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El derribo de la Cooperativa Bide Onera empezará por el edificio histórico

Barakaldo, 25 ene 2019. El edificio histórico será el primero en ser derribado dentro de la operación inmobiliaria que prevé construir 51 viviendas de lujo en el céntrico solar de la Cooperativa Bide Onera. Así lo establece la licencia de demolición que ha concedido el equipo de Gobierno (PNV) del Ayuntamiento, que señala que los trabajos deben empezar antes de tres meses y finalizar en un máximo de 16 semanas desde el inicio.

Las obras en el edificio histórico, que conservará su fachada, se realizarán a mano. A continuación se procederá a la eliminación del inmueble del centro comercial Bide Onera, que actualmente sólo mantiene el supermercado en el bajo. En este caso, también puede comenzar de manera inmediata la retirada de revestimientos y de la maquinaria, de tal forma que cuando se termine con el histórico pueda empezar de inmediato la demolición del moderno.

El segundo derribo arrancará con elementos como el tejado metálico, tuberías, equipos y ascensores, antes de que con se haga con minimaquinaria la demolicición de tabiques, fachadas y forjados, planta por planta. cuando sea posible, una retroexcavadora entrará para eliminar lo que quede de edificio.

La licencia concedida por el Ayuntamiento señala que el andamio "se irá desmontando según se vaya avanzando con la demolición y se desmontará completamente cuando comience la demolición con maquinaria convencional".

Además, el permiso advierte de que hay que tomar medidas especiales porque se van a retirar "instalaciones y tejavana de fibrocemento", producto elaborado con el material cancerígeno amianto, cuya manipulación exige la intervención de equipos con protección extraordinaria.


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Acuerdo de licencia de demolición
Propuesta de aprobación, si procede, de la solicitud presentada por RESIDENCIAL BIDE ONERA S.L., representada por D. NMFR, interesando la concesión de licencia municipal de obras para ejecutar las de demolición del n° 1 de avenida de la Libertad, en Plaza Bide Onera.-

Visto el expediente 18-MA-00090 en el que, en virtud del Acuerdo n0335/28/2018-8 de 20 de julio, la Junta de Gobierno Local procedió a conceder a RESIDENCIAL BIDE ONERA, S.L. Licencia municipal para ejecutar las obras de construcción de 51 viviendas, garajes y trasteros en Plaza Bide Onera, de acuerdo con el Proyecto Básico presentado. La meritada licencia quedaba sometida a un conjunto de determinaciones precisadas en el citado acto administrativo.

Al objeto de posibilitar el proceso edificatorio la mercantil promueve, con fecha 18 de julio, la licencia de derribo de los inmuebles donde se desarrollará la promoción presentando a tal fin Proyecto de demolición del nO 1 de la Avenida de la Libertad (edificio Bide Onera) en Barakaldo, redactado por el ingeniero industrial D. Daniel BO, visado por el COIIBI con fecha 13 de julio de 2018.

La actuación se proyecta sobre dos edificios diferenciados: el fundacional y el del centro comercial. La demolición del edificio fundacional se realizará manualmente, y podrá compaginarse con la retirada de revestimientos y maquinaría del centro comercial, de forma que una vez demolido el primer edificio, el segundo esté preparado para el derribo.

El derribo del edificio del centro comercial se iniciará con una preselección de determinados elementos: cubierta metálica, tuberías y equipos, ascensores, demolición de la hoja interior de las fachadas, para entrar después a una demolición con mini maquinaría de las divisiones interiores, estructuras, fachadas y forjados del edificio, previo apuntalamiento de los mismos.

La demolición se hará planta por planta hasta la cota que permita abrir un hueco para introducir una retroexcavadora convencional para demoler las plantas que resten con la máquina situada sobre la solera de la planta baja.

Finalmente, el andamio se irá desmontando según se vaya avanzando con la demolición y se desmontará completamente cuando comience la demolición con maquinaria convencional.

Vistos los informes emitidos, en cumplimiento del artículo 210 del apartado 4 de la L.S.U., tanto por los Servicios Técnicos de Urbanismo con fecha de 25 de julio, como el evacuado por el Jefe del Servicio de Disciplina Urbanístico calendado el día 15 de enero de 2019 se desprende que el Proyecto Técnico presentado y que ampara dicha solicitud, es conforme con la normativa urbanística aplicable en los términos y con las condiciones que en la parte dispositiva del presente Acuerdo se reproducen.

Consta así mismo el informe favorable, con las determinaciones que más abajo se detallan, emitido por el Servicio Municipal de Infraestructuras datado el 25 de julio. Considerando que el marco jurídico de la pretensión deducida viene determinada por el Plan General de Ordenación Urbana aprobado por Acuerdo Foral de 16 de noviembre de 1999, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia número 155, de 14 de agosto de 2000 y por el Plan Especial de Ordenación Urbana para la definición de la ordenación pormenorizada de la parcela delimitada por la Plaza Bide Onera, Autonomía Kalea y Askatasuna Etorbidea (edificio de la Cooperativa Bide Onera), aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Barakaldo, en sesión ordinaria nO 13/2018, celebrada el día 29 de junio de 2018.

