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Ninguna empresa se interesa por la obra del ascensor público entre Etxatxu y la plaza de San Luis

Barakaldo, 8 jul 2021. El Ayuntamiento de Barakaldo ha fracasado en su primer intento de contratar las obras para instalar un ascensor público entre la calle Etxatxu y la plaza de San Luis, en Rontegi. La actuación, con un presupuesto máximo de 170.000 euros, no ha conseguido que ninguna empresa se interese, por lo se ha tenido que declarar 'desierto' el concurso. 

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Decreto de Alcaldía 2021/006936, de 7 de julio de 2021
ASUNTO. DECLARAR DESIERTO EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
ADMINISTRATIVO DE OBRAS CUYO OBJETO ES LA INSTALACIÓN DE APARATO ELEVADOR
EN LA CALLE ETXATXU DE BARAKALDO Y MANTENIMIENTO POSTERIOR.

REF.EXP. OS102110.004 / 202100495

Resultando que, a propuesta del concejal delegado del Área de Gestión de Obras y Servicios para los Barrios y la Ciudad, por Resolución de la Alcaldía de fecha 7 de junio de 2021, Nº2021/005493 del Libro de Decretos, la Alcaldía-Presidencia aprobó el Proyecto Técnico de la obra para regir el contrato de referencia; así mismo, aprobó el expediente de contratación y el gasto correspondiente, establecido para este contrato en 140.267,20 €, más 29.456,11 €, en concepto de I.V.A. –tipo impositivo del 21%-, lo que determina un total de 169.723,31 €.

Resultando que la Resolución citada ordenó la publicación del anuncio de licitación, lo que dio lugar a la apertura del procedimiento de adjudicación del contrato, que según los Pliegos aprobados sería abierto simplificado y al precio más bajo.

Resultando que el anuncio de licitación se publicó en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Barakaldo el día 8.06.2021. 

Resultando que el plazo de presentación de proposiciones finalizó a las 13:00 horas del día 28.06.2021, sin que conste en la Plataforma Kontratazio Publikoa Euskadin-Contratación Pública del Sector Público la presentación de proposición alguna. 

Resultando que, ante la ausencia de proposiciones, la Mesa de Contratación en sesión de fecha 1.07.2021, acordó proponer al Órgano de Contratación que declare desierto el procedimiento de adjudicación del contrato de referencia. 

Considerando que el artículo 150.3 de la LCSP faculta al órgano de contratación a declarar desierto aquel procedimiento en los que no se hayan presentado ofertas o proposiciones en el plazo otorgado para ello. 

Considerando que es de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en particular lo dispuesto por el artículo 150.3 de la citada Ley. 

Considerando que son de aplicación las Normas de Control Interno reservadas a la Intervención General aprobadas por Acuerdo nº 49, adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria nº 6/92, de 26 de marzo de 1992.

Considerando que es de aplicación la Norma Municipal de tramitación de los contratos de carácter patrimonial, así como los de carácter administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria nº 19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante Acuerdo nº 211/19/98-5, así como las Disposiciones Complementarias (1) de dicha Norma aprobadas por Decreto de Alcaldía nº 4615/99, de 16 de agosto de 1999. 

Considerando que según lo dispuesto por la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, el órgano de contratación es la alcaldesa-presidenta. 

Por todo lo anterior, a la vista del expediente tramitado y a propuesta del concejal delegado del Área de Gestión de Obras y Servicios para los Barrios y la Ciudad, esta Alcaldía-Presidencia,

PRIMERO.- Declarar desierto el procedimiento de adjudicación del contrato administrativo de obras cuyo objeto es la “INSTALACIÓN DE APARATO ELEVADOR EN LA CALLE ETXATXU DE BARAKALDO Y MANTENIMIENTO POSTERIOR” (Ref. Exp. OS102110.004 / 202100495), por cuanto no se ha presentado ninguna oferta al procedimiento licitatorio publicado y convocado al efecto. 

SEGUNDO.- Ordenar la publicación de este acuerdo en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Barakaldo. 

TERCERO.- Proceder al archivo del expediente tramitado. 

CUARTO.- Ordenar el traslado de la presente Resolución al Área de Gestión de Obras y Servicios para los Barrios y la Ciudad y a la Intervención Municipal de Fondos, con devolución del expediente al Servicio de Contratación una vez gestionado. 

Lo manda y firma la Sra. alcaldesa en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por la Jefa del Servicio de Contratación y Suministros, en funciones y el concejal delegado del Área correspondiente.