. La agencia de desarrollo Inguralde, del Ayuntamiento, ha abierto el plazo este 19 de enero el plazo para empresas "con centro de trabajo y actividad económica en Barakaldo" para solicitar ayudas de hasta 10.000 euros por cada contrato indefinido realizado a personas sin empleo entre junio de 2024 y mayo de 2025. Las subvenciones, financiadas por Lanbide, se pueden pedir hasta el 27 de febrero. El presupuesto disponible asciende a 192.279 euros.
Extracto de la Resolución de Presidencia de Inguralde 367/2025, de 17 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a la contratación, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción de empleo, de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo (Boletín Oficial del País Vasco de 31 de julio de 2025). BDNS (Identif.): 869890.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.—Beneficiarios/as
Podrán ser beneficiarse de estas ayudas a la contratación, las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, cualquiera que sea su forma jurídica, que formalicen contratos laborales con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, con centro de trabajo y actividad económica en Barakaldo.
No podrán beneficiarse de las presentes subvenciones:
— Las empresas o entidades solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Las Administraciones Públicas, sociedades públicas, y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
Cuando la solicitante sea una entidad sin personalidad jurídica, ésta habrá de estar dotada de un Número de Identificación Fiscal, presumiéndose, mientras no se demuestre lo contrario, lo establecido en el artículo 393 del Código Civil, en cuanto al importe correspondiente a quien sea partícipe en la entidad.
Segundo.—Objeto
El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión de subvenciones, por parte del Ayuntamiento de Barakaldo a través de su Organismo Autónomo Inguralde, a empresas y entidades para favorecer la formalización de contratos de trabajo con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, en el marco de la Convocatoria de Ayudas para Acciones Locales de Promoción de Empleo para el ejercicio 2025 de Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo («BOPV» 31 de julio de 2025).
Estas ayudas serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
Las contrataciones deberán reunir las siguientes condiciones:
— La persona deberá estar desempleada y figurar inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo el día anterior al del inicio del contrato y no estar dada de alta como trabajador/a en el Régimen General de la Seguridad Social, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, ni el de Artistas.
— Además, la persona a contratar debe estar empadronada en Barakaldo el día anterior al del inicio del contrato.
— No serán objeto de subvención la contratación del o la cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.
— Los contratos serán indefinidos, a jornada completa o tiempo parcial, con un mínimo del 50% de jornada, así como de duración determinada de los artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos, siendo la duración mínima de éstos de 3 meses, con un mínimo de media jornada.
— Los contratos indefinidos deben pervivir durante un período de, al menos, 12 meses.
— Las contrataciones deberán suponer la creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de la persona cuyo contrato se subvencione.
A los efectos del cumplimiento de este requisito, no se tendrán en consideración los contratos que se hayan extinguido por despidos disciplinarios procedentes, dimisión, muerte, discapacidad, jubilación por edad, reducción voluntaria del tiempo trabajado, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, de las personas trabajadoras.
— Podrán ser objeto de subvención las contrataciones cuya fecha de formalización esté comprendida entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de mayo de 2025, ambas fechas incluidas.
— No será objeto de subvención la contratación por la misma empresa de una misma persona trabajadora si ha sido subvencionada en convocatorias anteriores.
— No se concederá más de una subvención por la contratación de una misma persona, aunque la solicitud sea efectuada por diferentes empresas.
Tercero.—Bases reguladoras
Bases reguladoras de las ayudas a la contratación destinadas a la promoción de empleo en Barakaldo publicadas de manera íntegra en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 205, de 27 de octubre de 2022.
Cuarto.—Cuantía
La cuantía total máxima prevista para la presente convocatoria es de Ciento noventa y dos mil doscientos setenta y nueve euros (192.279,00 €), con cargo a la partida presupuestaria: 00100-24120-4710100.
El abono de la ayuda se materializará en un solo pago, tras la justificación del cumplimiento de la misma por parte de la empresa beneficiaria.
La ayuda será de 8.000 euros anuales por cada contrato de trabajo indefinido a jornada completa. En el caso de contratación a tiempo parcial la subvención será proporcional a la jornada trabajada.
La cuantía final, en este caso, no podrá superar el 75% de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
La ayuda será de 3.000 euros por cada contrato de duración determinada de los artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos, a jornada completa de tres meses de duración y ayuda de 6.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración o igual o superior a seis. En el caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre tres y seis meses, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado.
