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El PP de Barakaldo denuncia "ilegalidades" en los pliegos del servicio de ayuda a domicilio

• La actual concesionaria, Syasbro, intenta ocultar que su accionista principal debe 260.000 euros a la Seguridad Social •
"No se ajustan a la ley vigente". Es lo que asegura la portavoz del PP en el Ayuntamiento de Barakaldo en relación a los pliegos de condiciones que Alcaldía aprobó para contratar el servicio municipal de ayuda a domicilio. El argumento es que el equipo de Gobierno intenta exigir que se cumpla una norma de calidad ambiental a pesar de que no tiene, en principio, ninguna relación con el tipo de servicio prestado. El PP ha revelado además que, durante la revisión de ofertas, se ha conocido que la actual concesionaria, la polémica Syasbro, intenta de nuevo ganar el concurso, de cerca de 12 millones de euros. Para ello, su accionista mayoritario ha "intentado esconder" sus deudas con la Seguridad Social transfiriéndolas a una nueva sociedad, SAIS.


Nota de prensa 
La Portavoz del Partido Popular de Barakaldo, Amaya Fernández, ha denunciado en la primera reunión que ha celebrado la mesa de contratación que debe proponer la adjudicación del servicio de ayuda a domicilio, las ilegalidades que contienen los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir este contrato administrativo. 

Los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares aprobados por el equipo de gobierno socialista (Decreto del Alcaldía 6560 de 4 de agosto) establecen en el apartado 15 la obligación de que los licitadores, esto es las empresas que deseen presentarse al concurso, estén en posesión del certificado de calidad Norma ISO 14001, una certificación sobre normas de gestión medioambiental. 

Los Populares consideran que este requisito contraviene el principio de igualdad de trato y de no discriminación en los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos, y por ello han entregado un documento al Alcalde, que actúa en funciones de Presidente de la Mesa de Contratación, al Secretario General y al Interventor en el que se citan todas las referenciales legales que concluyen la no adecuación de los Pliegos a la Legislación vigente. 

La Ley 30/2007 de 30 de octubre de contratos del sector público, el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, la legislación comunitaria Directiva 2004/18/CE, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, Sentencia C-513/99 de 17 de septiembre, así como sendos informes de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, establecen que la Norma ISO 14001 sólo podrá ser exigida cuando el criterio medioambiental esté vinculado al objeto del contrato. 

 “Se trata de un contrato que se define como un servicio social, integral, polivalente y comunitario, dirigido a familias o personas, que tengan dificultades para valerse por sí mismas en la realización de las actividades de la vida diaria. Se desarrollan en consecuencia funciones de atención doméstica y cuidado personal que no conllevan eventuales repercusiones medioambientales. 

El contrato no exige suministro de producto alguno, ni pautas para el ahorro de energía eléctrica u otras energías en los hogares, ni se generan residuos, ni por supuesto se emplean productos tóxicos o peligrosos. Es incomprensible que se exijan certificaciones de calidad medioambiental de las que lógicamente carecen la mayoría de empresas, asociaciones y fundaciones que trabajan en el ámbito de los servicios sociales. Nuestra máxima preocupación es que esta exigencia ha podido impedir que se presenten más empresas”. 

 Otro de los apartados de los Pliegos sobre el que el PP de Barakaldo tiene serias dudas es el de mejoras. “Lo habitual es que los Ayuntamientos permitan a las empresas que concursan presentar todas las mejoras que quieran siempre y cuando guarden relación con el objeto del servicio. Los socialistas por el contrario han decidido limitarlas a dos, admitiendo únicamente las técnicas que mejoren la calidad de vida del usuario y limpiezas de choque en los domicilios, y con unos importes máximos que se corresponden con un 0,3% del presupuesto máximo de licitación, por lo que a pesar de que el presupuesto máximo de licitación es de 11.030.000 euros las mejoras que ofrecen las empresas no pueden superar los 66.000€. 

“Creemos que las empresas deberían poder proponer todas las mejoras que quieran, porque eso redundaría en un mejor servicio para los usuarios ya que no tienen costo alguno para las arcas municipales”. Además, el apartado de mejoras técnicas podría incurrir en duplicidad de subvenciones públicas, ya que a través de GIZATEK, programa dependiente del Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Vizcaya, se gestionan ayudas económicas para la adquisición de productos que mejoren la vida cotidiana de las personas con discapacidad o dependencia. 

 Los técnicos presentes en la Mesa de Contratación han advertido que una de las empresas que concurre, SYASBRO, incurriría en uno de los supuestos que imposibilita contratar con la Administración según los artículos 49.3 y 50 de la Ley de Contratos, ya que su principal accionista, SYASDO, acumula 260.000€ de deuda con la Seguridad Social. 

Para intentar esconder esta situación al Ayuntamiento, SYASDO S.L. principal accionista de SYASBRO con el 98,3%, habría cedido en marzo sus acciones a SAIS, heredando por tanto la mencionada deuda. Descubierta esta situación, SYASBRO dispondrá de 10 días para realizar las alegaciones que crea oportunas. 

“Será misión imposible que SYASBRO pueda demostrar que no incurre en prohibición para contratar ya que la Ley señala que las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas”, apostilló la edil popular.