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El Ayuntamiento intenta simplificar las autorizaciones a empresas para colocar postes publicitarios

Barakaldo, 29 sep 2024. El Ayuntamiento de Barakaldo ha abierto un proceso de consulta pública hasta el 16 de octubre para poner en marcha una ordenanza que simplifique el sistema para permitir a las empresas instalar postes publicitarios. Actualmente, el procedimiento dura al menos tres meses porque hay que tramitar un estudio de detalle para cada caso. Por ello, se busca una norma más sencilla. Supuestamente, se terminará también con la "anarquía de elementos, desorden y un paisaje de conjunto sin ningún criterio de composición".


Anuncio del Ayuntamiento de Barakaldo
CONSULTA PÚBLICA PREVIA PARA LA ELABORACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE CARTELERAS, MONOPOSTES Y MONOLITOS O TOTEMS EN BARAKALDO

De conformidad con el art. 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se propone el presente Texto para proceder a la fase de Consulta Pública, a través del portal web del Ayuntamiento de Barakaldo, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura modificación expuesta:

Visto el problema suscitado por determinados promotores de actividades económicas en relación a carteles, monopostes y monolitos o totems que desean colocar en parcelas privadas para publicitar las diferentes actividades que desean implantar en suelos con la calificación global de actividades económicas, y ante la ausencia de una normativa específica, actualmente es necesario tramitar una figura de planeamiento, como es el estudio de detalle. Estos se han de tramitar, caso a caso, para cada una de las actividades que desea colocar algún elemento de los descritos y se ha de definir en cada uno de ellos la ubicación, la altura y el diseño de los mismos. La tramitación de un estudio de detalle conlleva mínimamente un plazo de tres meses.

En aras a perseguir criterios de eficacia y eficiencia administrativa, y a fin de no retrasar las concesiones de las licencias de dichos elementos, se hace necesario redactar la presente ordenanza, que establecerá unos criterios sobre las condiciones para la implantación de los mismos.


a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa

El problema existente en la actualidad es que cada promotor en función de sus marcas comerciales pretende la instalación de dichos elementos respondiendo a unos criterios estéticos que vienen definidos por la propia marca. Ello genera una anarquía de elementos, desorden y un paisaje de conjunto sin ningún criterio de composición. Lo que se busca, por lo tanto, es poder establecer los mecanismos para poder regular un criterio de composición en el paisaje de conjunto que dichos elementos conforman.

La presente ordenanza permitirá establecer las condiciones que deberán cumplir las carteleras, los monopostes y monolitos o totems permanentes, provisionales o temporales situados en las parcelas privadas calificadas globalmente como actividades económicas en Barakaldo.


b) La necesidad y oportunidad de su aprobación

La elaboración de la ordenanza se considera conveniente y resulta oportuna a los efectos de permitir elementos publicitarios en suelos privados destinados a actividades económicas, de una manera controlada y homogénea, y teniendo en cuenta el paisaje en conjunto que configuran.

Igualmente, el tramitar y aprobar la presente ordenanza permitirá no retrasar innecesariamente el trámite de la autorización de obras de las mismas, puesto que hasta ahora era necesario tramitar previamente un estudio de detalle.


c) Los objetivos de la norma

Regular las condiciones que deben cumplir los carteles, los monopostes y monolitos o totems permanentes, provisionales o temporales situados en parcelas privadas con calificación global de actividad económica en Barakaldo.


d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

Supondrá la elaboración de un texto normativo en el que se recojan los siguientes aspectos: el objeto y el ámbito, definición de los conceptos de las instalaciones que son objeto de la presente ordenanza, los requisitos y las limitaciones aplicables a los diferentes soportes y situaciones de la actividad publicitaria, la posibilidad de la instalación de publicidad animada mediante pantallas digitales o similares y sus condiciones, y el régimen jurídico de las mismas.

Esta ordenanza se completará con un plano que defina gráficamente los ámbitos de su aplicación.