La cuantía final de la ayuda, en este caso, no podrá superar el 75% de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
En el caso de contratación de personas pertenecientes a los colectivos de: personas perceptoras titulares o beneficiarias de RGI/IMV, personas menores de 35 años, personas desempleadas y de alta que hayan estado inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo u otros Servicios Públicos de Empleo durante los 540 días anteriores a la contratación, siempre que en ese período hayan estado en situación de desempleo, al menos, 360 días y personas desempleadas mayores de 55 años, el importe de la ayuda será de 10.000 euros por cada contrato indefinido a jornada completa y de 7.500 euros por cada contrato de duración determinada de los artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos a jornada completa igual o superior a seis meses. En el caso de contratación parcial o por una duración entre tres y seis meses, la subvención será proporcional a la jornada y /o al tiempo trabajado.
La persona contratada deberá pertenecer a alguno de dichos colectivos con anterioridad a la fecha de contratación.
En este caso, la cuantía final no podrá superar el 100% de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
En el caso de contratación a tiempo parcial, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado.
Todas las cuantías de subvención se incrementarán un 10% adicional cuando los contratos se celebren con mujeres. El importe final de la subvención, al aplicarse dichos incrementos, no podrá superar el 100% de los costes salariales y de Seguridad Social de las personas contratadas con cargo a la empresa contratante.
Quinto.—Plazo y lugar de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 09:00 del día 19 de enero de 2026, finalizando a las 14:00 horas del día 27 de febrero de 2026, debiendo realizarse a través del Registro electrónico alojado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Barakaldo, https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo/, en caso de ser un sujeto obligado a relacionarse con la Administración por medios electrónicos.
Si no es sujeto obligado, podrá optar por una de estas dos vías:
— La Sede electrónica del Ayuntamiento de Barakaldo, para lo que deberá disponer de certificado electrónico https://www.barakaldo.eus/OficinaVirtualBarakaldo/
— El registro de entrada del Organismo Autónomo Municipal Inguralde, sito en Barakaldo, calle Aldapa, 3 A.
Deberá presentarse una solicitud por cada persona a contratar, adjuntando a la misma la documentación requerida.
En la solicitud de subvención se deberá indicar la jornada del contrato a subvencionar.
Sexto.—Otros datos
— Criterios de otorgamiento: Los establecidos en el punto sexto de la convocatoria.
— Procedimiento: Concurrencia competitiva.
— Documentación a presentar: La establecida en el punto séptimo de la convocatoria.
— Órgano competente para la concesión: Presidencia del Organismo Autónomo Inguralde.
— Plazo de resolución: Seis meses contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En Barakaldo, a 18 de noviembre de 2025.—El Presidente, David Solla Varela
El Ayuntamiento de Barakaldo volverá a conceder ayudas económicas a empresas y entidades que hayan contratado a personas desempleadas del municipio de manera indefinida y que, con estas contrataciones, hayan generado empleo neto, tal como recoge el Boletín Oficial de Bizkaia del viernes 28 de noviembre.
Para acceder a las ayudas, que cuentan con la financiación de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo en el marco del programa de Acciones Locales de Promoción de Empleo 2025 gestionado por Inguralde, las empresas o entidades interesadas deberán haber realizado dichas contrataciones -de carácter indefinido con un mínimo del 50% de la jornada-, en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de mayo de 2025.
Esta convocatoria cuenta con una dotación máxima de 192.279 euros, subvencionados por Lanbide. El plazo de solicitud de las ayudas se abrirá el 19 de enero de 2026 y finalizará el 27 de febrero de 2026.
Para la concesión de las ayudas, además de la incorporación a la plantilla de personas empadronadas en Barakaldo que se encontraban en situación de desempleo e inscritas y de alta en Lanbide al menos el día anterior al inicio de la contratación, es requisito indispensable que dichas contrataciones hayan supuesto creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la nueva incorporación.
La ayuda será de 8.000 euros anuales por cada contrato de trabajo a jornada completa. En el caso de contratación a tiempo parcial, la subvención será proporcional a la jornada trabajada y la cuantía final no podrá superar el 75% de los costes salariales anuales de la persona contratada.
En el supuesto de contratación de personas perceptoras, titulares o beneficiarias de la RGI, menores de 35 años, paradas de larga duración, o mayores de 55 años, el importe será del 100% de los costes hasta un máximo de 10.000€ anuales. Estas cantidades se incrementarán en un 10% en los casos en que la persona contratada sea mujer.
Al igual que en convocatorias anteriores, se contemplan también ayudas concretas para contratos de artistas y de personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos, en atención a las necesidades y la situación especial del sector. En este caso, la duración mínima de los contratos deberá ser de 3 meses, con un mínimo de media jornada.
Las empresas interesadas deberán pedir las ayudas a través de la sede electrónica de la página web municipal. También pueden ampliar información o aclarar dudas en el departamento de Empleo de Inguralde, en el teléfono 944 789 355 o el correo electrónico empleo@inguralde.eus. El horario de atención es 9.00 a 14.00 horas.