Según la directora de Tráfico del Gobierno Vasco, Sonia Díaz de Corcuera: “Es un hecho que conducir bajo los efectos de alcohol o drogas merma las capacidades y para circular es necesario poner la máxima atención en la carretera. Con estos controles preventivos se busca evitar que, personas que hayan tomado sustancias que afectan a la conducción, puedan circular por la red viaria vasca y provocar accidentes.”
Control de alcoholemia
Desde la entrada en vigor de la nueva ley, el pasado 21 de marzo, la tasa de alcohol en sangre o en aire espirado para las personas conductoras menores de edad es cero. El control de alcoholemia comprende dos pruebas de aire espirado entre las que median, al menos, 10 minutos. Una vez aplicados los márgenes de error:
Si el resultado es inferior a 0,25 miligramos de alcohol por aire espirado, (0,15 para personas conductoras profesionales y aquellas con menos de 2 años de antigüedad en su licencia o permiso de conducción), la persona conductora podrá seguir su ruta.
Si el resultado es superior a 0,25 (ó 0,15) e inferior a 0,60 miligramos de alcohol por aire espirado, la persona conductora incurrirá en una infracción administrativa. Si es superior a 0,60, se considerará un delito contra la seguridad vial.
Si las y los agentes observasen signos evidentes de ingesta de alcohol que afecten a la conducción, procederán a la imputación de un posible delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol.
Si el resultado de la prueba es positivo, a petición de la persona interesada o por orden judicial, se podrá repetir a efectos de contraste, preferentemente mediante análisis de sangre (salvo causas excepcionales debidamente justificadas) realizado por personal sanitario.
En caso de negativa a realizar la prueba o de que ésta de positivo, se inmovilizará el vehículo, salvo que pueda llevárselo otra persona, tras realizar la prueba y dar negativo.
La infracción por resultado positivo se considera infracción administrativa muy grave y se sanciona con 500 € y la retirada de 4 puntos si el resultado es inferior o igual a 0,50 mg/l, y si es superior a 0,50 mg/l e inferior o igual a 0,60 mg/l se sanciona con 1.000€ y la retirada de 6 puntos.
Control de drogas
En el caso del control de drogas el procedimiento es similar con algunas particularidades. La prueba se realiza a partir de una muestra de saliva, que se analiza en un dispositivo autorizado. Si da positivo, este se confirma en un posterior análisis en laboratorio.
De confirmarse el positivo, se considera una infracción muy grave y se sanciona con 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
Si se han tomado fármacos por prescripción médica, cuando se reciba la notificación de la denuncia de la Oficina Territorial de Tráfico con el resultado del laboratorio, se dispone de un plazo de 20 días naturales para presentar alegaciones.
Estos controles forman parte de un Calendario de 46 campañas de Vigilancia y Control de Tráfico y Transporte que se han programado a lo largo de todo el año.