La alcaldesa del Ayuntamiento de Barakaldo, ha dictado decreto aprobatorio del padrón fiscal correspondiente al ejercicio 2023, de los contribuyentes afectados por el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Los padrones y matrículas mencionados estarán expuestos al público en la 1.ª planta de la Casa Consistorial, Departamento del IAE, Herriko Plaza s/n por plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia, para examen y reclamación por parte de los legítimamente interesados.
En cumplimiento del artículo 100.3 de la Norma Foral 2/2005 de 10 de marzo, General Tributaria del THB, el presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los tributos y cánones referenciados son de cobro periódico y como tales se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine la exposición al público de los padrones o matrículas.
Al amparo de lo previsto en el artículo 13.2 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones o matrículas podrá formularse ante la alcaldesa recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública como trámite previo a la vía jurisdiccional contencioso administrativa de conformidad con lo dispuesto en el articulo 108 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local.
Si transcurrieran tres meses, desde la interposición del recurso de reposición sin que se notificara su resolución, se entenderá desestimado éste y podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Bilbao, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo de tres meses desde la interposición del recurso de reposición, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
COBRANZA
1. Pago voluntario sin recargo
A) Plazos
Para el Impuesto sobre Actividades Económicas desde el 11 de septiembre al 13 de octubre del año en curso.
B) Lugar y forma de pago
a) Recibos domiciliados: Serán cargados en la cuenta facilitada por el contribuyente.
b) Recibos no domiciliados: Se podrá realizar el pago en cualquier oficina bancaria o cajeros provistos de dispositivos de lectura de las Entidades Colaboradoras del Ayuntamiento de Barakaldo: Kutxabank, Banco Santander, Caixabank, Laboral Kutxa, Banco Sabadell, Caja Rural de Navarra.
Además podrá pagarse a través de Internet, por medio de Pasarela de Pagos que aparece en la página web municipal (www.barakaldo.eus) y MiPago Wallet. También en las Oficinas Electrónicas de Barakaldo sitas en: Herriko Plaza, Casa Cultura Cruces, Centro Cívico Clara Campoamor, Casa Cultura Retuerto, Casa Cultura Zuazo-Arteagabeitia, IMFPB Bituritxa, IMD Polideportivo Lasesarre.
2. Pago ejecutivo con recargo
Transcurrido el plazo indicado para el pago voluntario, se procederá directamente al cobro por la vía de apremio, con el recargo correspondiente más intereses de demora, gastos y costas, exclusivamente en las Oficinas de Recaudación Ejecutiva.
En Barakaldo, a 21 de julio de 2023.—
La alcaldesa, Amaia del Campo Berasategui