Considerando que, de conformidad con el Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición (BOPV núm. 171, de 3 de septiembre de 2012) es obligación de las personas productoras de residuos y materiales de construcción y demolición procedentes de obra mayor, en el caso de obras sometidas a licencia urbanística, incluir en los proyectos básicos y de ejecución de la obra un estudio de gestión de residuos y materiales de construcción y demolición.

Asimismo, su arto 5 "Fianza" del Decreto 112/2012 establece que los Ayuntamientos exigirán la constitución de una fianza para garantizar la adecuada gestión de los residuos de construcción y demolición procedentes de obra mayor como condición para la obtención de las licencias urbanísticas que otorguen.

El cálculo del importe de la fianza estará basado en el coste de la gestión de los residuos de construcción y demolición, (91.254,12 €) Y representará el 120% de dicho coste. Esto es, asciende en este caso a un valor de 109.504 €. Obra en el procedimiento la Resolución n° 275/2018 de 18 de diciembre de la Dirección General del Consorcio de Transportes de Bizkaia autorizando el derribo.

Dado que esta actuación tiene autonomía propia y su duración es inferior a seis meses no requiere de estudio acústico de impacto acústico para la definición de medidas correctoras del ruido que pueda generar conforme al arto 35.bis.2 del Decreto 213/2012. Considerando que asimismo es de aplicación el Texto Refundido de las Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento de Barakaldo, publicado en los Boletines Oficiales de Bizkaia números 207 y 208, correspondientes a los días 9 y 10 de septiembre de 1992, respectivamente, vigente en la regulación contenida en su Título 1, relativo a lo dispuesto sobre normas, procedimiento y régimen de las licencias con especial referencia a lo establecido en el artículo 48,3 en relación a las de obras de derribo.

Considerando, por último, que la competencia para resolver el presente expediente corresponde al Alcalde-Presidente, tal como dispone el arto 41,9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, publicado en los Boletines Oficiales del Estado número 305, de 22 de diciembre de 1986, y número 12, de 14 de enero de 1987, y que esta competencia fue delegada en la Junta de Gobierno Local por Decreto de Alcaldía nO 04822/2015 de 13 de junio, apartado primero 1.-a),

la Junta de Gobierno Local, previa deliberación, por UNANIMIDAD, ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder a RESIDENCIAL BIDE ONERA, S.L., representada por D. NMFR, Licencia Municipal para ejecutar las obras de demolición del nO 1 de la Avenida de la Libertad, en Plaza Bide Onera, de acuerdo con el Proyecto Técnico presentado y de conformidad con las condiciones siguientes: a)

Con anterioridad al inicio de las obras deberá; - Depositar en la Tesorería Municipal fianza (en efectivo, en valores de deuda pública, mediante aval, contrato de seguro de caución o cualquier otra forma válida en derecho) por importe de 109.504 € en garantía de la adecuada gestión de los residuos, la cual será devuelta previa solicitud de la obligada y tras la acreditación documental de la correcta gestión de los residuos generados.

- Dado que el proyecto contempla la retirada de instalaciones y tejavana de fibrocemento, se observaran las previsiones del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto (BOE n? 86 11-04-2006).

- Cursar, con tres días de antelación a la fecha prevista, el efectivo inicio del derribo (el replanteo se realizó, el 21 de diciembre junto con el sostenimiento de las facadas). - Proceder al reconocimiento de los servicios existentes y gestión oportuna de los mismos. Comunicación a todos los organismos que pueden resultar afectados.

- Anulación de las instalaciones existentes: " Para la desconexión de los servicios públicos de los inmuebles será necesario ponerse en contacto con los servicios municipales correspondientes.

"En cuanto a los privados, luz, gas y telecomunicaciones, se presentará un certificado por escrito de las distintas compañías suministradoras de inexistencia del servicio correspondiente.

"Se protegerán las instalaciones y servicios públicos que puedan resultar afectados por la demolición, como tapas, sumideros, árboles y farolas.

Se dejará prevista una toma de agua para el riego y así evitar la formación de polvo durante los trabajos.

"Se hormigonarán con losa de 25 cms. de espesor y doble mallazo electrosoldado 150x150x10.1Om.m., todas las zonas peatonales utilizadas por el tráfico de camiones y maquinaria destinadas al desescombro.

