Barakaldo, 3 abr 2025. La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a 75 días de trabajos para la comunidad a una mujer que, tras una discusión, golpeó a su novio y le insultó llamándole cabrón y maricón, además que acudir a la Policía Municipal a denunciarle por violencia de género. La ahora sentenciada por maltrato e injurias en el ámbito de la violencia doméstica ya tenía una condena firme de 20 días por hechos similares.
Los hechos se registraron en una vivienda de Barakaldo a media tarde del 10 de junio de 2023, cuando se inició una disputa en la habitación que la pareja compartía en un piso con otras personas. Durante la discusión, el varón pidió a la mujer que saliera del dormitorio y entonces él cerró con pestillo, a lo que la novia respondió con golpes y patadas a la puerta. Ante ello, el hombre abandonó la habitación, momento en que su pareja lo empujó y le dio un golpe en la nuca mientras le insultaba.
La novia acudió a la comisaría de la Policía Municipal y acusó de violencia de género al varón, que fue temporalmente detenido por ello. Al regresar a la vivienda, se encerró en la habitación. La mujer volvió a golpear la puerta hasta que el novio le entregó una mochila con sus bienes, según consta en el fallo al que ha tenido acceso 'Barakaldo Digital' y que indica que hubo testigos del altercado.
El tribunal recoge en la resolución que la ahora sentenciada fue ejecutoriamente condenada como autora de un delito de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica por sentencia firme de 16 de enero de 2023 dictada por el juzgado de lo penal número 6 de Bilbao, con una la pena, entre otras, de 20 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
El nuevo incidente supone para la mujer la condena como autora penalmente responsable de un delito de maltrato en el ámbito familiar, "concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia" y le impone 70 días de trabajos en beneficio de la comunidad o, alternativamente, 10 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Además, también se establece la prohibición de aproximarse a su novio, "a su domicilio, lugar de trabajo, lugar donde resida o cualquier otro lugar frecuentado por el mismo a una distancia inferior a 300 metros, así como de comunicarse con él por cualquier medio por tiempo de un año y 10 meses, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de dos años y seis meses".
A ello se une la condena por un delito de injurias en el ámbito familiar" a la pena de cinco días de trabajo en beneficio de la comunidad o, alternativamente, a cinco días de localización permanente "siempre en domicilio diferente y alejado" de su novio, al que además no puede aproximarse durante 40 días a menos de 300 metros ni comunicarse con él durante tres meses.
El juzgado de lo penal sentenció también al novio al interpretar que cerrar la puerta del dormitorio para que la mujer no entrara era una coacción en el ámbito de la violencia de género, y le impuso días de trabajos en beneficio de la comunidad o, alternativamente, siete meses de prisión. Sin embargo, la audiencia provincial considera que no está probado, por lo que le absuelve.
La sentencia no es firme y se puede recurrir.