- folleto del Ayuntamiento sobre las ayudas de emergencia social
Estas subvenciones están "destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos como alquiler, mantenimiento de vivienda, mobiliario, energía, y necesidades de dentista y óptica, entre otras", señala el Ayuntamiento, que recuerda que son ayudas diferentes a la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la prestación económica de viviendas (PEV).
Exactamente son 2.205.703 euros los disponibles este curso con cargo al Ejecutivo autonómico. Los vecinos que hagan el trámite deben ser contestados en un "máximo de dos meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud", pero el Ayuntamiento puede no contestar y debe entonces entenderse que se ha negado la subvención.
Entre los requisitos para poder tener las ayudas de emergencia social (AES) están "estar empadronado y tener la residencia efectiva en Barakaldo, y haber estado empadronado y tener la residencia efectiva en cualquier municipio de Euskadi, al menos con seis meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud o cinco años continuados de los diez inmediatamente anteriores".
Como solicitar las ayudas de emergencia social (AES)
- por internet: www.barakaldo.eus
- en los cajeros informáticos en el Ayuntamiento y centros socioculturales
- teléfono 010 (944 789 200 si llama desde fuera de Barakaldo)
- teléfono 944 789 301 (equipo de ayudas económicas)
- En los servicios sociales de base.