- Medidas de Seguridad: se delimitará perimetralmente la zona de trabajo mediante vallado de obra y se señalizará adecuadamente. Además, se tomarán las medidas de seguridad necesarias en cuanto a la afección que pueda producir el tránsito de la maquinaria por las calles contiguas a la obra. c) Durante la Ejecución de la Demolición

- El derribo se realizará evitando, en lo posible, la emisión de polvo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ordenanza Municipal Reguladora de Protección del Medio Ambiente de la Contaminación Atmosférica, cuando no sea posible canalizar las emisiones, deberán adoptarse medidas para que a una distancia de 2,5 metros en horizontal desde el límite físico del espacio en que se realiza la actividad, la calidad del aire se mantenga dentro de los límites señalados.

- De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 65 de la Normativa Urbanística Municipal, no se depositarán escombros en la vía pública, manteniendo en todo momento limpia la calzada.

- El desescombro se realizará con camión cargado en el interior del solar. El acceso y salida de los camiones de la obra se realizará desde la intersección de las calles Autonomía y Juan de Garay.

- Afecciones en el mobiliario urbano y recorrido de los camiones: "Todo el mobiliario urbano, señales de tráfico, etc., afectado por la ocupación de instalaciones exteriores necesarias para realizar la obra deberán ser recogidos y, una vez finalizado el derribo, reinstalados.

"Los camiones, como ya se ha indicado, accederán a la obra desde la calle Autonomía intersección con Juan de Garay. Dado que en ese entorno confluyen unos pasos de peatones, habrá que señalizarlos adecuadamente para conocimiento de los viandantes, siendo necesaria la ayuda obligada de señalistas a cargo de la obra.

- El titular de la licencia será el único responsable del correcto mantenimiento de las calles perimetrales de la obra, debiéndose encontrar está limpia en todo momento. Para ello, tomará las medidas necesarias (barredoras, camiones limpiadores, personal de limpieza, etc ... ). En caso contrario, se mandará paralizar los trabajos hasta la subsanación.

 b) Al finalizar la actuación, en el mes siguiente a la conclusión de las obras, deberá presentar:

- Certificación y Liquidación Final (por partidas) y fotografías ilustrativas del resultado de la intervención.

- Informe final de la gestión de residuos y materiales de construcción y demolición con el contenido y alcance que se señala en el artículo 6 del citado decreto conforme al anexo 111 del mismo, esto es, aportar el informe de gestión de residuos firmado por la dirección facultativa de la obra y verificado (el visado no justifica el proceso verificador) por una entidad independiente acreditada por el órgano ambiental o por el colegio correspondiente salvo que dicho informe sea elaborado por entidades acreditadas en materia de suelos contaminados, según se recoge en el Art. 2 del Decreto 407/2013, de 10 de septiembre, de suspensión temporal del Decreto 212/2012, de 16 de octubre, por el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

- Solicitud del replanteo del cierre definitivo del solar. Este cierre será mínimamente de 2,00 m de altura, de chapa grecada opaca, excepto en los quiebros del cerramiento, que llevarán 0,50 m. en la parte superior de malla metálica, permitiendo la visibilidad por ambos lados, e irá atornillado al suelo. La responsabilidad del correcto mantenimiento será del promotor.

- La acreditación de la repararán los daños ocasionados a la propiedad pública. SEGUNDO.- Autorizar la ocupación de la vía pública para la instalación de un vallado en una superficie de 241,65 m2 durante cuatro meses y con las condiciones que se acompañan en el Anexo III.

La autorización para la reserva de un espacio de paso de obra durante la actuación se recabará ante el Departamento de Servicios Municipales con cinco días de antelación a la fecha prevista para su implantación.


TERCERO.- Establecer, bajo sanción de caducidad, un plazo de tres meses para el inicio de las obras y otros cuatro para su ejecución a computar desde el día siguiente a la notificación de la presente licencia, de conformidad con el arto 55 de las Ordenanzas Municipales y de lo preceptuado en el arto 215 y 216 de la L.S.U.


CUARTO.- Notifíquese el presente Acuerdo a RESIDENCIAL BIDE ONERA, S.L., representada por D. NMFR, con domicilio en SAN SEBASTIÁN, 20018, Plaza. José Ma Sert, 10 Bajo.


QUINTO.- Dése traslado del presente Acuerdo al Departamento de Tesorería, de Estadística y al de Infraestructuras.


SEXTO.- Devuélvase el expediente al Area de Disciplina Urbanística, Medio Ambiente y Sanidad. Los efectos de la Licencia otorgada por este Acuerdo son los que establece el arto 52 del TR. de las NN.SS.

La presente licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero o de cualesquiera autorizaciones que de otras administraciones fueran necesarias, no pudiendo invocarse para excluir o disminuir responsabilidades civiles o penales en que pudiera incurrirse en el ejercicio de actividades. Abonará, en su caso, los tributos correspondientes de conformidad con las Ordenanzas Fiscales vigentes.