo. Hasta hace poco no existía una demanda excesiva para pensar en elaborar una ordenanza que regularara especificamente la instalación de ascensores. La práctica habitual de quien tenía problemas de movilidad era comprar una nueva vivienda con ascensor. Pero la crisis ha provocado que los ciudadanos tengan menos recursos para comprar nueva vivienda y la edil espera un aumento de la demanda, porque la mayoría de los ciudadanos con movilidad reducida se quedarán en su antiguo piso.

La nueva Ordenanza Municipal Reguladora de la Mejora de las Condiciones de Accesibilidad en Edificios Existentes viene, precisamente, a flexibilizar los requisitos que deben cumplir las comunidades de propietarios para colocar los elevadores. De este modo, se reducirá el número de metros necesarios para instalar el ascensor en el ancho de la escalera, que pasará de los 0,90 actuales a 0,80. Se contempla, eso sí, la posibilidad de reducir esa cifra en algunos casos especiales, siempre respetando unos mínimos de seguridad y habitabilidad.

CAPACIDAD PARA EXPROPIAR

Actualmente, hay cuatro alternativas para instalar un ascensor en un edificio antiguo -es decir, que no sea de nueva construcción-: por el interior del inmueble (normalmente el hueco de la escalera), por el patio, por el exterior del edificio sobre un espacio libre privado y por el exterior del edificio sobre un dominio público, en este último caso previa autorización municipal para ocupar el suelo.

En cada solicitud de licencia debe razonarse la elección de la alternativa escogida de entre las relacionadas, dando prioridad a la que ofrezca la mejor solución a los problemas de accesibilidad. Y es que, con la nueva ordenanza, se prima la eliminación de barreras arquitectónicas, pero siempre dentro de las las condiciones mínimas de utilidad y habitabilidad de los edificios -iluminación, ventilación...- y de seguridad para el conjunto de los residentes de un edificio.

La ordenanza viene a cumplir también una de las exigencias de la Ley del Suelo: que, llegado el caso, los ayuntamientos tienen la capacidad de expropiar suelo para posibilitar la instalación de ascensores.

Hasta ahora, en Barakaldo el Código Técnico de la Edificación y el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) regulaban la instalación de ascensores en edificios, donde no se contemplaba la expropiación.

MÁS ASUNTOS DEL PLENO

En el mismo Pleno, se han aprobado definitivamente por mayoría absoluta otras dos iniciativas: el Plan Especial de Renovación Urbana (PERI) en el área de Sefanitro -donde están previstos 2.000 pisos, una gran zona verde y dos rascacielos- y la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en el sector de Castilla-Munibe.