El ahora sentenciado por el Tribunal Superior de Justicia ha intentado, sin resultado, responsabilizar por los hechos a la propia víctima, a la que ha acusado de ser el "verdadero instigador" porque "increpó y agredió de forma injustificada al encausado y a las personas que lo acompañaban, huyendo del lugar".
Los hechos se produjeron en la madrugada —sobre las 2.00 horas— del 4 de agosto de 2018, de acuerdo al relato aceptado por la justicia, cuando, "por circunstancias no exactamente determinadas", la víctima salió corriendo por Juan de Garay perseguido por el agresor hasta un bar de la calle Zaballa.
Allí, el atacante "permaneció al acecho del perjudicado armado con una copa de cristal —de las conocidas como de balón— que había cogido de una de las mesas exteriores del local" y cuando el otro hombre se asomó al exterior, "a corta distancia, le lanzó con fuerza y de manera directa, la citada copa de cristal a la cara, rompiéndosela en la zona del ojo izquierdo".
El impacto causó a la víctima perforación ocular y heridas en párpado superior y en ceja izquierda, lo que necesitó de atención en el hospital de Cruces el mismo día de los hechos. En total, el afectado tuvo que acudir más de 35 veces a consulta médica. "El ojo izquierdo funcionalmente no es válido y además existe un alto riesgo de complicaciones futuras dado las cirugías practicadas en él", señala la sentencia.
Además, "a nivel psíquico, el perjudicado presenta síntomas esporádicos de 'flashbacks' y crisis de ansiedad puntual, que no precisa de tratamiento psicofarmacológico en el momento actual". En total, 314 días para sanar, con "313 días de perjuicio personal particular por pérdida de calidad de vida moderado y 1 día de perjuicio personal particular por pérdida de calidad de vida grave".
Los tribunales consideran que no se ha tratado de un caso de "delito de imprudencia menos grave" sino de un "delito de lesiones", por lo que el condenado debe cumplir ocho años de prisión, queda inhabilitado especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo, tiene que pagar los gastos del proceso juidiciales y además abonar a la víctima 114.273,93 euros.